SOCIEDADES / FRIGORIFICO LOS ALAMOS SRL de

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Octubre de 2020
Número de Boletín29829
Fecha de Publicación 1 de Octubre de 2020
Número de documento232836

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N°1461 de fecha 12/06/2020.

Se encuentran en trámite de inscripción el instrumento de fecha 21 de febrero de 2020, mediante el cual los señores: JULIO DANTE ABELLA, D.N.I. N° 8.062.019 y LOPEZ SERGIO GABRIEL, D.N.I. N° 29.087.080, socios que representan el capital social de la sociedad denominada: FRIGORIFICO LOS ALAMOS SRL, CUIT 30-71467858-9, resuelven modificar las cláusulas cuarta y quinta del Contrato Social, quedando redactadas lasmismas de la siguiente forma:" CUARTA: CAPITAL. El capital social de la firma asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000,00) el que se compone de DOSCIENTAS (200) cuotas de capital social de valor de PESOS UN MIL ($1.000,00) cada una de ellas; el capital social es suscripto por los socios de la siguiente forma: A) ABELLA JULIO DANTE suscribe la cantidad de SESENTA (60) cuotas de capital social de pesos un mil ($1.000,00) cada una, o sea la suma de Pesos SESENTA MIL ($60.000,00); lo que representa un TREINTA por ciento (30,00%) del capital social; B) LOPEZ SERGIO GABRIEL suscribe la cantidad de CIENTO CUARENTA (140) cuotas de capital social de pesos un mil ($1.000,00) cada una, o sea la suma de Pesos CIENTO CUARENTA MIL ($140.000,00); lo que representa un SETENTA por ciento (70,00%) del capital social." y "QUINTA: ADMINISTRACIÓN. DESIGNACION DE GERENTES.La administración de la sociedad estará a cargo de una gerencia colegiada compuesta por dos miembros que detentarán el cargo de gerentes, socios o no. Los gerentes durarán en sus cargos hasta que sean reemplazados. En caso de renuncia que presentase cualquiera de ellos, deberá continuar en el desempeño de sus funciones cuando menos treinta días más hasta tanto se designe un reemplazante y sea aceptada la misma. Se deja aclarado que la designación de gerente, aceptación de renuncia, remoción, etc., debe tomarse con la mayoría establecida más abajo. La revocación o remoción puede ser aún sin causa, y en este supuesto no crea derecho a indemnización alguna. La representación de la sociedad quedara acreditada con la firma de tan solo uno de los gerentes. La gerencia podrá actuar con las más amplias facultades, con la sola prohibición de usar las firmas en garantías o fianzas a terceros. En el ejercicio de la administración de la gerencia podrán, para el...

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