SOCIEDADES / FIDEICOMISO FONDO FIDUCIARIO COMUNA DE TACO RALO'. FIDUCIANTES: COMUNA RURAL DE TACO RALO de

Fecha de Entrada en Vigor13 de Septiembre de 2019
Número de Boletín29573
Fecha de Publicación12 de Septiembre de 2019
Número de documento226781

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N° 5001/205-F-2019 de fecha 06/09/2019, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 04/03/2008 por el cual se celebra "CONTRATO DE FIDEICOMISO FONDO FIDUCIARIO COMUNA DE TACO RALO". FIDUCIANTES: COMUNA RURAL DE TACO RALO, CUIT N° 30-67526624-3, con domicilio legal en Taco Ralo, Provincia de Tucumán, representada por el Sr/a. Alba Claudia Ferrari.- FIDUCIARIO: CAJA POPULAR DE AHORROS DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN, CUIT N° 30-51799955-1, con domicilio legal en calle San Martín N° 469, San Miguel de Tucumán, Provincia de Tucumán. Representante: Joaquín Díaz, D.N.I N° 11.085.242.- BENEFICIARIOS:

Las inversiones de infraestructuras, los contratos de obras, locaciones de servicios contratadas, inversiones en equipamiento y/o servicios públicos prestados por la Comuna dentro del marco de la ley 7973, el Convenio de Préstamo suscripto entre la Comuna y la Provincia; El Estado Provincial, en conformidad al convenio de préstamo celebrado entre la Comuna y el Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán autorizado por el arto 1° de la ley 7973; La Comuna, en virtud del cumplimiento de los fines estipulados en el art. 1° de la ley 7973 y del decreto acuerdo N° 18/10 del 20/02/2008 y/o gastos realizados por las obras, servicios o equipamientos aceptados en virtud del convenio.- FIDEICOMISARIOS: COMUNA RURAL DE TACO RALO, CUIT N° 30-67526624-3, con domicilio legal en Taco Ralo, Provincia de Tucumán, representada por el Sr/a. Alba Claudia Ferrari.- Objeto: La constitución de garantía de repago de los legítimos derechos de cobro de los que resulten titulares los beneficiarios designados como A, B Y C en el art. 1; Y conforme a los términos y condiciones del presente contrato, en la ley 7973 y el Decreto Acuerdo N° 18/10 del 20/02/2008.- Plazo: Se extinguirá una vez cumplido su objeto, o luego de haber transcurrido 6 años desde la fecha de suscripción el que fuera menor. Todo en conformidad a la ley 7973, el Decreto Acuerdo N° 18/10 del 20/02/2008, y al presente contrato.- Asimismo por Expediente N° 5001/205-F-2019 de fecha 09/09/2019, se encuentra en trámite la inscripción del instrumento de fecha 04/03/2014 por el cual se celebra la prórroga del "CONTRATO DE FIDEICOMISO FONDO FIDUCIARIO COMUNA TACO RALO" por el plazo de 6 años a partir de fecha 04/03/2014, por lo que el mismo se extinguirá el 04/03/2020. San Miguel de Tucumán, 09 de Septiembre de 2019.- E y V 12/09/2019. Libre de Derechos...

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