Sociedades Comerciales Nº 3784 de 01 de Marzo de 2012

Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2012
Córdoba, 08 de Marzo de 2012
BOLETÍN OFICIAL
4
PUBLICACIONES: Realizar toda actividad
conexa o vinculada con las artes gráficas e
imprenta, incluyendo en estas, composición
gráfica, diagramación , armado, corrección y
diseños de originales; edición de todo tipo de
revistas, folletos, publicaciones periódicas, sean
o no científicas, películas y fotocromanías,
fotografía y diseño publicitario. Fabricación e
industrialización de carteles, su remodelación,
armado y mantenimiento de los mismos.
FABRICACION Y COMERCIALIZACION
DE INSUMOS RELACIONADOS CON LA
INDUSTRIA GRAFICA: Fabricación de
insumos para librería, compra y venta de
formularios continuos, en insumos para
computación; así como a la comercialización ,
distribución, importación o exportación de los
rubros precedentes, y de todo otro tipo de
publicaciones, libros, revistas, folletos,
cuadernos, papelería comercial, prospectos,
como también toda materia prima o insumos
utilizables en la industria gráfica; así como a la
importación y exportación de herramientas,
maquinarias, productos electrónicos,
electromecánicos y de bienes muebles en gen-
eral, relacionados con dicha industria, y a la
distribución, comercialización y venta de tales
bienes. Para su cumplimiento la sociedad tendrá
plena capacidad jurídica para realizar todo tipo
de actos y operaciones relacionadas con su
objeto, pudiendo celebrar a tales fines contratos
de compra, venta, edición, concesión, franchis-
ing, leasing, locación, otorgando las franquicias
que resulten menester. 9) PUBLICIDAD:
CAMPAÑAS PUBLICITARIAS-
CONTRATISTAS DE PUBLICIDAD: La
realización por cuenta propia, de terceros o
asociada a terceros, en el país o en el exterior,
de las siguientes operaciones: La creación,
planeamiento, producción, difusión y
administración de campañas de publicidad, pro-
paganda, promoción, relaciones públicas y otras
vinculadas con las mismas, pudiendo por
mandato, comisión, representación o cualquier
otra forma de intermediación, por cuenta de sus
clientes preparar, contratar, negociar, alquilar u
ocuparse en general como contratistas de
publicidad, efectuando contrataciones en
revistas, periódicos, folletos, radio, televisión,
cine, vía pública y/o cualquier otro medio de
difusión vinculados con la actividad de
asesoramiento. AGENCIA DE PUBLICIDAD
- CONSULTORA DE MERCADO: Actuar
como agencia de publicidad, en forma integral y
en todos sus aspectos y modalidades, por medio
de carteles luminosos, electrónicos,
marquesinas, murales, gráficos, radiales,
televisivos, cinematográficos; realizar
programas de televisión y de radio. La
explotación de espacios publicitarios. La
prestación de servicios y asesoramiento
empresario, artístico, comercial, industrial, y
de publicidad: Actuar como consultora de
compra, estudio de mercados y evaluaciones de
ofertas; prestación de servicios y/o
asesoramiento para promociones y publicidad,
mediante el aporte de elementos y/o personal
que fueren necesarios para dichos servicios:
comisiones, consignaciones, representaciones e
intermediación y mandatos. FABRICACION
Y COMERCIALIZACION DE CARTELES
LUMINOSOS: Fabricación, instalación,
reparación, mantenimiento, compra, venta,
importación, exportación, comisión,
consignación, representación y distribución de
materias primas para carteles luminosos,
señalizaciones, toldos y marquesinas.-
EXPLOTACIÓN DE MEDIOS: Realizar por
cuenta propia o de terceros, o asociada a
terceros, en el país o en el exterior la
comercialización mediante la compraventa,
consignación, representación de programas y/o
espacios publicitarios de cualquier medio de
difusión, así como de redes de computación
relacionadas con la publicidad. 10)
COMUNICACIONES: Fabricación,
producción e industrialización, en talleres
propios o ajenos, de productos relacionados
con la telefonía y comunicaciones. La
Comercialización, colocación y distribución de
los mencionados productos. Asumir la
representación como agente oficial de entes
públicos o empresas privadas nacionales o
extranjeras para la comercialización y
distribución de equipos, elementos,
componentes, productos y materias primas
relacionadas con la telefonía estática y/o móvil,
de fabricación nacional o extranjera. La
exportación e importación de todos los
productos mencionados, como así también de
las materias primas y componentes de los
mismos. La instalación, mantenimiento,
refacción, reparación, de toda clase de redes,
líneas, canales y servicios de telefonía. CALL
CENTER: Prestación de servicios de Call Cen-
ter mediante el acceso a base de datos con miras
a satisfacer necesidades empresariales propias
o de terceros, tales como la venta, atención a
clientes, confección de estadísticas y reclamos.
-7) Capital: Por unanimidad el Capital Social se
fija en la suma de pesos cincuenta mil
($50.000,00), representado por quinientas (500)
acciones ordinarias, nominativas no endosables
de la clase “A”, con derecho a cinco votos por
acción, valor nominal de cien pesos ($100,00)
cada una.- Dicho capital se suscribe totalmente
en este acto de la siguiente manera: El señor
Maximiliano Martos Jamenson, suscribe la
cantidad de doscientas veinticinco (225)
acciones, equivalente a la suma de pesos
veintidós mil quinientos ($22.500,00) y la
señora Ana Paula Sofía Buceta, suscribe la
cantidad de doscientas setenta y cinco (275)
acciones, equivalente a la suma de pesos
veintisiete mil quinientos ($27.500,00). El capi-
tal social es suscripto totalmente por parte de
los socios, integrándolo en un veinticinco por
ciento (25%) los Señores Maximiliano Martos
Jamenson y Ana Paula Sofía Buceta, en dinero
en efectivo en este acto, comprometiéndose a
integrar el saldo restante en el término de dos
años a contar de la inscripción de la mencionada
sociedad en el Registro Público de Comercio.8)
Administración: La dirección y administración
de la Sociedad estará a cargo de un Directorio
compuesto de un mínimo de uno y un máximo
de cinco directores elegidos por la Asamblea
ordinaria de Accionistas, que fijará su número,
y con mandato por tres ejercicios.- En su
primera reunión el directorio designará quienes
desempeñarán los cargos de Presidente y en
caso de pluralidad miembros, un Vicepresidente.
En caso de ausencia o impedimento del
Presidente, será reemplazo por el
Vicepresidente, sin necesidad de acreditar la
ausencia o el impedimento frente a terceros.-
Asimismo la Asamblea puede designar suplentes
en igual o menor número que los titulares y por
el mismo plazo a fin de llenar las vacancias que
se produjeran, en el orden de su elección.- El
Directorio funciona con la presencia de la
mayoría absoluta de sus miembros y resuelve
por mayoría de votos presentes.- El Presidente
tiene doble voto en caso de empate.- Cada Di-
rector presentará a la Sociedad fianza personal
en garantía de sus funciones por la suma de
pesos un mil ($1.000,00).- Sus funciones serán
remuneradas conforme lo determine la Asamblea
de conformidad con el artículo doscientos
sesenta y uno de la ley diecinueve mil
quinientos cincuenta.- En caso de prescindir de
la Sindicatura, la elección de un Director
Suplente es obligatoria. 9)Designación de
autoridades. se resuelve por unanimidad
establecer en uno (01) el número de Directores
Titulares, y en uno (01) el número de Directores
Suplentes, designándose para integrar el órgano
Directorio titular a: Presidente: al Señor
Maximiliano Martos Jamenson, y Director
Suplente: a la señora Ana Paula Sofía Buceta.
10) Representación legal y uso de la firma so-
cial: La Representación legal de la Sociedad y el
uso de la firma Social corresponde al Presidente
del Directorio y al Vicepresidente en su caso.
11) Fiscalización: La Sociedad será fiscalizada
por un Síndico Titular designado por Asamblea
Ordinaria, quien también deberá designar un
Síndico Suplente, con mandato por tres
ejercicios.- Cuando la Sociedad no se encuentre
comprendida en el artículo doscientos noventa
y nueve de la ley diecinueve mil quinientos
cincuenta, podrá prescindir de la Sindicatura,
adquiriendo los accionistas el derecho a
contralor, de acuerdo al artículo cincuenta y
cinco de la ley diecinueve mil quinientos
cincuenta. En el acta constitutiva se prescinde
de la sindicatura.- 12) Ejercicio Social: El
ejercicio social cierra el día treinta y uno de
diciembre de cada año.- N° 3461 - $ 1004.-
ESTABLECIMIENTO EL QUEBRACHAL
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
I.R.P.C. - Expte.: 2178699/36
Por orden del Sr. Juez Civil y Comercial de 26ª
Nominación, Concursos y Sociedades Nº 2
“Establecimiento El Quebrachal Sociedad de
Responsabilidad LImitada s/ I.R.P.C.”
(modificación) reconducción del plazo de
duración, los Sres. Daniel Raúl Ballatore, Julio
César Ballatore y Javier Osvaldo Ballatore, con
fecha 24/05/11 resolvieron reconducir el plazo
social vencido (cláusula segunda) por cincuenta
años a partir del 22/01/2011. Córdoba 28 de
febrero del 2012. Fdo. Dra. Silvina Nasim:
Prosecretaria N° 3462 - $ 40.-
LEZE S.A.
Constitución de Sociedad
Comunícase la constitución de una Sociedad
Anónima, conforme a las siguientes previsiones:
1°) Socios: Miguel Angel Moiso (CUIT Nro.
