SOCIEDADES / LUCES S.A.S."(CONSTITUCIÓN)

Fecha de publicación12 Mayo 2023
Número de Gaceta30.469
SecciónSección Avisos

POR 1 DIA - Se hace saber que se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 31/03/2023, mediante el cual se constituye la Sociedad de Responsabilidad "LUCES S.A.S."(constitución), siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley 19.550, los siguientes el Sr. Lucas Casadei, DNI Nro. 34.060.623, CUIT: 20-34060623-0, mayor de edad, soltero, de profesión médico, con domicilio en Monteagudo 857, piso 10 A, San Miguel de Tucumán, Tucumán, C.P. 4.000, y la Sra. Cecilia María Alurralde, mayor de edad, DNI Nro. 36.867.873 - CUIT: 27-36867873-8, soltera, de profesión médico, con domicilio en calle Guatemala 48, San miguel de Tucumán, Tucumán, C.P. 4.000, Plazo de Duración: La duración de la sociedad será de 99 años a partir de la fecha del instrumento de constitución. Designación de su Objeto: INMOBILIARIO: La Locación de inmuebles, consultorios médicos, consultorios de otros tipos para fines relacionados con la salud, la locación de oficinas, y otros. B. CONSTRUCCION: Realizar la construcción de todo tipo de obras públicas o privadas, sean a través de contrataciones directas o de licitaciones, para la construcción de edificios, viviendas. locales comerciales, y otros. C. GASTRONOMIA: Servicios de gastronomía, de expendio de comidas y bebidas, con servicio de mesa y/o mostrador; así también como la venta y distribución de bebidas con y sin alcohol, y otros. D. HOSPEDAJE. Hospedaje hotelero. La adquisición, tenencia, explotación y venta de hoteles y moteles y en general toda clase de alojamientos, con o sin restauración, como así también las actividades complementarias del hospedaje hotelero, y otros. E. TRANSPORTE: Transporte de cargas en general de cualquier tipo, tanto de solidos como líquidos, sea a nivel nacional o internacional. Las actividades que así lo requieran en virtud de la materia serán ejercidas por profesionales con titulo habilitante. La Sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad licita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para cumplir su objeto la sociedad podrá, sin otras limitaciones que las que expresamente surjan de la ley: a) Celebrar y cumplir toda clase de actos, contratos y negocios jurídicos con individuos, asociaciones, sociedades y personas de derecho público o mixtos, municipales, provinciales, nacionales o extranjeras; b) Asociarse con personas físicas o jurídicas nacionales o...

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