Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Ii, 11 de Abril de 2023, expediente CCF 013358/2022/CA004

Fecha de Resolución11 de Abril de 2023
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Ii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA II

SOSA, M.T. Y OTROS c/ DESPEGAR COM AR SA Y

OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, 11 de abril de 2023. SM

VISTO: el recurso de apelación interpuesto por los actores el 26.09.22, fundado el 14.03.23, contra el tercer párrafo de la providencia dictada el 20.09.22; y CONSIDERANDO:

  1. En el auto referido, el señor juez de grado imprimió a las actuaciones el trámite de juicio ordinario (conf. providencia del día 20.09.22, 3° párrafo).

    Los demandantes cuestionaron la decisión mediante el recurso de apelación articulado el día 26.09.22. Sostuvieron que la demanda se inició sobre la base de las disposiciones de la Ley N°24.240, la cual prevé

    en su artículo 53 el trámite sumarísimo para las actuaciones encuadradas en dicha norma.

    Con fecha 9.11.22 el magistrado desestimó al recurso de apelación deducido contra el párrafo referido de la providencia atacada con fundamento en lo dispuesto por el art. 319 último párrafo del C.P.C.C.N. y concedió el interpuesto contra los alcances del beneficio de gratuidad.

    Contra la denegatoria del recurso de apelación, los demandantes interpusieron el remedio previsto en el artículo 282 del Código Procesal, el cual fue admitido por la Sala en los términos que surgen del pronunciamiento dictado el día 7.12.22 en el Recurso de queja N°2

    correspondiente a estos actuados.

  2. Elevadas las actuaciones a esta instancia y corrida la vista de rigor al Ministerio Público Fiscal, el magistrado a cargo propugnó la revocación de lo decidido (conf. dictamen del 26.03.23).

    En primer término, afirmó que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 63 de la Ley Nº 24.240, la ley de defensa al consumidor se aplica supletoriamente a los casos referidos a contrato de Fecha de firma: 11/04/2023

    Alta en sistema: 12/04/2023

    Firmado por: FLORENCIA NALLAR, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.S.G., JUEZ DE CAMARA

    transporte aéreo. En ese orden, señaló que, de acuerdo con los términos del artículo 53 de dicha norma, el magistrado no se encontraba habilitado para modificar el tipo de proceso requerido por los emplazantes.

  3. Así planteada la cuestión, a juicio de esta Sala la regulación especial de la ley de defensa del consumidor que fija el tipo de trámite aplicable a las acciones judiciales regidas por ese ordenamiento prevalece por sobre las normas procesales generales.

    Sobre este punto, se debe recordar...

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