Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 23 de Noviembre de 2022, expediente FRE 011813/2022/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones Resistencia –Secretaría Penal N °2-

Resistencia, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil veintidós.

VISTO:

El presente Expte. Nº FRE 11813/2022/CA1 caratulado “BARCZUK, NÉSTOR

HORACIO S/HÁBEAS CORPUS”, que en grado de consulta proviene del Juzgado

Federal Nº 1 de esta ciudad de Resistencia;

Y CONSIDERANDO:

  1. Que la presente acción de hábeas corpus arriba a esta Alzada en consulta por

    imperio del art. 10 de la ley 23.098.

  2. La misma fue planteada in pauperis por N.H.B., interno de la

    Prisión Regional del Norte Nº 7 (U7) y remitida en forma digital al Juzgado Federal Nº 1 de

    esta ciudad.

    Recibido el remedio constitucional, excepcional y sumarísimo por la Jueza a quo, se

    fija audiencia con el nombrado por medios digitales. En dicha ocasión ratificó la acción

    interpuesta, expresando que dirige la misma contra las actuaciones realizadas por el titular

    del Juzgado Federal Nº 2 de la ciudad de Corrientes y el Fiscal Federal de esa ciudad.

    Refiere que en el Tribunal de ejecución a cuyo cargo se encuentra se efectuó una nueva

    designación de Juez, advirtiendo el interno que el Magistrado que solicitó esa designación

    se encuentra inhibido de actuar en su causa, así como en su legajo de ejecución. Relató

    también que en dicho legajo el Fiscal presentó una solicitud relativa a su posible libertad

    condicional, alegando que la misma fue corregida por su anterior Jueza de Ejecución en el

    año 2019, pero que desconoce el trámite judicial pertinente. Dio a conocer que se encuentra

    a disposición del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes y, a la par, posee un

    juicio de extradición a la República del Paraguay, la cual fue concedida, manifestando que

    fue en ese momento que comenzaron los inconvenientes con el Juzgado. Uno de ellos fue el

    relativo al régimen de progresividad de la pena, por lo que presentó varios recursos. Insistió

    en que su acción es dirigida contra los actos de funcionarios judiciales que ofenden y

    agreden la Constitucional Nacional ya que tiene varios recursos presentados ante el Juzgado

    Federal de esta ciudad de Resistencia, pero que no se los reciben por falta de jurisdicción.

    Argumentó por último, que tres semanas atrás interpuso recurso de amparo para unificar

    sus dos peticiones y advierte que su plazo de libertad condicional se encuentra excedido en

    virtud de todo lo alegado, designando para el presente acto al Defensor Público Oficial.

  3. La Jueza actuante decide rechazar el hábeas corpus...

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