Sociedades Comerciales Nº 5982 de 29 de Marzo de 2012

Fecha de la disposición29 de Marzo de 2012
Córdoba, 29 de Marzo de 2012 BOLETÍN OFICIAL 3
27.389.879 y rectificar el Punto A) del
Artículo 3º Objeto del Anexo I al Acta
Constitutiva I-Estatuto, de la manera
siguiente: “ … Artículo 3) La sociedad tiene
por objeto dedicarse por cuenta propia, de
terceros o asociada a terceros, en el país y/o
en el extranjero a las siguientes actividades:
A) Ventas de máquinas, maquinas-
herramientas, repuestos, motores,
herramientas herrajes y accesorios, equipos e
implementos de uso agrícola, tractores,
automotores, vehículos de transporte de
pasajeros y de carga, máquinas viales, motos,
motonetas y todo tipo de rodados y vehículos
terrestres y náuticos; B) Fabricación,
comercialización, importación y exportación
de implementos agrícolas, tractores, vehículos
de transporte de pasajeros y de carga,
máquinas viales, como así también la
fabricación de repuestos, motores,
herramientas herrajes y accesorios; C)
Efectuar inversiones inmobiliarias mediante
la adquisición, venta, locación, sublocación,
y/o permuta de todo tipo de bienes inmuebles
urbanos y rurales, la compra venta de terrenos
y su subdivisión, fraccionamiento de tierras,
urbanizaciones con fines de explotación, renta
o enajenación, inclusive por el régimen de
propiedad horizontal; D) Adquirir
participaciones en otras sociedades existentes
o que se constituyan en el futuro, efectuar
contribuciones, realizar aportes, suscribir o
comprar títulos o derechos sociales o reales,
efectuar adquisiciones, permutas, inversiones
inmobiliarias, transferencia y/o cesiones de
toda clase de activos y valores. Desarrollar y
promover inversiones mobiliarias mediante la
adquisición y transferencia de títulos,
acciones, debentures, cédulas, bonos y
cualquier otro documento o valores, emitidos
o correspondientes a entidades públicas,
privadas o mixtas del país y/o del extranjero.
Se excluyen las operaciones de la ley de
entidades financieras y toda otra por la que
se requiera el concurso público; E) Registrar,
adquirir, ceder y transferir marcas de fábrica
y de comercio, patentes de invención,
fórmulas o procedimientos de elaboración,
aceptar o acordar regalías, tomar
participaciones y hacer combinaciones,
fusiones y arreglos con otras empresas o
sociedades del país y/o del exterior; F) Podrá
presentarse en licitaciones públicas o
privadas, en el orden internacional, nacional,
provincial y/o municipal; G) Podrá otorgar
representaciones, distribuciones y franquicias
dentro o fuera del país; H) Representaciones,
comisiones y consignaciones relacionadas con
los rubros antes mencionados; I) Asociarse
con empresas nacionales e internacionales
públicas o privadas para llevar a cabo su
objeto; J) En general celebrar toda clase de
actos o contratos que tengan relación con el
objeto social reseñando y que sean útiles o
necesarios para la consecución del mismo; K)
A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, contraer
obligaciones y ejercer los actos que no sean
prohibidos por las leyes o por este estatuto.
…” N° 6038 - $ 188.-
STARA ARGENTINA S.A. –
CONSTITUCION
CONSTITUCION: Escritura pública nro.
525 del 07/12/2011, registro nro. 157 de esta
ciudad de Córdoba, Argentina. SOCIOS: Wil-
son Lari TRENNEPOHL, Documento de
Identidad Brasilero nro. 1.014.324.972,
brasilero, casado, nacido el 29 de Enero de
1960, industrial, domiciliado en calle Tucumán
nro. 26 piso 8, de esta ciudad y Julio César
Luzardo Gomes, Documento Nacional de
Identidad nro. 94.741.259, brasilero, casado,
nacido el 27 de agosto de 1955, ingeniero
mecánico, domiciliado en calle Tucumán 26
piso 8, de esta ciudad. DENOMINACION:
“STARA ARGENTINA S.A.”.
DOMICILIO: en jurisdicción de la Provincia
de Córdoba, República Argentina. SEDE SO-
CIAL: Tucumán 26 piso 8 de la Ciudad de
Córdoba. DURACION: noventa y nueve años
(99) desde la fecha de inscripción en el Registro
Público de Comercio. OBJETO: dedicarse por
cuenta propia y/o ajena y/o asociada a
terceros, en participación o en comisión o de
cualquier otra forma en cualquier lugar de esta
República o en el Exterior, con sujeción a las
leyes del respectivo país, a las siguientes
actividades: A) Comerciales e industriales: la
fabricación, elaboración, reparación,
transformación y comercialización en
cualquiera de sus variantes, sea a través de la
venta o alquiler, y la importación y/o
exportación de maquinaria agrícola, sus partes
o componentes, sean aquellas
autopropulsados o no, tractores, sembradoras,
cosechadoras, pulverizadores, distribuidoras
de fertilizantes y semillas, palas agrícolas
cargadoras, palas niveladoras de arrastre,
tolvas auto descargables, subsoladores,
escarificadores, cabezales maiceros, equipos
para utilización en agricultura de precisión,
sus componentes, repuestos, accesorios;
prestación de servicios de asistencia técnica,
mantenimiento y reparación de estos equipos;
y toda otra relacionada con la agricultura de
precisión, su instrumental y equipamiento
tecnológico, implementos y máquinas
agrícolas en general, sus componentes,
repuestos, accesorios, así como toda clase de
representaciones y mandatos de empresa
nacionales o extranjeras, tanto para la venta
como la distribución de los mismos, y la
explotación de talleres de servicio de
asistencia técnica, reparación, mantenimiento
y servicios de aprovisionamiento de
maquinarias agrícolas de todo tipo pudiendo
también, a por resolución del Directorio,
participar en otras sociedades o desvincularse
de ellas libremente. B) Representaciones y
mandatos: por el ejercicio de
representaciones, mandatos, agencias,
comisiones, consignaciones, gestiones de
negocios y administración de bienes, capiteles
y empresas en general; C) Operaciones
inmobiliarias: por la compra, venta, permuta,
alquiler, arrendamiento de propiedades
inmuebles urbanos o rurales, inclusive las
comprendidas bajo el Régimen de Propiedad
Horizontal, como así también toda clase de
operaciones inmobiliarias, incluyendo el
fraccionamiento y posterior loteo de parcelas
destinadas a vivienda, urbanización, clubes
de campo, explotaciones agrícolas, ganadera
y parques industriales pudiendo tomar para
la venta o comercialización operaciones
inmobiliarias de terceros; D) Financieras:
mediante el aporte de capitales a industrias o
explotaciones de todo tipo, para negocios
realizados o en vías de realizarse, con
préstamos de dinero con o sin recursos
propios, con o sin garantía; con la constitución
y transferencia de derechos reales; con la
celebración de contratos de sociedades con
personas físicas o jurídicas, quedando
expresamente vedad la realización de
operaciones financieras reservadas por la ley
de entidades financieras a las entidades
comprendidas en la misma; E) Agropecuarias:
mediante la prestación de servicios y/o
explotación de establecimientos rurales,
ganaderos, agrícolas, frutícolas, forestales,
sean éstos de propiedad de la sociedad o de
terceras personas, cría, invernación,
mestización, venta, cruza de ganado, hacienda
de todo tipo, explotación de tambos, cultivos,
compra, venta y acopio de cereales,
incorporación y recuperación de tierras áridas,
caza, pesca, fabricación, renovación y
reconstrucción de maquinaria agrícola para la
preparación del suelo, la siembra, recolección
de cosechas, preparación de cosechas para
mercado, elaboración de productos lácteos o
de ganadería, o la ejecución de otras
operaciones y procesos agrícolas y/o
ganaderos así como la compra, venta,
distribución, importación y/o exportación de
toda materia prima derivada o para la
explotación agrícola y ganadera. La
compraventa de inmuebles y/o muebles,
consignación, acopio, distribución de cereales,
oleaginosa, forrajes, pasturas, alimentos
balanceados, semillas, fertilizantes,
herbicidas, plaguicidas, agroquímicos y todo
tipo de productos que se relacionen con esta
actividad. También podrá actuar como
corredor, comisionista o mandataria de los
productos de los artículos mencionados
precedentemente de acuerdo con las normas
que se dicte la autoridad competente. La
prestación de servicios de administración,
gerenciamiento y dirección técnica y
profesional de establecimientos rurales,
agrícolas o ganaderos de todo tipo, desarrollo
de proyectos de estudios e investigaciones
científicas, tecnológicas que tenga por fin el
progreso de la actividad agrícola y ganadera
su aplicación, control y mejoramiento, a cuyo
fin podrá importar y/o exportar tecnología,
adquirir, vender, licenciar o ser licenciataria
del modo jurídico que se convenga, de
programas y equipos de capacitación,
aparatos y herramientas de todo tipo,
repuestos y accesorios. A tal fin, la sociedad
tiene plena capacidad jurídica para adquirir
derechos y contraer obligaciones. CAPITAL
SOCIAL: cien mil pesos ($100.000) dividido
en cien mil (100.000) cuotas sociales de un
peso ($1) valor nominal cada una ordinarias,
escriturales, de Clase “A”, con derecho a cinco
(5) votos por acción. SUSCRIPCIÓN E
INTEGRACIÓN: acciones ordinarias
escriturales, clase “A” de un peso ($1,00)
cada una y de cinco (5) votos por acción, en
la siguiente forma: Gilson Lari
TRENNEPOHL cinco mil (5.000) acciones,
con un total de cinco mil pesos ($5.000,00) y
Julio César Luzardo GOMES en
representación de STARA S.A. Industria de
Implementos Agrícolas, suscribe noventa y
cinco mil (95.000) acciones, con un total de
noventa y cinco mil pesos ($95.000); integran
cada uno el 25% en efectivo, y el 75% restante
se obligan a integrarlo en el término de dos
años. ADMINISTRACIÓN: Directorio
compuesto por un mínimo de uno y máximo
de nueve miembros, según lo establezca la
Asamblea de Accionistas, electos por el
término de tres (3) ejercicios siendo reelegibles.
