Soseman S.R.L. S/ Quiebra

Fecha de la disposición24 de Mayo de 2011

Martes 24 de mayo de 2011 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.156 40 ofertas serán presentadas en idioma castellano, por duplicado, con todas sus hojas numeradas, en sobre cerrado en cuyo anverso constará la siguiente mención: contiene oferta en autos:

“El Olvido S.A. s/Quiebra” -expte. N'º 059758, Juzgado Nacional en lo Comercial N'º 7, secretarÃa N'º 13. La parte externa del sobre no deberá tener mención alguna que permita la identificación del oferente. Las ofertas deberán contener los siguientes elementos en el interior del sobre cerrado: las personas fÃsicas deberán indicar su nombre y apellido, número de D.N.I.

y C.U.I.T. o C.U.I.L. -según corresponda-; domicilio real y especial constituido dentro de la jurisdicción del Juzgado; las personas jurÃdicas, testimonio original o copia autenticada de los instrumentos que acrediten la representación invocada; como asà también, su capacidad para obligar a la persona representada; el número de C.U.I.T., domicilio real y especial constituido en jurisdicción del Juzgado. Respecto de los mandatarios y sin perjuicio del cumplimiento de lo previsto en los párrafos que anteceden;

se acompañará copia certificada del mandato, con facultades suficientes para obligar al oferente. Se deberá indicar con claridad el precio neto ofertado, el que deberá superar la suma de U$S90.000, debiendo acreditarse el depósito del 10%, de su importe, que se constituirá como garantÃa y mantenimiento de la oferta. Se producirá la pérdida en favor de la quiebra de los valores depositados en garantÃa de la oferta, en los siguientes supuestos: 1) desistimiento de la oferta, 2) no aceptación de la adjudicación y 3) incumplimiento de la obligación de pagar el precio. La presentación de la oferta importará el conocimiento de todos los antecedentes obrantes en éste expediente y sus conexos como asà también la aceptación de las condiciones de venta establecidas en este decisorio.

La propuesta deberá mantenerse como mÃnimo por un plazo de noventa dÃas hábiles judiciales contados desde la fecha de cierre de presentación de ofertas. Se establece como condición de este llamado a mejora de oferta, la prohibición de compra en comisión; como asà también, la cesión de todo derecho referido a la compra y adjudicación. Recepción de ofertas: Las ofertas se recepcionarán hasta las 13:30 horas del dÃa 31 de mayo de 2011 en la mesa de entradas de la secretarÃa interviniente exclusivamente;

no admitiéndose el envÃo por correo como asà tampoco las que se recepcionen con posterioridad a la fecha fijada precedentemente. Apertura de sobres: En la audiencia que habrá de celebrarse el 7 de junio de 2011 a las 12:00 horas, se procederá por secretarÃa a la apertura de los sobres con la intervención del sÃndico y el martillero, quienes darán lectura a las ofertas presentadas; en la audiencia podrán participar todos los oferentes y los acreedores verificados. Se labrará acta en la que se hará constar el número que se asignará a cada oferta según el orden en que sean leÃdas, nombre del oferente y el precio ofertado. Cada oferta presentada será firmada por el secretario o el prosecretario administrativo, por el sÃndico y el martillero. En la misma audiencia el Juzgado y el martillero procederán a la selección y calificación; serán desestimadas aquellas ofertas que no cumplan con los requisitos previstos en este proveÃdo, siendo irrecurrible la decisión. Mejora de ofertas: Si existiere más de una mejora a la oferta original, se efectuará la calificación de las propuestas válidas, que se ordenarán en función del precio ofertado. Acto seguido, los titulares de las cuatro (4) mejores ofertas y el oferente original -en el supuesto que su propuesta no se encontrare entre las dos mejores calificadas- podrán formular mejoras a viva voz respecto de la oferta calificada en primer término. Adjudicación: La adjudicación recaerá en quien ofrezca el precio mayor; lo que se notificará en la audiencia a los interesados debiendo el adjudicatario acreditar el pago del saldo de precio y la comisión del martillero, dentro de los cinco (5) dÃas mediante depósito en la cuenta de estas actuaciones. Si el adjudicatario no aceptare la adjudicación o no pagare el precio, perderá en favor de la quiebra la suma depositada en concepto de garantÃa de la oferta. En este caso, se adjudicará el bien a la segunda mejor oferta formulada en la audiencia premencionada; la falta de concurrencia a la audiencia, importará el desistimiento de la oferta y la pérdida de la garantÃa en favor de la quiebra.

En el supuesto que no se hubiere presentado mejora hasta la fecha fijada a ese efecto en la audiencia señalada para la apertura de los sobres, se adjudicará el bien al oferente original.

Buenos Aires, a los 16 dÃas del mes de mayo de 2011.

Rodrigo F. Piñeiro, secretario e. 23/05/2011 N'º59054/11 v. 24/05/2011 %@% N'º9

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial 9 a cargo de la Dra. Paula MarÃa Hualde, secretaria 18 interinamente a mi cargo, sito en la calle Marcelo T. de Alvear 1840, Piso 4'º de Capital federal, hace saber por cinco dÃas que con fecha 2.05.11 se decretó la quiebra de Carullo Gabriel Alejandro, (DNI 20.729.468), con domicilio en Yerbal 676 piso 1'º “A”. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar al sÃndico Kupchik Miguel Adolfo, con domicilio en San Luis 3067 PB, los tÃtulos justificativos de sus créditos dentro del plazo que vence el 29.06.11. El sÃndico presentará los informes que disponen los arts. 35 y 39 los dÃas 25.08.11 y 6.10.11, respectivamente. La fecha para dictar el auto verificatorio vence el 8.09.11.

La audiencia de explicaciones se llevará a cabo el dÃa 29.09.11 a las 11:00 horas. Se intima al fallido y a terceros para que entreguen al sÃndico los bienes del deudor que tengan en poder y hácese saber la prohibición de hacerle pagos, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces.

Intimase al deudor a que entregue al sÃndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad en el término de 24 horas. IntÃmase al fallido para que cumpla los requisitos a los a los que se refiere el art. 86 L.C y para que dentro de las 48hs., constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado.

Buenos Aires, 10 de mayo de 2011.

Juan Pablo Sala, secretario interino.

e. 18/05/2011 N'º56454/11 v. 24/05/2011 %@% N'º11

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N'º11 a cargo del Dr. Fernando I. Saravia, SecretarÃa N'º22 a cargo del Dr.

Juan Patricio Zemme, con sede en Av. Callao 635 piso 5'º de la Ciudad Autónoma de...

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