20-06657402-5), argentino, nacido el
Veintinueve de Agosto de mil novecientos
cuarenta y seis, DNI N° 6.657.402, casado en
primeras nupcias con Stella Maris Emma
Arneodo, domiciliado en calle Avda. 9 de Julio
N° seiscientos de la ciudad de Coronel Moldes,
Departamento de Río.Cuarto, Provincia de
Córdoba; y la Sra. Stella Maris Emma Arneodo
(CUIT N° 27-06491194-0), argentina, nacida
el Veintisiete de Febrero de mil novecientos
cincuenta y uno, Libreta Cívica N° 6.491.194,
casada en primeras nupcias con Miguel Angel
Moiso, domiciliado en calle Avda. 9 de Julio N°
seiscientos de la ciudad de Coronel Moldes,
Provincia de Córdoba; 2°) Fecha del acto
constitutivo: 10 de Agosto de 2011. 3°)
Denominación: LEZE S.A.- 4°) Domicilio: El
domicilio de la sede social se ha fijado en calle
Avda. 9 de Julio N° seiscientos de la localidad
de Coronel Moldes, Departamento de Río
Cuarto, Provincia de Córdoba. 5°) Objeto: La
Sociedad tendrá por objeto principal realizar
por cuenta propia, o de terceros, o asociada a
terceros: 1) la explotación integral de
Establecimientos Ganaderos o Cabañeros para
la cría, engorde, e invernada de ganado vacuno
y otras especies de animales y la exportación
de haciendas generales de cruza o de pedigree;
y la explotación de Establecimientos Agrícolas
para la producción de especies cerealeras,
oleaginosas, graníferas y forrajeras,
comprendiendo toda clase de actividades
agropecuarias, desde la siembra y cultivos
directos y a porcentajes de semillas; extenderlas
a las etapas de comercialización de todos los
productos derivados y/o relacionados con su
explotación y su exportación, como
agroquímicos, semillas; 2) Explotación de
establecimientos tamberos, venta de productos
relacionados a dicha actividad; adquisición de
buenos reproductores; con miras al
mejoramiento y selección del ganado de los
tambos y el aumento de su capacidad de
producción; Crear establecimientos para
industrialización de los productos, así como
fábricas para la elaboración de los elementos
necesarios a la actividad de los mismos;
explotación y administración de
establecimientos mayoristas y minoristas; la
importación, exportación, compraventa ,
representación; consignación, mandatos y
comisiones de pinturas y productos conexos,
artículos de ferretería y decoración de interiores
de viviendas. Para la realización de su objetivo
la empresa podrá realizar actividades:
Inmobiliarias: mediante la compra, venta,
permuta, construcción en todas sus formas,
administración, subdivisiones y loteos de
inmuebles rurales o urbanos; b) Inversiones:
Inversiones en general tales como financieras
sean en entidades oficiales o privadas o a crearse,
en las distintas: operaciones que las mismas
ofrezcan, tales como plazos fijos, fondos
comunes de inversión, cajas de ahorro, compra
venta de títulos públicos y privados, acciones,
hipotecas titularizadas o no, fideicomisos,
operaciones de leasing y cualquier tipo de
operación financiera lícita, excluidas las
previstas por la Ley 21526; c) Mandatarias:
ejercer mandatos, representaciones, comisiones
y consignaciones - relacionadas con su objeto,
en el país o en el extranjero, y para todos sus
fines la sociedad podrá realizar cuantos actos y
contratos se relacionen directamente con su
objeto social y tienen plena capacidad jurídica
para adquirir derechos, contraer obligaciones y
ejercer los actos :que no sean prohibidos por
las leyes o este estatuto; d) Alquileres:
alquileres en todas, sus formas, tales como
arrendamiento de bienes propios o de terceros;
en este caso subarrendado o cediendo derechos
y acciones sobre contratos suscriptos por la
sociedad a tal fin la sociedad: tiene plena
capacidad jurídica para adquirir derechos y
contraer obligaciones. 6°) Plazo de duración:
Será de 99 años a partir de su inscripción en el
Registro Público de Comercio.- 7°) Monto del
capital social: Pesos Doce Mil ($ 12.000.-)
representado por doce (12) acciones de valor
nominal $ 1.000,00 cada una, ordinarias,
nominativas, no endosables, con derecho a un
voto por acción, las que se hallan totalmente
suscriptas. El Capital Social podrá elevarse
hasta su quíntuplo por decisión de la Asamblea
Ordinaria conforme al articulo 188 de la Ley
19.550.- El Capital se suscribe en un Ciento
por Ciento (100%) por cada uno de los
accionistas, y se integra en dinero en efectivo,
en este acto, en la proporción del veinticinco
por ciento (25%) cada uno y el saldo será
aportado en igual moneda dentro del plazo de
dos (2) años a partir de la fecha de constitución.
El Capital se suscribe conforme al siguiente
detalle: a) el Sr. Miguel Angel Moiso la cantidad
de Seis (6) acciones que representan la suma de
Pesos Seis Mil ($ 6.000.-); la Señora Stella Maris

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