La representación y uso de la firma social a
cargo del Presidente o del Vicepresidente, en
forma individual e indistinta. Director Titu-
lar y Presidente : Gilson Lari TRENNEPOHL
y Director Suplente: Julio César Luzardo
GOMES. FISCALIZACION: podrá estar a
cargo de un Síndico Titular designado en cada
ejercicio económico por la Asamblea Ordi-
naria, la que designará asimismo un Suplente,
por igual período.- Por acta constitutiva de
fecha 7 de Diciembre de 2011, los socios
resuelven por unanimidad prescindir de la
Sindicatura en razón de no estar la Sociedad
comprendida en ninguna de las disposiciones
del art. 299 de la ley 19.550. EJERCICIO
ECONOMICO: cierra el 31 de diciembre de
cada año.- N° 6049 - $ 412.-
SOU PLANT S.A.
AUMENTO DE CAPITAL
REFORMA DE ESTATUTO – ELECCION
DE AUTORIDADES
01/03/2012: Se decidió aumentar el capital
social a la suma de pesos doscientos mil ($
200.000), mediante un aumento de pesos
cincuenta mil ($ 50.000), emitiendo la
cantidad de quinientas (500) nuevas acciones
ordinarias nominativas no endosables de la
clase “A”, de valor nominal $ 100 cada una y
con derecho a cinco (5) votos por acción,
renunciando en forma indeclinable los Sres.
Rodolfo Alfredo Rueda y Ricardo Osvaldo
Rueda, al derecho de preferencia y de acrecer
que les asiste en relación a la suscripción de
acciones votada, por lo que la suscripción e
integración se realiza de acuerdo al siguiente
detalle: el Sr. Jorge Eduardo Rueda, suscribe
la cantidad de quinientas (500) acciones
ordinarias nominativas no endosables de la
clase “A”, de valor nominal $ 100 cada una y
con derecho a cinco (5) votos por acción. El
aumento de capital resuelto se suscribe e in-
tegra totalmente mediante la capitalización de
la cuenta Socios Cuenta Particular (Pasivo)
por la suma de pesos cincuenta mil
($50.000,00); todo ello de de conformidad con
el ejercicio económico cerrado el 30/06/2011.
Se modifica el artículo TERCERO del estatuto
social: “ARTICULO TERCERO: El capital
social es de $ 200.000 (Pesos doscientos mil),
representado por 2.000 (dos mil) acciones de
pesos cien ($ 100,00) valor nominal cada una,
ordinarias, nominativas, no endosables con
derecho a cinco (5) votos por acción, siendo
la cantidad de un mil (1.000) acciones de la
clase “A”, la cantidad de de quinientas (500)
acciones de la clase “B”, y la cantidad de
quinientas (500) acciones de la clase “C”. El
capital puede ser aumentado por decisión de
la Asamblea Ordinaria hasta el quíntuplo de
su monto, conforme al Art. 188 de la Ley
19.550.” A continuación se resuelve delegar
en el Directorio la emisión de los títulos
representativos de las acciones en proporción
a la tenencia de cada accionista”. Modificación
del artículo OCTAVO del Estatuto Social.
“ARTICULO OCTAVO: La administración
de la Sociedad estará a cargo de un Directorio
compuesto con el número de miembros que
fije la Asamblea Ordinaria entre un mínimo
de cuatro (4) y un máximo de siete (7), electo/
s por el término de Tres (3) ejercicios, siendo
reelegibles indefinidamente, debiendo elegir en
cada designación: dos (2) directores los
accionistas tenedores de las acciones tipo “A”,
un (1) director los accionistas tenedores de
FE DE ERRATAS
ASOCIACION DE JUBILADOS Y PENSIONADOS DE BARRIO PUEYRREDON “ESTE”
En nuestra Edición del B.O., de fecha 13/02/2012, en el aviso N° 4233, por error se publicó; donde dice: “3 días – 4233 – 15/3/2012
- $ 120.-”; debió decir: “3 días – 4233 – 15/3/2012 - $ 192.- ”; dejamos así salvado dicho error.-

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