Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2, 18 de Mayo de 2021, expediente FRE 001832/2021/CA001
Fecha de Resolución | 18 de Mayo de 2021 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA PENAL 2 |
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
RESISTENCIA, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.
Y VISTO:
El presente expediente Registro Nº FRE 1832/2021/CA1,
caratulado: “ARCE, ENRIQUE HERMINIO (Interno U 7)
s/HÁBEAS CORPUS”, que en consulta proviene del Juzgado Federal Nº1 de esta ciudad, del que:
RESULTA:
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La acción venida a conocimiento fue planteada in forma pauperis por el interno E.H.A. -quien cumple condena en la Unidad 7 del Servicio Penitenciario Federal a disposición del Juzgado Nacional de Ejecución Penal Nº 3 -, y remitida en forma digital al Juzgado Federal Nº 1 de esta ciudad.
Recibida la acción por la Jueza de anterior grado, y fijada audiencia por medios digitales, el día 17 del corriente mes y año,
comparece el causante por videoconferencia, solicitando la asistencia de la Defensoría Pública Oficial en este hábeas corpus.
Manifiesta tener problemas con la provisión del medicamento -alprazolam- el cual es de su imperiosa necesidad por padecer dolores óseos e insomnio toda vez que el mismo funciona como relajante muscular. Particularmente aduce “estar cansado de discutir con el Dr. Yensen …” en tanto este galeno le da medicación por tres días, y los otros médicos por quince, por lo cual, cuando el primero se los prescribe, se queda sin el mismo, situación que le acarrea múltiples trastornos de sueño y dolores, impidiéndole desempeñar sus labores en la panadería de la institución.
Fecha de firma: 18/05/2021
Alta en sistema: 20/05/2021
Firmado por: M.L.R., SECRETARIA DE CÁMARA
Firmado por: M.D.D., JUEZA DE CAMARA
Firmado por: E.J.B., JUEZ DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia -Chaco- Secretaría Penal N° 2-
Relata una situación particular acaecida en oportunidad de perder el turno que tenía en el Hospital Perrando y al cual, aduce,
no pudo asistir porque al encontrarse sin dormir, no podía hablar con el psiquiatra que debía evaluarlo y que por esa razón no concurrió.
Otorgada la correspondiente intervención al Ministerio Público de la Defensa, y notificado el F., la Sra. Jueza rechaza la acción incoada, eleva en consulta los autos y ordena el libramiento de Oficio al Juez de Ejecución a cargo del interno así como su notificación.
Para así decidir, luego de realizar un análisis de la situación manifestada por A. no advierte agravamiento en las condiciones de...
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