Sociedades Comerciales Nº 9967 de 23 de Mayo de 2006

Fecha de la disposición23 de Mayo de 2006

LEADER MACHINE S.A. Constitución de Sociedad Fecha: 16/03/2006 y Acta Rectificativa del 24/11/05 - Socios: Pablo Oscar Leguizamón, argentino, nacido el 07 de Agosto de 1976, casado, comerciante, DNI 25.336.307, con domicilio en calle Lucio V. Mansilla No.4035, Bº Talleres Sur, de esta ciudad, República Argentina; y Mauro Edgardo Sueldo, argentino, nacido el 15 de Diciembre de 1978, soltero, comerciante, DNI 27.014.295, con domicilio en calle Bv. Los Húngaros No.5495, Bº Los Boulevares, de esta ciudad, República Argentina. Denominación: Leader Machine S.A. Sede y domicilio: La sociedad tendrá su DOMICILIO LEGAL en la Ciudad de Córdoba, Provincia del mismo nombre, República Argentina; y su sede social en calle Juan B. Justo Nº4056, Bo. Ayacucho, de esta ciudad, República Argentina. Plazo: 99 años desde su inscripción en el RPC. Objeto social: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: Minicargadores, Autoelevadores y Maquinarias: realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, en cualquier punto de la Republica o del exterior, las siguientes actividades: a)Servicio técnico de reparación y mantenimiento de máquinas nuevas o usadas y sus derivados;b)compra y venta e intermediación de repuestos, de máquinas nuevas y usadas y sus derivados, importación, exportación, comercialización, fraccionamiento o desguase, distribución, alquiler, leasing;c)la realización de mejoras, agregado de dispositivos, u otros accesorios sobre cualquier tipo de máquinas nuevas o usadas y sus derivados, propios o no de la sociedad, para su uso o su posterior venta o alquiler, y toda actividad relacionada;d) La financiación de las compras que terceros, realicen a la sociedad, así como la inversión de aporte de capitales.Otorgar préstamos a interés, financiaciones de operaciones de terceros, créditos garantizados con cualquiera de los medios previstos por la legislación vigente, o sin garantías.Formar, administrar, regentear carteras de créditos, derechos, acciones, bonos, títulos y valores.e) La participación en sociedades, así como la inversión en títulos públicos y en regímenes especialmente promovidos por el estado, todo ello dentro de lo prescripto por el art. 31 y concordantes de la ley 19.550. y la financiación de todas las actividades comprendidas en la presente enumeración, con exclusión de las contempladas en la ley 21.526, y toda otra que requiera el...

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