Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 16 de Marzo de 2020, expediente FGR 028106/2019

Fecha de Resolución16 de Marzo de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 16 de marzo de 2020.

VISTOS:

Estos autos caratulados “RODRÍGUEZ, J.N. sobre habeas corpus” (Expte. Nº FGR 28106/2019) venidos del Juzgado Federal de General Roca; y,

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el art.26 del decreto ley 1285/58, es facultad de las cámaras de apelaciones dictar resoluciones interlocutorias por voto de los magistrados que las integran, por lo que en esta ocasión cada uno de los miembros del tribunal emitirá su opinión en la forma que sigue.

El doctor M.R.L. dijo:

  1. Contra la sentencia de fs.33/35 que rechazó

    diversos planteos realizados por J.N.R.,

    quien se encuentra detenido en la Unidad N°5 del SPF a exclusiva disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que, en consecuencia, ordenó el archivo de las actuaciones, dedujo el nombrado la apelación in pauperis que luce agregada a fs.41/57, posteriormente fundada por la Defensoría Oficial a fs.60/61 y ratificada a fs.65/66 en cumplimiento del emplazamiento previsto en el art.20 de la ley 23.098.

  2. Para una cabal comprensión de lo decidido se hace preciso puntualizar que tanto de las presentaciones de fs.1/2

    y fs.18vta. como del contenido de las actas labradas en ocasión de las audiencias del art.9 de la ley especial,

    celebradas según constancias de fs.6 y fs.12, surge que los cuestionamientos de R. se vincularon a sus Fecha de firma: 16/03/2020

    Alta en sistema: 19/03/2020

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA

    padecimientos médicos en general

    , en tanto refirió que no recibía la atención debida y que por ello necesitaba realizarse un chequeo general así como uno particular en su zona genital, en la visión y audición, así como determinar el motivo de sus calambres en las manos y la “putrefacción” de su boca. También puntualizó que, una vez que se encontrase establecido su diagnóstico, “quiero que se revise el tratamiento del dolor y la medicación al efecto brindada y que me sea determinado un plan de rehabilitación para volver a caminar” (fs.6). Refirió también sentirse discriminado por las áreas vinculadas al tratamiento penitenciario por ser oriundo de Buenos Aires, “por ejemplo: atención médica,

    asistencia social activa para ayudar a mi núcleo familiar…

    Asimismo quiero que se forme causa penal por abandono de persona total desde que ingresé a la Unidad de General Roca hasta la fecha, ello en razón de negarme el acceso a la salud

    (fs.12). Dos días más tarde insistió en que se le negaba el acceso a la salud y a un tratamiento de rehabilitación (fs.18 y vta.).

    Frente a ello se consultaron a las distintas áreas de la U5 acerca de si R. había solicitado atención (fs.13), contestando la social que se lo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR