SOCIEDADES / KAVAK DEPORTES de

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2021
Número de Boletín29956
Fecha de Publicación13 de Abril de 2021
Número de documento236511

POR 1 DIA - "KAVAK DEPORTES S.R.L." (MODIFICACIÓN) - Expte: 1584-205-K-2021. Se hace saber que por Expediente N° 1584-205-K-2021 de fecha 08/04/21, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 25/03/21, mediante el cual los socios Lucas Fernando López Rubio, D.N.I. N° 20.759.118 y Ana Soledad López Rubio, D.N.I. N° 25.212.084, representantes del 100% del capital social de la entidad KAVAK DEPORTES S.R.L., resuelven modificar el Art. 2 del contrato social por prórroga de la sociedad por un plazo de 99 años más, la cual se transcribe a continuación: Art. 2.: De acuerdo a lo previsto por el art. 95 primer párrafo de la Ley General de Sociedades, los socios por unanimidad deciden prorrogar la sociedad por un plazo de 99 (noventa y nueve) años a contar desde el día de la fecha; Modificar las cláusulas primeras y sexta del contrato social, por incorporación de las cláusulas transitorias, las cuales se transcriben a continuación: Clausulas Transitorias. a.- Los socios deciden fijar el domicilio real y legal de la sociedad en Avenida Colón N° 333, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, Tucumán. b.- Se designa como "Gerentes", con las funciones y atribuciones señaladas en la cláusula sexta para que actúen en la administración y representación de la Sociedad, al Sr. Lucas Fernando López Rubio, D.N.I. N° 20.759.118, CUIT/L N° 20-20.759.118-2, Contador Público Nacional, casado en primeras nupcias con María Gabriela Molinero, nacido el 03/04/1969, domiciliado en calle Sarmiento n° 784, Yerba buena, Tucumán; y a la Sra. Ana Soledad López Rubio, D.N.I. N° 25.212.084, CUIT/L N° 27-25.212.084-5, Contador Público Nacional, casada en primeras nupcias con Alejandro Alfredo Arroyo Carro, nacida el 12/02/1976, domiciliada en Avenida Ernesto Padilla n° 306 de esta ciudad. Aprueban la Gestión realizada por los Gerentes de la Sociedad. Modifican la cláusula tercera del contrato social por...

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