SOCIEDADES / J SLEIMAN S.R.L.

Fecha de publicación11 Septiembre 2023
Número de Gaceta30.550
SecciónSección Avisos

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente 5180-205-J-2023, de fecha 24/08/2023, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 27/07/2023, mediante el cual se reconduce la Sociedad de Responsabilidad Limitada "J Sleiman S.R.L. (Reconducción)", siendo las partes integrantes de su contrato social de acuerdo a lo normado en Ley 19.550, los siguientes: 1) Jorge José Sleiman DNI N° 7.884.744, argentino, de profesión comerciante, divorciado, mayor de edad, nacido el 11 de agosto de 1949 con domicilio en calle Batalla de Junín N°1050 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán 2) Jorge Ariel Sleiman, DNI N° 26.412.500, argentino, de profesión Comerciante, soltero, mayor de edad, nacido el 20 de enero de 1978, con domicilio en calle Batalla de Junín N°1048 de la Ciudad de San Miguel de Tucumán Y 3) Jose Alejandro Sleiman, DNI N° 27651902, argentino de profesión comerciante, soltero, mayor de edad, nacido el día 09 de noviembre de 1979, domiciliado en calle Batalla de Junín N° 1048 1er piso dpto. A de la Ciudad de San Miguel de Tucumán Plazo de Duración: La reconducción de la sociedad será de cuarenta (40) años a partir de la inscripción del instrumento de reconducción en el Registro Público de Comercio.- Designación de su Objeto: la sociedad tendrá como objeto la explotación de la actividad de Servicio Vigilancia y Seguridad Privada, mediante la prestación del servicio de monitoreo de alarmas domiciliarias, tanto en domicilios privados, como en establecimientos comerciales y/o industriales, servicio de vigilancia mediante personal especializado, seguimiento y vigilancia de equipos de transporte y bienes transportados en equipos propios o de terceros y en general todo lo relacionado con la custodia de bienes, propiedades y personas, la venta y reparación de equipos de radiocomunicaciones, antenas, estaciones repetidoras, o todo otro elemento de radiocomunicación, y en general venta, entrega en comodato o en préstamos de equipos de su propiedad o alquilados o recibidos de terceros. Para el mejor cumplimiento de los fines sociales, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que se relacionen directamente o indirectamente con su objeto, podrá por lo tanto, comprar, vender, locar, ceder, permutar, dar en comodato, dar en embargo, hipotecar, prendar, o crear cualquier otro derecho real sobre los bienes muebles e inmuebles. Asimismo, podrá actuar por medio de sus autoridades o a través de terceros apoderados ante bancos públicos o privados...

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