Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 20 de Agosto de 2021, expediente FRE 003245/2021/CA001

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –S. Penal N °2-

Resistencia, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil

veintiuno.

Y VISTO:

Para resolver en las presentes actuaciones, caratuladas: “RUIZ

BITTERMAN, RODRIGO (INT U 7) S/HABEAS CORPUS”, FRE N°

3245/2021/CA1, que en consulta provienen del Juzgado Federal Nº 2 de

esta ciudad del que,

RESULTA:

  1. La acción venida a conocimiento fue planteada in forma pauperis

    por el interno R.R.B. quien cumple condena en la

    Unidad 7 del Servicio Penitenciario Federal, y remitida en forma digital al

    Juzgado Federal Nº 2 de esta ciudad.

    En ella solicita comparecer ante el magistrado de la anterior

    instancia a fin de peticionar por su intermedio al Jefe de Trabajos del

    Penal un cambio de tareas, lo cual ha intentado sin éxito por varios

    meses. Asimismo solicita que se le notifique de la resolución en su lugar

    de alojamiento.

    A la presentación de hábeas corpus la Autoridad denunciada

    acompaña un pormenorizado informe de la actividad laboral realizada

    por el interno en el Taller de Higiene de Alojamiento y en el de Aseo y

    Limpieza, al cual fue transferido el 03/05/2021, informando asimismo que

    fue atendido en audiencia por el Jefe de Trabajos poniéndose en

    conocimiento de que el taller en que se encuentra realizando tareas es

    acorde a su perfil criminológico y su guarismo clasificatorio.

    Recibida la acción por el Juez de anterior grado, y fijada audiencia

    por medios digitales, comparece el causante por videoconferencia.

    Ratifica la acción impetrada y –puntualmente manifiesta que

    solicitó en reiteradas oportunidades el cambio de tareas a la Sección

    Panadería.

  2. En este estado de las actuaciones, notificados los Ministerios

    Fecha de firma: 20/08/2021Públicos, el Juez actuante decide rechazar in limine la acción interpuesta

    Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –S. Penal N °2-

    por no encuadrar dentro de los supuestos previstos por el art. 3 inc. 2 de

    la Ley 23.098 y elevar en consulta los autos a esta Cámara.

    Sostuvo, en síntesis, que los motivos aducidos por el interno no

    aparecen como agravantes de sus condiciones de detención, no

    apreciándose vulneración o afectación a derechos o garantías que

    ameriten un control constitucional, dado que el causante se...

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