Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 12 de Septiembre de 2022, expediente FRE 008812/2022/CA001
Fecha de Resolución | 12 de Septiembre de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-
Resistencia, a los doce días del mes de septiembre del año dos mil veintidós.
Y VISTO:
El presente expediente registro Nº FRE 8812/2022/CA1,
caratulado “PALAVECINO, O.B. (INT U7) S/ HABEAS
CORPUS”, que en consulta proviene del Juzgado Federal Nº 1 de Resistencia
(Chaco), del que;
RESULTA:
-
Que el presente hábeas corpus arriba a esta Alzada en consulta
por imperio de lo normado en el segundo párrafo del art. 10 de la ley 23.098.
-
El mismo fue planteado in pauperis por Oscar Benjamín
Palavecino, interno de la Prisión Regional del Norte Nº 7 (U7) quien cumple
condena impuesta por el Tribunal Oral Criminal Federal Nº 2 de La Plata,
denunciando al sector judicial y administrativo por no hacerle entrega del
fondo de reserva solicitado.
Adjunta a dicha presentación, obra informe de la División
Administrativa de la mencionada Unidad Penal. Al respecto, la Subalcalde
Giselle Ávalos Jefe Sección Área Contable (U7) informó que en el mes de
julio del corriente año se recepcionó en dicha dependencia el DEO 6498051
del TOCF 2 de La Plata, mediante EX202274673936APNU7SPF que
autorizaba al interno a disponer en forma anticipada su fondo de reserva, a lo
cual se dio cumplimiento y se adjuntó la correspondiente liquidación en el
mencionado expediente.
Hace constar que la mencionada autorización se efectuó en forma
extraordinaria teniendo en cuenta lo expuesto e interpretado en el párrafo
tercero del punto III de los considerandos del DEO en cuestión.
Recibido el remedio constitucional excepcional y sumarísimo
intentando, la Jueza a quo fija audiencia a través del sistema de
videoconferencia. En tal ocasión, P. ratificó la acción interpuesta
denunciando a las autoridades penitenciarias por no hacerle entrega del fondo
de reserva solicitado.
Fecha de firma: 12/09/2022
Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CAMARA
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.J.B., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-
Al respecto, el amparista manifestó el interés de disponer del
dinero para poder hacer frente a sus gastos y que realizó el reclamo
oportunamente ante su Tribunal, consiguiendo como respuesta que en fecha
27/08/2022 autorizaron la liberación del fondo de reserva mediante oficio, sin
obtener todavía solución al problema.
Finalmente, requirió la intervención del Defensor Público Oficial
para que lo...
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