Expediente nº 7347/10 de Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas, 30 de Noviembre de 2010
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2010 |
Emisor | Secretaría Judicial en Asuntos Penales, Contravencionales y de Faltas |
Legajo de Requerimiento de juicio en autos S., R.A. s/ infr. art. (s) 150, violación de domicilio - CP (p/L 2303) s/ recurso de inconstitucionalidad concedido
E.. n° 7347/10 "Legajo de Requerimiento de juicio en autos: 'S., R.A. s/ infr. art. (s) 150, violación de domicilio -CP (p/L 2303)- s/ recurso de inconstitucionalidad concedido" y expte nº 7356/10 "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones con competencia en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Legajo de Requerimiento de juicio en autos: 'S., R.A. s/ infr. art. (s) 150, violación de domicilio -CP (p/L 2303)-'"
Buenos Aires, 30 de noviembre de 2010
Vistos: los autos indicados en el epígrafe.
Resulta 1. La cotitular de la Defensoría Oficial en lo Penal, C. y de Faltas nº 8 y el Sr. Fiscal General Adjunto interpusieron sendos recursos de inconstitucionalidad contra la decisión de la Sala III que, al resolver una apelación interpuesta por la fiscalía, declaró -de oficio- la inconstitucionalidad del art. 204, inc. 2º, del CPPCABA y, en consecuencia, revocó la resolución de primera instancia en cuanto otorgaba al acusado y su denunciante un plazo de diez días para arribar a un acuerdo en el marco de una instancia de mediación.
La Cámara declaró admisible el recurso de inconstitucionalidad de la defensa y, por el contrario, consideró inadmisible el que había intentado la fiscalía. Contra esa decisión el Ministerio Público Fiscal interpuso recurso de queja.
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El Sr. Fiscal General, al contestar la vista conferida, consideró que correspondía declarar admisible la queja interpuesta, declarar mal concedido el recurso de inconstitucionalidad de la defensa, hacer lugar al que había interpuesto la fiscalía y, en consecuencia, remitir las actuaciones al tribunal a quo para que dicte un nuevo pronunciamiento (fs. 232/238).
Fundamentos
Los jueces A.E.C.R., A.M.C., L.F.L. y J.O.C. dijeron:
La cuestión que se debate en esta causa resulta análoga a la resuelta por el Tribunal in re "Ministerio Público -Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Del Tronco, N. s/ infr. art. 184 inc. 5 -CP-'" expte. n° 6784/09 y su acumulado, "Ministerio Público -Fiscalía ante la Cámara de Apelaciones con competencia en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 1- s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: 'Del Tronco, N. s/ infr. art. 184 inc. 5 -CP-'", expte. nº...
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