Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 27 de Julio de 2021, expediente FRE 002760/2021/CA001

Fecha de Resolución27 de Julio de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-

sistencia, a los veintisiete días del mes de julio del año dos mil

veintiuno.

VISTOS:

El presente expediente FRE 2760/2021/CA1 caratulado: “GONZALEZ

HUGO OMAR INTERNO U7 S/ HABEAS CORPUS”, proveniente del

Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad.

RESULTA:

  1. Que la presente acción de hábeas corpus arriba a esta Alzada en

    consulta por imperio de lo normado en el art. 10 de la ley que rige la materia.

  2. La misma fue planteada in pauperis por el interno de la Unidad

    Penal Nº 7 del SPF, H.O.G., contra el Director del Penal y el

    Consejo Correccional por el puntaje recibido en la calificación de su conducta,

    en el cual se consideró el resultado de una requisa realizada el 25 de febrero

    del corriente año, oportunidad en que se encontró en su celda un elemento

    punzante, derivándose de tal hecho una sanción que le fue notificada el 27 de

    mayo del corriente año.

    Agrega que, oportunamente, manifestó en su descargo que desconocía

    totalmente lo que se le imputaba solicitando que se lo derive a un fiscal para

    hacer una denuncia penal. Que en fecha 10 de junio del corriente año fue

    atendido por el Director y se le notificó que quedaría en suspenso la sanción

    aplicada. Luego, en fecha 18 de junio del corriente año, el Consejo

    Correccional y el Director tomaron la decisión de bajarle un punto de

    conducta. Por todo ello, requiere ser asistido por la Defensa Pública Oficial

    para que lo represente en este planteo.

    Oído el interno, el Jueza a quo otorga la debida intervención al

    Ministerio Público Fiscal, así como al de la Defensa, lo que motiva la

    presentación del Defensor Oficial quien solicita se ponga en conocimiento de

    lo expresado por el accionante al Juez de ejecución a cuyo cargo se encuentra

    el nombrado, así como a su defensor.

    Fecha de firma: 27/07/2021

    Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA

    Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: R.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-

  3. Mediante resolución interlocutoria, la Jueza resuelve rechazar in

    limine la acción interpuesta y elevar los autos en consulta.

    Para decidir señala que los hechos denunciados no constituyen ninguno

    de los supuestos previstos para la admisibilidad del procedimiento excepcional

    ya que se trata de aspectos a cargo del...

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