SOCIEDADES / IDEAR IT S.R.L. de
Fecha de Entrada en Vigor | 31 de Agosto de 2017 |
Número de Boletín | 29075 |
Fecha de Publicación | 30 de Agosto de 2017 |
Número de documento | 209085 |
POR 1 DIA - Se hace saber que por expediente N° 4556-205-I-2017 y ss de fecha 07 de agosto de 2.017, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 28 de julio de 2.017, mediante los cuales los Sres. Mariano Manuel Corbalán, D.N.I. N° 24.340.187, de estado civil casado, nacionalidad argentino, de 42 años de edad, de profesión ingeniero en sistemas de información, domiciliado en calle Lamadrid N 1.334, Yerba Buena, provincia de Tucumán, dueño del 75% de las cuotas sociales de IDEAR IT S.R.L., en adelante el cedente, Pedro Daniel Romano, D.N.I. N° 29.917.662, de estado civil casado, nacionalidad argentino, de 34 años de edad, de profesión ingeniero en sistemas de información, domiciliado en calle Marcos Paz N° 719, 3 piso A, San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán, dueño del 25% de las cuotas sociales de Idear It S.R.L., y el Sr. Sergio Manuel Felipe Nuñez, D.N.I. N° 31.030.018, de estado civil soltero, nacionalidad argentino, de 33 años de edad, de profesión programador, domiciliado en calle Avda. Principal S/N, Localidad Delfín Gallo, Departamento Cruz Alta, provincia de Tucumán, en adelante los cesionarios, deciden celebrar un contrato de cesión de cuotas sociales sujeto a las siguientes declaraciones y estipulaciones: Mariano Manuel Corbalán, manifiesta que vende, cede y transfiere veinticinco (25) cuotas de capital al Sr. Pedro Daniel Romano; asimismo manifiesta que vende, cede y transfiere cincuenta (50) cuotas de capital al Sr. Sergio Manuel Felipe Nuñez. Ambos cesionarios reciben de conformidad, la totalidad de las cuotas indicadas. Como consecuencia, se modifican las cláusulas N° 05, 09 y penúltimo párrafo del contrato social de la sociedad Idear It S.R.L., quedando de la siguiente manera: "Modificar la cláusula N° 5 la cual queda redactada de la siguiente manera: El Capital Social se fija en la suma de Pesos cien mil ($100.000.-) dividido en cien (100) cuotas de Pesos un mil ($1.000.-) cada una, suscripto por los socios en la siguiente proporción: el Sr. Pedro Daniel Romano, la cantidad de cincuenta (50) cuotas equivalentes a la suma de Pesos cincuenta mil ($50.000.-) que representan el 50 % del capital social y el Sr. Sergio Manuel Felipe Núñez, la cantidad de cincuenta (50) cuotas equivalentes a la suma de Pesos cincuenta mil ($50.000,-) que representan el 50 % del capital social. Modificar la cláusula N° 9 la cual quedara redactada de la siguiente manera: El socio que desee retirarse de la sociedad, deberá...
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