Sociedades Comerciales Nº 23279 de 27 de Septiembre de 2010

Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2010
Córdoba, 27 de Setiembre de 2010 BOLETÍN OFICIAL 5
consecuencia del aumento; y 2) en el Acta objeto
de rectificación se omitió establecer el porcentaje
de participación societaria en el capital social de
cada uno de los socios luego del aumento, por lo
que corresponde agregar que como consecuencia
del aumento de capital social, el socio Nemak
Exterior resulta ser titular de 4.503.035 cuotas y
Tenedora Nemak S.A. de C.V., titular de 59.675
cuotas. En consecuencia, quedó reformada la
cláusula cuarta del Contrato Social, la cual quedó
finalmente redactada de la siguiente forma:
“CUARTA: Capital Social. El capital se fija en
la suma de Pesos Cuarenta y Cinco Millones
Seiscientos Veintisiete Mil Cien ($ 45.627.100)
dividido en 4.562.710 cuotas de Pesos diez ($
10) de valor nominal cada una. Cada cuota da
derecho a un voto. Todas las cuotas se encuentran
suscriptas e integradas por los socios, quienes
resultan ser titulares de las cuotas sociales bajo
las siguientes cantidades: El socio Nemak Exte-
rior resulta ser titular de 4.503.035 cuotas y
Tenedora Nemak S.A. de C.V., titular de 59.675
cuotas”. Fdo: Baeza Mara C- Prosec
N° 23362 - $ 104.-
ASOCIACIÓN SOLES DEL OESTE S.A.
CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD
Fecha de Constitución: 04/10/2009.- Socios:
Álvaro Estévez, argentino, nacido el 06/06/1978,
D.N.I. Nº 26.462.395, casado, abogado,
domiciliado en calle Avenida Italia Nº 1580; Sal-
vador Mosso, argentino, nacido el 09/07/1978,
D.N.I. Nº 26.728.096, casado, periodista,
domiciliado en calle Alberdi Nº 744; Jorge Alberto
Bernardini, argentino, nacido el 03/03/1964,
D.N.I. Nº 16.879.391, casado, Médico
Veterinario, domiciliado en calle Paunero Nº 922,
P.B.; Joaquín Bustamante, argentino, nacido el
04/10/1975, D.N.I. Nº 24.521.814, soltero,
Abogado, domiciliado en calle Rioja Nº 571,
Álvaro Marcos Fernández, argentino, nacido el
01/06/1973, D.N.I. Nº 23.226.540, casado,
Licenciado en Administración, domiciliado en
calle Alberdi Nº 1830, Raúl Alberto Sosa García,
argentino, nacido el 16/02/1972, D.N.I. Nº
21.999.309, casado, empleado, domiciliado en
calle Paraná Nº 268, Álvaro Fernando Mola,
argentino, nacido el 18/12/1971, D.N.I. Nº
21.999.025, casado, Ingeniero Electrónico,
domiciliado en calle General Paz 759, 3º Piso
“B”, Ignacio Ramón Fernández, argentino, nacido
el 04/08/1982, D.N.I. Nº 29.581.819, casado,
Abogado, domiciliado en calle 25 de Mayo Nº
581, 3º Piso “A”, José Gabriel Caramuti,
argentino, nacido el 16/12/1964, D.N.I. Nº
16.991.971, casado, Arquitecto, domiciliado en
calle Sobremonte Nº 1458, Celina María
Bussolati, argentina, nacida el 13/06/1973, D.N.I.
