Sociedades offshore y paraísos fiscales

Es motivo de debate el conocimiento de relaciones anteriores entre funcionarios del gobierno y sociedades o fondos radicados en los denominados paraísos fiscales. El caso del ministro de Finanzas, Luis Caputo, tuvo una ruidosa difusión al introducirse esa cuestión en una reciente sesión legislativa convocada para indagarlo sobre la deuda y otros temas de su cartera.

El Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación que hizo conocer sus hallazgos con el rótulo Panamá Papers o el más general Paradise Papers, expuso ese caso y muchos otros referidos a dirigentes políticos, funcionarios y personas destacadas de varios países. El propio presidente Mauricio Macri fue relacionado con una sociedad offshore constituida en Panamá, que no había sido informada en su declaración patrimonial. Esta circunstancia fue debidamente aclarada y superada.

En cuanto al caso de Caputo, fue sustentado en la información obtenida de la Comisión de Valores de los Estados Unidos (SEC), que lo identificó como propietario de la firma Noctua, una titularidad que tampoco había sido declarada. El ministro aclaró que solo fue tenedor fiduciario y no dueño, explicando que son conceptos cualitativamente distintos. Efectivamente lo son, en tanto el tenedor fiduciario no es el dueño de los activos, sino un administrador de esos activos que depositan otras personas. No obstante la Oficina Anticorrupción ha solicitado a la SEC precisar la información.

El mundo de las finanzas ha desarrollado una amplia gama de construcciones jurídicas y organizacionales. Los llamados paraísos fiscales fueron creándose con reglas aplicables en países o en áreas menores, para dar beneficios fiscales, protección de activos y confidencialidad a sociedades o particulares. Además de Panamá, se pueden mencionar Bahamas, Mónaco, Liechtenstein, Andorra, Belice, las Islas Vírgenes Británicas, Seychelles y Caimán, entre otros. También lo son algunas colonias o partes del territorio de países de más relevancia, como la Isla de Man, Gibraltar, Guernsey o Delawere. Otros países como Suiza y Uruguay tuvieron en su momento regímenes muy desarrollados de secreto bancario e incentivos para constituir sociedades offshore y atraer fondos.

Es verdad que las reglas en los paraísos fiscales han podido facilitar operaciones irregulares, incluido el lavado de dinero proveniente del narcotráfico o de la corrupción. Pero también resultan eficientes para transacciones lícitas, razón por la cual han sido empleados...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR