Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL, 5 de Noviembre de 2018, expediente FGR 036092/2018

Fecha de Resolución 5 de Noviembre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA PENAL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca General Roca, 5 de noviembre de 2018.

VISTOS:

Estos autos caratulados: “B., A.N. sobre habeas corpus” (Expte. N° FGR 36092/2018), venidos del Juzgado Federal de General Roca; y, CONSIDERANDO:

Que llegan estas actuaciones a conocimiento del tribunal por vía de la consulta establecida en el art.10 de la ley 23.098, al declarar el Juzgado Federal local su incompetencia respecto de la presentación efectuada por el arriba nombrado, quien cumple pena privativa de la libertad en la Unidad N°5 del Servicio Penitenciario Federal, en donde permanece alojado a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal N°3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que, en su manuscrito de fs.1, B. manifestó que interpuso la presente acción contra el Jefe de Trabajo “por omisión propia e imprudente por cortarme mi vínculo familiar e incidir de forma desfavorable a mi tratamiento”. A ello agregó que el Área de Trabajo lo mantenía en “estado de ociosidad” dentro del pabellón y que lo “gratifica” con 60 horas mensuales para acallar sus reiteradas quejas “sin tener en cuenta que cuento con conocimientos y predisposición para afrontar cualquier tarea laboral”. Finalmente, señaló que dicho sector “omite y agrava mi situación de detenido, ya que estoy a 1700 km de mi familia y que hace ya tiempo no los puedo ver, a causa de no tener los insumos económicos necesarios a raíz de no poder cubrir ni mis propias necesidades básicas”.

Que a fs. 2vta. se agregó un informe laboral del que surge que el accionante se encuentra incorporado a la Fase de Fecha de firma: 05/11/2018 Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.G.B., JUEZ DE CAMARA —1—

Firmado(ante mi) por: MARIA FEDRA GIOVENALI, SECRETARIA DE CAMARA #32800196#220684218#20181105133056924 Socialización, calificado con conducta muy buena (8) y concepto regular (4), hallándose afectado al Taller de “Mantenimiento de Pabellón” desde el 20/06/2018, como así que su concurrencia y compromiso han sido buenos en relación con los objetivos propuestos. En otro orden, se destacó que las tareas que realiza son de acuerdo a las posibilidades del establecimiento y el grado de avance en el régimen de progresividad, que su retribución se calcula por unidad de tiempo horario denominado jornal, el que a su vez se compone de la división del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente por 200 horas mensuales, computándose las horas...

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