Nº 23.226.652, divorciada, domiciliada en calle
San Martín Nº 287, 6º Piso, todos de la ciudad
de Río Cuarto, Provincia de Córdoba.-
Denominación: se reúnen para constituír una
asociación civil sin fines de lucro, la que
funcionará como Sociedad Anónima en los
términos de las previsiones del art. 3º de la Ley
de Sociedades Comerciales Nº 19.550, bajo la
denominación “Asociación Soles Del Oeste
S.A.”.- Sede Social y Domicilio: Fray Quirico
Porreca Nº 740, de la ciudad de Río Cuarto, Pcia.
de Córdoba, Argentina.-Duración: 99 años,
contados a partir de la inscripción en el Registro
Público de Comercio.- Objeto: La sociedad tendrá
por objeto dedicarse por cuenta propia o de
terceros, o asociada a terceros, a la siguientes
actividades: a) Promover el interés activo de todos
los vecinos de la urbanización, en la solución de
los problemas que les son comunes en razón de
su residencia. b) Procurar la unidad y armonía
entre los vecinos; el entendimiento y colaboración
con otros centros y/o instituciones comunitarias;
fomentando el espíritu solidario en el desarrollo
de las actividades que tiendan a la obtención de
sus objetivos. c) Administrar el fraccionamiento;
parquizar y mantener todas las áreas e
instalaciones comunes de esparcimiento y
recreación, espacios verdes y áreas de circulación,
tanto las existentes como las que se construyan
el futuro, en la urbanización “Soles Del Oeste”,
ubicada en Barrio Soles Del Oeste, Calle Pública
S/N (Ruta Provincial Nº30 Km 2,4) de la ciudad
de Río Cuarto, Provincia de Córdoba.- d) Dictar,
modificar, interpretar y aplicar el Reglamento
Interno, al que deberán adherirse sin reserva
alguna, todos los compradores de lotes en dicho
fraccionamiento, tratando de armonizar los
intereses comunes a los fines de lograr una mejor
convivencia; e) Organizar, contratar y supervisar
los servicios generales destinados a satisfacer
las necesidades de los vecinos, especialmente
los que seguidamente se citan, a saber: Servicios
de vigilancia; recolección de basura; recolección
de residuos de obras (incluso alquiler de
contenedores); limpieza, mantenimiento y
reparación de calles; mantenimiento y
conservación de alumbrado; parquización,
conservación y mantenimiento de espacios
verdes; conservación y mantenimiento de áreas
de recreación y uso común; y cualquier otro even-
tual servicio que se resuelva prestar en el futuro,
conforme a las disposiciones estatutarios y las
establecidos por la Municipalidad de Rio Cuarto
en el Decreto aprobatorio del fraccionamiento,
considerándose a los citados, meramente
enunciativos y no taxativos. Estas facultades
podrán ser ejercidas por sí, o por terceros
contratados a tales efectos, para lo cual la
asociación podrá actuar dentro del marco que se
indica en el siguiente ítem. f) Formalizar todos
los contratos que fueren pertinentes a los fines
de establecer las condiciones de prestación de
los servicios. g) Reglamentar el uso de los lugares
púbicos, áreas de esparcimiento, espacios verdes,
etc. de manera tal de armonizar los intereses
comunes de los vecinos de esta urbanización.
Propender al sano esparcimiento, a la educación
física y a la práctica de deportes, en especial
para la niñez y la juventud.- h) Reglamentar las
condiciones a cumplir por parte de los
propietarios de los lotes, representantes técnicos,
directores técnicos, encargados, constructores,
contratistas, personal en generales en toda obra
(sea nueva, o sea ampliación o refacción) que se
realice en los lotes que forman parte de la
urbanización “Soles Del Oeste”, tanto a las
referidas al proyecto en sí, como aquellas que se
refieren al proceso de ejecución y construcción.
