Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 6 de Diciembre de 2018, expediente FGR 038753/2018

Fecha de Resolución 6 de Diciembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 6 de diciembre de 2018.

VISTOS:

Estos autos caratulados “R., J.N. sobre habeas corpus” (Expte. N° FGR 38753/2018), venidos del Juzgado Federal de General Roca; y, CONSIDERANDO:

  1. Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al rechazar, por un lado, y declarar el juzgado de origen su incompetencia, por otro, respecto de la presentación efectuada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en la Unidad N°5 del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°5 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que, en su manuscrito de fs.1/5, R. manifestó

    –en prieta síntesis- que interpuso la presente acción contra 1) el agente C. “quien se encuentra designado como agente judicial y ello le permite operar de forma maliciosa y arbitraria omitiendo y alterando todo tipo de informes, actas y documentos”, como asimismo contra el Director de la Unidad 5, el jefe de médicos, el nutricionista, el jefe de economato, la jefa de sociales, la psicóloga, el jefe de administrativa, “quienes premeditadamente se juntan para armar un perfil erróneo de mi persona (…) por todo ello me veo compelido a denunciarlos por el abandono de personas que promueven impunemente en desmedro total por mi salud y mi vida, por el mal desempeño de los deberes de funcionario público, por romper directamente todo mi vínculo familiar y conyugal, por retener mi sueldo…”.

    Fecha de firma: 06/12/2018 Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA —1—

    muriendo y no veo hace más de un año” (2); que “a mi juez natural D.. M.J.M. del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N° 5 se la aparte de la Ejecución de mi pena por ceder la patria potestad al S.P.F. quien hace conmigo lo que les plazca” (3); que “se me conceda el ‘URGENTE TRASLADO’

    a la Prefectura de C.A.B.A. (4); y, finalmente, “peticiona una rueda de reconocimiento a estos agentes quienes obran en forma ilegal e impunemente manipulando todo lo antes dicho”

    (5).

  3. Que, así las cosas, el a quo señaló, en relación con las denuncias realizadas por R. identificadas...

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