Sociedades / Geconpe S.R.L.. Aviso Nro: 152006

Fecha de la disposición 3 de Agosto de 2010
Número de Boletín27338
Fecha de Publicación 3 de Agosto de 2010

POR 1 DIA - Por disposición del Señor Juez de Comercio, Dra. Hilda Graciela Vazquez, se hace saber que por Expediente n° 1042/10, de fecha 21/05/2010. Se encuentra en trámite de Inscripción el instrumento de fecha 26 de abril de 2010, mediante el cual los Sres.:Luis Marcelo Garcia, Jose Salomon Peralta, socios que representan al capital social de la sociedad denominada:"GECONPE S.R.L.". Los mismos deciden modificar el contrato social cuya cláusula modificada queda:Clausula Quinta:La administración, representación leqal y uso de la firma social estará a cargo del socio Luis Marcelo García, quién podrá actuar en representación de la sociedad en el carácter de Socio Gerente esta función podrá o no ser remunerada. Tendrá el manejo de la sociedad, las más amplias facultades, representarla en todos los actos comerciales, administrativos o criminales, y ante los tribunales de cualquier fuero o jurisdicción que sea, como así también representarla ante cualquier repartición pública nacional, provincial o municipal. La sociedad podrá por intermedio de su socio gerente cobrar todo lo que se adeude a la misma por cualquier concepto, hacer pagos, contratar entrar en juicios, convenir, acordar plazos y forma de pago, pactar las condiciones conceder quitas o espera, hacer remisiones de deuda, transigir, comprometer arbitro o arbitradores o amigables componedores, conferir poderes generales o especiales de disposición, administración o de objeto especifico, revocarlos ampliarlos o restringirlos, efectuar compra y ventas de mercadería productos y efectos en general al contado o a plazo. Exigir fianzas, verificar obligaciones, hacer deposito en dinero, efectos y valores tomar prestamos de los bancos particulares, oficiales, nacionales o del extranjero, sus casas centrales, agencias o sucursales, como así de sociedades o corporaciones, firmando como aceptante o girante, endosante o avalista, letras de cambio, cheques, pagarés o avales, otorgando prendas hipotecas o cualquier otro derecho real para garantizar las sumas que se toman como prestamos, pudiendo renovar esos documentos y obligaciones, retirar todas las sumas de dineros, intereses, títulos, cupones o cualquier otro valor que hubieran depositado en nombre y orden de la sociedad o que se depositen en lo sucesivo por cualquier otra...

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