Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 20 de Agosto de 2021, expediente FRE 003245/2021/CA001
Fecha de Resolución | 20 de Agosto de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –S. Penal N °2-
Resistencia, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil
veintiuno.
Y VISTO:
Para resolver en las presentes actuaciones, caratuladas: “RUIZ
BITTERMAN, RODRIGO (INT U 7) S/HABEAS CORPUS”, FRE N°
3245/2021/CA1, que en consulta provienen del Juzgado Federal Nº 2 de
esta ciudad del que,
RESULTA:
-
La acción venida a conocimiento fue planteada in forma pauperis
por el interno R.R.B. quien cumple condena en la
Unidad 7 del Servicio Penitenciario Federal, y remitida en forma digital al
Juzgado Federal Nº 2 de esta ciudad.
En ella solicita comparecer ante el magistrado de la anterior
instancia a fin de peticionar por su intermedio al Jefe de Trabajos del
Penal un cambio de tareas, lo cual ha intentado sin éxito por varios
meses. Asimismo solicita que se le notifique de la resolución en su lugar
de alojamiento.
A la presentación de hábeas corpus la Autoridad denunciada
acompaña un pormenorizado informe de la actividad laboral realizada
por el interno en el Taller de Higiene de Alojamiento y en el de Aseo y
Limpieza, al cual fue transferido el 03/05/2021, informando asimismo que
fue atendido en audiencia por el Jefe de Trabajos poniéndose en
conocimiento de que el taller en que se encuentra realizando tareas es
acorde a su perfil criminológico y su guarismo clasificatorio.
Recibida la acción por el Juez de anterior grado, y fijada audiencia
por medios digitales, comparece el causante por videoconferencia.
Ratifica la acción impetrada y –puntualmente manifiesta que
solicitó en reiteradas oportunidades el cambio de tareas a la Sección
Panadería.
-
En este estado de las actuaciones, notificados los Ministerios
Fecha de firma: 20/08/2021Públicos, el Juez actuante decide rechazar in limine la acción interpuesta
Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: E.J.B., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –S. Penal N °2-
por no encuadrar dentro de los supuestos previstos por el art. 3 inc. 2 de
la Ley 23.098 y elevar en consulta los autos a esta Cámara.
Sostuvo, en síntesis, que los motivos aducidos por el interno no
aparecen como agravantes de sus condiciones de detención, no
apreciándose vulneración o afectación a derechos o garantías que
ameriten un control constitucional, dado que el causante se...
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