i) Constituír las servidumbres y restricciones
que fueren convenientes para los vecinos de esta
urbanización, respecto de los cuales corresponde
a los asociados el uso y goce a perpetuidad. A
tales fines, la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones, contratar con el Estado Nacional,
Provincial y Municipal, Entidades autárquicas,
fiscales, comisiones técnicas nacionales e
internacionales, organismos internacionales y/o
extranjeros, mediante licitación o concursos
públicos y/o privados, y/o contrataciones
directas y/o indirectas, y ejercer todos los actos
que no sean prohibidos por las leyes y por este
Estatuto.- Capital Social: es de Pesos Ciento
Once Mil Seiscientos ($ 111.600.-), representado
por Trescientas Setenta Y Dos (372) acciones
ordinarias, nominativas, no endosables, de la clase
“A” con derecho a un votos por acción cuyo
valor nominal es de Pesos Trescientos ($ 300.-
) cada una, que se suscriben de acuerdo al
siguiente detalle, a saber: Corresponderá a
quienes han adquirido o adquieran lotes que
formen parte de la urbanización “Soles Del
Oeste”. A cada propietario de lote le
corresponderá una acción clase “A”, si el lote
pertenece a dos o más personas, o en caso de
fallecimiento del propietario, los condóminos y
los herederos respectivamente, deberán unificar
representación y la acción se inscribirá en los
respectivos registros a nombre de uno de los
representantes, quienes deberán acreditar
debidamente personería. Se establece como
restricción al dominio a perpetuidad, que la
propiedad de cada acción Clase “A”, es
inecindible de la propiedad de cada lote, estando
absolutamente prohibida la transmisión de esta
clase de acciones en forma separada del lote y
viceversa. En caso de que una persona asiente su
vivienda familiar en dos o más lotes del
fraccionamiento, le corresponderá suscribir
tantas acciones Clase “A” como lotes
originariamente haya adquirido, aún cuando
proceda a unir dichos lotes. Los accionistas
integran en este acto el veinticinco por ciento
(25%) del capital suscripto por cada uno
respectivamente, en dinero en efectivo,
comprometiéndose a integrar el saldo, en dinero
en efectivo, en el término de un año, a contar del
día de la fecha.- Administración y
Representación social La administración estará
a cargo de un directorio, el que estará compuesto
por propietarios de lotes, y que además, en su
mayoría, revistan la calidad de socios de la entidad
“Urú Curé Rugby Club”, y por el Presidente de
la entidad “Urú Curé Rugby Club” y/o por un
representante que se designe al efecto, el que
únicamente podrá revestir la calidad de vocal
dentro del Directorio. El Directorio estará
compuesto por el número de miembros que fije
la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de tres
(3) y un máximo de siete (7) directores titulares,
cumpliendo las funciones de Presidente,
Vicepresidente y Vocales respectivamente,
electos por el término de tres ejercicios, pudiendo
ser reelegidos indefinidamente.a saber: como
Directores Titulares: a los Sres. Álvaro Estévez,
Salvador Mosso, Jorge Alberto Bernardini,
Joaquín Bustamante, , Raúl Alberto Sosa García,
Álvaro Marcos Fernández, Celina María
Bussolati.- Directores Suplentes: a los Sres. José
Gabriel Caramuti, Ignacio Ramón Fernández
Álvaro Fernando Mola.- Los Directores
designan en el cargo de Presidente De Directorio:
al Señor Álvaro Estévez; domiciliado en calle
Av. Italia Nº 1580, de la ciudad de Río Cuarto,
Provincia de Córdoba, Vicepresidente Del
Directorio, al señor Salvador Mosso, domiciliado
en calle Alberdi Nº 744, de la ciudad de Río Cuarto,
Provincia de Córdoba; Y Vocales a los señores
Jorge Alberto Bernardini, Joaquín Bustamante,
Raúl Alberto Sosa García, Alvaro Marcos
Fernandez Y Celina María Bussolati; Y Como
Vocales Suplentes A Los Señores José Gabriel
Caramuti, Ignacio Ramón Fernández Y Alvaro
Fernando Mola.- Uso de Firma Social: La
representación y uso de la firma social estará a
cargo del Presidente del directorio y del
Vicepresidente, quienes lo deberán hacer en
forma conjunta.- En caso de ausencia del
presidente o del vicepresidente, o de ambos a la
vez, podrán hacer uso de la firma social con otro
director o, en su caso, los restantes miembros
presentes del directorio, también en forma
conjunta de dos.- Fiscalización: Por Estatuto
Social se prescinde de la sindicatura.- Si la
sociedad por aumento de capital queda
comprendida dentro de las previsiones del inciso
2º, del artículo 299 de la Ley de Sociedades
Comerciales, la asamblea de accionistas deberá
designar por el término de tres ejercicios, un
Síndico titular y un Síndico suplente, sin que sea
necesaria la reforma del Estatuto Social.- Fecha
de Cierre de Ejercicio: 30/11.-
N° 23277 - $ 526.-
LOS 49 S.R.L.
CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
SOCIAL
Por convenio de fecha 12-9-2007 el Sr. Carlos
Federico KAUER D.N.I. Nº 27.424.266,
argentino, comerciante, nacido el día 19/07/1979,
soltero, con domicilio en calle Belgrano N° 625,
Río Cuarto, Cba. vende, cede y transfiere al Sr.
Ernesto Marcos KAUER, L.E. Nº 5.528.570,
argentino, comerciante, nacido el 13/2/1949,
casado en primeras nupcias con Hilda Rita
Gatica, con domicilio en calle Goudart 2407, Río
Cuarto, Cba. la cantidad de 10 cuotas sociales y
la Sra. Judith Elena KAUER D.N.I. Nº
12.144.735, argentina, comerciante, nacida el 29/
02/1956, soltera, con domicilio en calle General
Paz N° 64, Río Cuarto, Cba. vende, cede y
transfiere al Sr. Roberto Luis KAUER D. N.I.
Nº 11.347.414, argentino, comerciante, nacido
el 23/3/1954, divorciado, con domicilio en calle
Constitución 840, Piso 13, Dto. “C”, Río Cuarto,
Cba. la cantidad de 10 cuotas sociales. Se
modifica la cláusula quinta del Contrato Social,
titularidad de las cuotas sociales de la siguiente
manera: el capital social lo constituye la suma de
$40.000,00, dividido en cuarenta cuotas de $
1.000,00 cada una; el que se encuentra totalmente
integrado y es suscripto por los socios en la
siguiente proporción: a) El Socio Carlos Federico
KAUER, el 25%, equivalente a 10 cuotas
Sociales; b) La socia Judith Elena KAUER, el
25%, equivalente 10 Cuotas Sociales c); El Socio
Ernesto Marcos KAUER, el 25%, equivalente a
10 Cuotas Sociales; d) y el Socio Roberto Luis
KAUER, el 25%, equivalente 10 Cuotas
Sociales. N° 23231 - $ 108.-
ASOCIACIÓN SOLES DEL OESTE S.A.
RECTIFICA
ACTA Nº 2: En la ciudad de Río Cuarto,
República Argentina, a los 26 días del mes de
Agosto del año dos mil diez, y siendo las 20
horas, se reúnen en Asamblea los señores socios
fundadores de la entidad “ASOCIACIÓN
SOLES DEL OESTE S.A.”, conforme fue
convocada.- El Sr. Álvaro Estévez en su carácter
de Presidente del Directorio, declara abierta la
sesión, y se pasa a tratar los cuatro puntos del
Orden del Día: PRIMERO: “Profesión de la Srta.
Celina Bussolati”.- Seguidamente la Srta. Celina
Bussolati declara que su profesión es “Asesora
Técnica”, socios presentes nada tienen que
objetar a esto.- SEGUNDO: “Consignación de
datos del socio “Urbanizaciones Río IV S.A”.
omitidos en el Acta Constitutiva”.- Seguidamente
se procede a consignar que la entidad denominada
“Urbanizaciones Río IV Sociedad Anónima”,
inscripta en el Registro Público de Comercio bajo
la Matrícula Nº 6222-A, con domicilio en calle
Bv. San Juan Nº 240, 1º piso, de la ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, C.U.I.T Nº 30-
70982407-0, representada por su Presidente el
Señor José Ignacio Gallopa, D.N.I. Nº
17.629.401, personería que acredita
acompañando copia del Acta Societaria
correspondiente, compareció el día en que se
resolvió constituir esta Sociedad, y por un error
material involuntario se omitió suscribir los datos
de la misma en el Acta Constitutiva.- TERCERO:
“Modificación del Punto II) del Acta
Constitutiva.- Suscripcion E Integracion Del
Capital”. Seguidamente los socios presentes por
unanimidad resuelven El Capital Social es de
Pesos Ciento Once Mil Seiscientos ($ 111.600.-

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