Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 2 de Octubre de 2020, expediente FTU 003942/2020/CA001

Fecha de Resolución 2 de Octubre de 2020
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA PENAL

3942/2020 - SOLICITANTE: F., CARLOS s/HABEAS CORPUS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

S. M. de Tucumán, de 2020.

AUTOS Y VISTOS: El recurso de Hábeas Corpus venido en apelación a este Tribunal; y CONSIDERANDO:

Que la defensa del imputado C.F. interpuso recurso de apelación contra la resolución de fecha 21 de septiembre de 2020 que resolvió: “…. rechazar “in limine” la acción de habeas corpus intentada al no encontrarse contemplada en los arts.

3 y 4 de la Ley 23.098 y tener para ello una vía procesal adecuada ante su J. Natural…”

Que en esta instancia se notificó al Dr. P. a fin de que exprese agravios de conformidad a lo previsto en el art. 20

de la ley 23098, sin embargo y estando debidamente notificada la defensa técnica, no expresó agravios, conforme surge del informe de la actuaria de fecha 29 de septiembre de 2020.

En consecuencia, corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por la defensa de C.J.F..

Sin perjuicio de ello y atento a que el J. había elevado las actuaciones en consulta, se procederá a su revisión.

Se inician las presentes actuaciones con la presentación de un recurso de hábeas corpus preventivo por parte de C.J.F. en razón de haber tomado conocimiento de las actuaciones llevadas adelante por el Juzgado Federal N° 1 de Fecha de firma: 02/10/2020

Alta en sistema: 05/10/2020

Firmado por: M.C., JUEZ DE CAMARA

1

Firmado por: R.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA #35028205#269484962#20201002111717194

3942/2020 - SOLICITANTE: F., CARLOS s/HABEAS CORPUS

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN

Tucumán con intervención de personal policial de la Policía Federal Argentina/Delegación Tucumán, identificadas con el número.

Manifestó el peticionante que la presunta investigación se estaría llevando a cabo en forma injustificada y afirma que su libertad se encuentra amenazada. Solicitó se haga lugar a su pretensión y se lo exima de prisión.

Seguidamente obra informe del actuario que dice:

Cumplo en informar que consultado el Sistema Lex100, surge que la causa N.. 1868/2020 tramita por ante la Secretaría de Leyes Especiales Penal, del Juzgado Federal Nº I de Tucumán.

Asimismo, hago saber que me comuniqué telefónicamente con el señor P.G.S., quien me confirmó que la mencionada causa tramita por ante esa Secretaría

.

Que en base al informe citado el J. a quo resolvió

rechazar in...

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