Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 12 de Febrero de 2019

Fecha de Resolución12 de Febrero de 2019
EmisorCorte Suprema de Justicia
Cita40/19
Número de CUIJ21 - 511731 - 0
  1. 287 PS. 487/489

    Santa Fe, 12 de febrero del año 2.019.

    VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la codemandada ASOCIART ART S.A. contra la sentencia de fecha 8 de marzo de 2017, dictada por la S.P. de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, en autos "SOSA, J.M. contra FLUVIMAR REPARACIONES NAVALES S.R.L. Y OTROS - COBRO DE PESOS - (Expte. 266/15 - CUIJ 21-05083885-1)" (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00511731-0); y,

    CONSIDERANDO:

    1. Mediante sentencia del 8 de marzo de 2017, la S.P. de la Cámara de Apelación en lo Laboral de Rosario, en lo que aquí resulta de interés, resolvió: "R. parcialmente el recurso de apelación deducido por el actor y en consecuencia, revocar el decisorio recurrido en lo referido al despido directo operado, que se considera injustificado y por tanto, se receptan los rubros indemnizatorios indicados al tratar la cuestión con más los intereses allí fijados, confirmando el decisorio en lo demás que fuera materia de agravios. Asimismo, corresponde declarar, en el caso concreto, la inconstitucionalidad del artículo 12, apartado 1, de la ley 24557, debiéndose tomar a los fines de cuantificar la indemnización debida, el salario que cobraría un trabajador de igual categoría y convenio que el actor a la fecha de este Acuerdo, con mas un interés puro equivalente al 7% anual, sumado, desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta quince días de notificada la presente. A partir de allí y hasta su efectivo pago se aplicará una vez y media la tasa activa sumada del Banco de la Nación Argentina, con capitalización mensual a partir de la fecha en que quede firme la liquidación, en caso de incumplimiento..." (fs. 2/24).

      Contra ese pronunciamiento dedujo A.A.S. recurso de inconstitucionalidad en los términos del artículo 1 inciso 3° de la ley 7055, por considerar arbitrario el pronunciamiento al no reunir las condiciones mínimas necesarias para satisfacer el derecho a la jurisdicción que acuerda la Constitución Provincial.

      Relató que el actor promovió demanda contra su parte y Fluvimar Reparaciones Navales S.R.L. persiguiendo el cobro de la indemnización por daños y perjuicios por incapacidad derivada de un accidente de trabajo sufrido el 30/05/2007, con más el daño moral. Asimismo, pretendió: diferencias salariales, diferencias sobre aguinaldo y vacaciones, integración del mes de despido y su SAC proporcional, preaviso más el sueldo anual complementario, indemnización por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR