Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, 11 de Febrero de 2019, expediente FPO 014985/2018/CA001
Fecha de Resolución | 11 de Febrero de 2019 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE POSADAS |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE POSADAS FPO 14985/2018/CA1 Posadas, a los 11 días del mes de febrero de 2019.
Y VISTOS: El presente expediente, registro N° FPO
14985/2018/CA1, caratulado: “C., S. sobre
H.”
CONSIDERANDO: 1) Que las presentes actuaciones arriban
al conocimiento y decisión de este Tribunal en virtud del
pronunciamiento que luce incorporado a fs. 9/10 y vlta. en virtud del
cual el Magistrado de la Instancia que antecede desestimó la acción de
Habeas Corpus presentada por S. C. V. y elevó en
consulta conforme lo prevé el art. 10 de la Ley 23.098.
2) Que la accionante se encuentra alojada en el Instituto
Correccional de Mujeres, en calidad de interna procesada anotada a
disposición del Juzgado Federal de Eldorado, Misiones, ello según
consta a fs.1.
Asimismo cabe mencionar que en la audiencia celebrada en los
términos de los arts. 13 y 14 de la Ley 23.098 la presentante
referenció que los motivos de su reclamo versaron sobre lo siguiente:
…quería conocer el estado de mi causa, y solicitar mi traslado al
Complejo Penitenciario Federal de Mujeres, Ezeiza, Servicio
Penitenciario Federal, ya que donde estoy alojada debemos compartir
el sanitario entre 15 personas, a veces se corta la luz y nos quedamos
sin agua, no tengo posibilidad de trabajar y así ayudar a mi familia,
además es muy complicado comunicarme con ellos
.
3) Que, atento a las constancias de autos y a tenor de los
argumentos esgrimidos por el Magistrado aquo, quienes aquí
suscriben arribamos a la conclusión de que el decisorio elevado en
consulta debe ser confirmado.
Ello es así, en tanto y en cuanto no advertimos en la presente la
configuración de los supuestos contemplados en el art. 3º de la ley
23.098 a efectos de tornar procedente la acción articulada con el
alcance que la Constitución Nacional y la ley 23.098 asignan al
Fecha de firma: 11/02/2019 Firmado por: MARIO OSVALDO BOLDU, JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.A.S., C. Firmado(ante mi) por: M.M.R., SECRETARIA DE CÁMARA #33036682#226331411#20190211084343015 hábeas corpus.
Que en párrafo aparte, hemos de indicar en primer lugar que la
accionante cuenta con los carriles idóneos a los efectos de canalizar
los planteos referidos al estado procesal de su causa y en segundo
término y en lo que respecta al traslado peticionado señalamos que el
Magistrado ha adoptado los recaudos pertinentes a los fines de dar
debida respuesta a lo solicitado, véase acápite Nº III de fs. 10 vlta.
En mérito de lo...
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