Sentencia de Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala III) - Santa Fe, 25 de Abril de 2018

Presidente437/18
Fecha de Resolución25 de Abril de 2018
EmisorCámara de Apelación en lo Civil y Comercial (Sala III) - Santa Fe

SOÑEZ ANGELICA S/ AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO

Camara Apelacion Civil y Comercial (Sala III)

En la ciudad de Santa Fe, a los 25 días del mes de Abril del año dos mil dieciocho, se reúnen en acuerdo ordinario los señores jueces de la Sala Tercera de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial, R.H.D.ónica, S.J.B. y C.E.D., para resolver el recurso de apelación interpuesto por la actora a fs. 87 en estos caratulados: "SOÑEZ ANGELICA S/ AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO" (Expte. CUIJ 21-01020839-1) contra la sentencia pronunciada en fecha 03 de Septiembre de 2013 (fs. 86/86vto.) por el Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. N.ón de la ciudad de Santa Fe, habilitada la instancia de grado por auto de fecha 16 de Mayo de 2016 (fs. 90). Dispuesto el orden de votación en coincidencia con el de estudio de la causa, resulta: primero B., segundo D. y tercero Dellamónica.

Acto seguido el Tribunal se plantea las siguientes cuestiones:

Primera

¿es justa la sentencia?

Segunda

¿que pronunciamiento corresponde?

A la primera cuestión el juez Barberio dice:

  1. - Que mediante la sentencia pronunciada en autos, el juez a quo rechazó la demanda de ausencia con presunción de fallecimiento e impuso las costas a la actora. Para así decidir, entre sus principales argumentos sostuvo: que las pruebas colectadas por la parte actora no resultan suficientes para tener por presuntivamente fallecido al ausente (...), que debió agotarse la búsqueda en forma más exhaustiva en el territorio nacional a través de diligencias policiales o de otros organismos especializados (...), que la policía provincial dice no tener noticias de que se haya radicado en su momento denuncia por desaparición de persona (...), que debió realizarse cualquier actividad que merezca el convencimiento del juez, no solo desde la promoción del juicio sino que desde mucho antes se trató de localizarlo (...), que las testimoniales rendidas no resultan suficientes y ayudaría a formar convicción si se hubiere arrimado alguna otra prueba que haya demostrado la voluntad de sus familiares de dar con el paradero de la ausente, como a título de ejemplo que se pedía el paradero por televisión, lo que no está acreditado (fs. 86/86vto.).

  2. - La actora expresó agravios ante esta sede (fs. 119/120) y afirmó: que se han cumplido con los recaudos de ley y que le agravia la sentencia por cuanto, con posterioridad a las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR