Sociedades Comerciales Nº 17932 de 24 de Junio de 2011

Fecha de la disposición24 de Junio de 2011
Córdoba, 26 de Julio de 2011
BOLETÍN OFICIAL
6
Bustos N° 875, de Río Cuarto (Pvcia. De Cba.),
DNI. 28.579.907, y Luis Alberto REPEZZA,
32 años, argentino, Ingeniero Agrónomo, soltero,
domiciliado en calle Belgrano s/n, de Las Acequias
(Pvcia. De Cba.), DNI. 26.855.388. 2. FECHA
DE CONSTITUCION: 02 de julio de 2011 3.
DENOMINACION SOCIAL:
"AGROSTONES S.A.". 4, DOMICILIO SO-
CIAL: Calle San Martín N° 304 P. 3o Depto.
"B" de la Ciudad de Río Cuarto, en la Provincia
de Córdoba, República Argentina. 5.QBJETO
SOCIAL: La sociedad tiene por objeto realizar
por cuenta propia, de terceros, o asociada a
terceros, las siguientes actividades: a)
AGROPECUARIAS: Explotación agrícola
orientada a la obtención de granos oleaginosos y
cereales, destinados a la comercialización o
forraje, como así también, cultivos textiles e in-
dustriales, leguminosas; producción frutícola y
hortícola. Explotación forestal. Explotación
ganadera en sus diferentes modalidades de cría,
cabaña o invernada, de todo tipo de animales,
explotación de tambo para la producción de leche
y de terneros para la venta; explotación avícola
destinada a la crianza de aves y producción de
huevos fértiles o para consumo; explotación
cunícola y apícola, crianza de todo tipo de
animales.- b) SERVICIOS AGRICOLAS:
Fumigación y fertilización aérea y terrestre,
siembra, recolección de cosechas, pulverización
y la ejecución de las operaciones y procesos
agrícolas y/o ganaderos. Planificación y diseño
de plantación, servicios de riego, alquiler de
colmenas, monitoreo de cultivos, control de
plagas, control de malezas y control de cosecha.
Asesoramiento e implementación de nuevas
tecnologías.- c) COMERCIALES: Compra,
venta de los productos, subproductos e insumos
relacionados con la actividad agropecuaria de la
sociedad, así como la importación, exportación,
representación, consignación, depósito,
almacenaje, gestión y mandato, de los productos
y subproductos derivados de la actividad.- d)
INMOBILIARIAS: Compra, venta, arrenda
mientos, subarrendamientos, permuta,
administración y explotación de inmuebles
urbanos y rurales. Realización de contratos de
alquiler, leasing y cualquier otro acto propio o
afín con la actividad agrícola, pecuaria, tambera
y otras que puedan realizarse en las
explotaciones de fundos rústicos. Realización
de todos los contratos necesarios para que la
empresa sea competitiva.- 6. PLAZO DE
DURACION: noventa y nueve años, contados
desde la fecha de su inscripción en el R.P.C.
7.CAPITAL SOCIAL: El Capital social será de
$ 60.000, representado por Seis mil (6.000)
acciones ordinarias, nominativas no endosables,
clase "A", con derecho a cinco (5) votos por
acción, de un valor nominal de Diez Pesos ($ 10)
cada una. Suscripción: Carlos Nazareno
FARICELLI suscribe tres mil novecientas
(3.900) acciones por un valor nominal de Treinta
y Nueve Mil Pesos ($ 39.000); y Luis Alberto
REPEZZA suscribe dos mil cien (2.100) acciones
por un valor nominal de Veintiún Mil Pesos ($
21.000) quedando suscripto la totalidad del
Capital Social. 8. ORGANOS SOCIALES: a)
ADMINISTRACION: a cargo de un Directorio
compuesto de 1 a 7 miembros, por 3 ejercicios,
reelegibles. Se puede designar igual o menor
número de suplentes por el mismo término. Si la
sociedad prescindiera de Sindicatura la elección
del suplente será obligatoria. Primer Directorio:
PRESIDENTE: Carlos Nazareno FARICELLI
y DIRECTOR SUPLENTE: Luis Alberto
REPEZZA. B) FISCALIZACION: a cargo de
un Sindico Titular y un Suplente por un ejercicio.
Si la sociedad no estuviere comprendida en las
disposiciones del Art. 299 de la Ley 19.550,
podrá prescindir de la Sindicatura. Se prescindió
de ia Primer Sindicatura. 9.
REPRESENTACION Y USO DE LA FIRMA
SOCIAL: A cargo del Presidente del Directorio.
Los documentos, contratos, poderes, o cheques
que otorgue o emita la Sociedad, como así también
los endosos, deberán llevar las firmas indistintas
del Presidente o de un apoderado especial. Para
los casos de endosos de cheques u otros valores
para ser depositados exclusivamente en cuentas
bancarias de la Sociedad o a la orden de la misma,
bastara la firma de uno cualquiera de los directores
o la de un apoderado especial. 10. FECHA DE
CIERRE DEL EJERCICIO: 31 de Diciembre de
cada año- Río Cuarto...20 de julio de 2011.-
N° 17918 - $ 284.-
GANDOLFO INGENIERÍA Y
DESARROLLOS S.A.
Constitución de Sociedad
Constitución. Fecha: 18/05/2011. Socios: 1)
Domingo Martín GANDOLFO, argentino,
D.N.I. N° 12.072.825, casado, nacido el 15/04/
1956,Ingeniero Civil, domiciliado en Tucumán
270 de la ciudad y Provincia de Córdoba y 2)
Rafael Domingo José GANDOLFO, argentino,
M.l. N° 7.988.546, casado, nacido el 16/05/1946,
Ingeniero Civil, domiciliado en Emilio Lamarca
3508 de la ciudad y Provincia de Córdoba.
Denominación: GANDOLFO INGENIERÍA Y
DESARROLLOS S.A. Sede v Domicilio:
Obispo Oro 288 de la Ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba, República Argentina.
Plazo: 99 años desde la fecha de inscripción en
el Registro Público de Comercio. Obieto Social:
La Sociedad tiene por objeto realizar por cuenta
propia, de terceros, para terceros, asociada a
terceros o a título fiduciario: INMOBILIARIA:
Compra, venta, construcción, ampliación,
reforma, modificación y demolición, permuta,
alquiler, leasing, arrendamiento y de cualquier
manera la comercialización de bienes inmuebles,
urbanos y/o rurales, edificados o no, inclusive
los comprendidos bajo el régimen de propiedad
horizontal, así como también toda clase de
operaciones inmobiliarias, incluyendo el
fraccionamiento, unión, subdivisión y loteo de
parcelas destinadas a vivienda, urbanización,
clubes de campo, explotaciones agrícolas o
ganaderas y parques industriales, tanto en el país
como en el extranjero. Podrá, inclusive, realizar
todas las operaciones sobre inmuebles que
autoricen las leyes y las comprendidas en las
disposiciones de la ley de propiedad horizontal
y sus modificatorias. ADMINISTRA CION.
Administración de bienes de particulares y
sociedades, pudiendo administrar, dar en leas-
ing, arrendar y explotar, por cuenta propia o de
terceros, toda clase de bienes muebles o
inmuebles, urbanos y rurales, semovientes;
derechos, acciones, valores y obligaciones de
entidades públicas y privadas y, en general,
realizar todas las operaciones, comerciales o no,
necesarias o convenientes para el cumplimiento
de los objetos indicados; actuar como fiduciario
ordinario privado y, sujeto al cumplimiento de
las disposiciones de la Ley 24441 y
disposiciones de la Comisión Nacional de
Valores, actuar como Fiduciario Público o
Fiduciario Financiero. INVERSIÓN: Podrá
realizar aportes de capital para operaciones
realizadas o a realizarse, financiamiento o crédito
en general, con cualquiera de las garantías
previstas en la legislación vigente o sin ellas;
participación en empresas de cualquier
naturaleza mediante la creación de sociedades
por acciones, uniones transitorias de empresas,
agrupaciones de colaboración, joint ventures,
consorcios, fideicomisos (ya sea como fiduciante,
beneficiaría o fideicomisaria) y en general la
compra, venta y negociación de títulos, acciones
y toda clase de valores mobiliarios y papeles de
crédito en cualquiera de los sistemas o
modalidades creados o a crearse. Quedan
excluidas las operaciones de la ley de entidades
financieras y toda aquella que requiera el con-
curso del ahorro público. CONSULTORIA: La
prestación de toda clase de servicios de
asesoramiento y consultas y asesoramiento en
las ramas de la ingeniería y arquitectura, en el
ámbito público, privado, nacional e internacional,
elaboración de croquis, anteproyectos y/o
proyectos de obras de arquitectura e ingeniería,
dirección, inspección y contralor de obras de
arquitectura e ingeniería, la administración,
construcción de obras de arquitectura e ingeniería,
y en general la prestación de servicios
intelectuales y de obra vinculados a las ramas de
la ingeniería, arquitectura y construcción. A tal
fin, la Sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer obligaciones,
previéndose que cuando así sea legalmente
requerido, las actividades serán desarrolladas por
medio de profesionales con título habilitante.
Quedan excluidas de su objeto la realización de
operaciones de corretaje inmobiliario e
intermediación en el tráfico de inmuebles-Capi-
tal: El capital social es de Pesos treinta mil
($30.000) representado por tres mil (3.000)
acciones de Pesos diez ($10) valor nominal cada
una, todas ellas ordinarias, nominativas no
endosables, de la clase A, con derecho a cinco (5)
votos por acción. El capital puede ser aumentado
por decisión de la Asamblea Ordinaria hasta el
quíntuplo de su monto, conforme al art. 188 de
la Ley 19.550.Suscripción: El capital social de
PESOS TREINTA MIL ($30.000) se suscribe
íntegramente por los constituyentes en una
proporción del setenta y cinco por ciento (75
%) por el Sr. Domingo Martín Gandolfo y el
veinticinco por ciento (25%) por el Sr. Rafael
Domingo José Gandolfo y se integra en dinero
en efectivo en un veinticinco por ciento (25%)
de su monto, de la siguiente forma: 1) El Sr.
Domingo Martín Gandolfo suscribe dos mil
doscientas cincuenta (2.250) acciones de la Clase
A, todas ellas de Pesos diez ($10) valor nominal
cada una, ordinarias, nominativas no endosables,
con derecho a cinco (5) votos por acción e inte-
gra la suma de pesos cinco mil seiscientos
veinticinco ($ 5.625) y 2) El Sr. Rafael Domingo
José Gandolfo suscribe setecientas cincuenta
(750) acciones de la Clase A todas ellas de Pesos
diez ($10) valor nominal cada una, ordinarias,
nominativas no endosables, con derecho a cinco
(5) votos por acción e integra la suma de pesos
un mil ochocientos setenta y cinco ($ 1.875). El
saldo se integrará cuando lo decida el Directorio,
y a más tardar dentro de los dos años del día de
la fecha-Administración: La administración de
la sociedad estará a cargo de un Directorio
compuesto con el numero de miembros que fije
la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de uno
(1) y un máximo de cinco (5), electo /s por el
término de tres (3) ejercicios. La Asamblea puede
designar mayor, menor o igual número de
suplentes por el mismo término, con el fin de
llenar las vacantes que se produjeren en el orden
de su elección. En caso de Directorio plural, los
Directores en su primera reunión deberán
designar un Presidente y un Vicepresidente, este
último reemplaza al primero en caso de ausencia
o impedimento sin necesidad de acreditar este
hecho ante terceros. En caso de Directorio
unipersonal, el único director titular designado
tendrá el cargo de Presidente. El Directorio
funciona con la presencia de la mayoría absoluta
de sus miembros y resuelve por mayoría de votos
presentes. El presidente tiene doble voto en caso
de empate. La asamblea fija la remuneración del
Directorio de conformidad con el artículo 261 de
la Ley 19.550. Si la Sociedad prescindiera de la
Sindicatura, la elección de Director/es suplente/
s es obligatoria. Los Directores designados
estarán habilitados para ejercer su empleo,
profesión, oficio o actividad independiente sin
necesidad de autorización de la Asamblea, aún
cuando pueda desarrollarlos en la misma rama
de actividades que la Sociedad. Designación de
Autoridades: Se resuelve fijar en uno (1) el número
de directores titulares, designando director titu-
lar y presidente al Sr. Domingo Martín
GANDOLFO, D.N.I. N° 12.072.825 y
Directora Suplente al Sr. Rafael Domingo José
GANDOLFO, M.l. N° 7.988.546. Re
presentación Legal v uso de la firma social: La
representación legal de la sociedad corresponde
al Presidente del Directorio o quien lo reemplace
de acuerdo a este estatuto. Para representar en
juicio a la sociedad, inclusive poner y absolver
posiciones, el Directorio podrá autorizar a aquel
Director o mandatario especial que a tal efecto
designe. No obstante, el Presidente de la sociedad
podrá representar en juicio a la sociedad, poner
y absolver posiciones con la simple acreditación
del cargo. La comparecencia de quien de acuerdo
a este estatuto reemplace al Presidente en
cualquiera de los actos administrativos, judiciales
o societarios que requieran la presencia del
Presidente, supone la ausencia de este último y
obliga a la sociedad sin necesidad de comunicación
o justificación alguna. En caso de Directorio
unipersonal, ante la ausencia o impedimento del
Director Titular, los Directores Suplentes
designados, en el orden de su elección, asumirán
el cargo con las mismas atribuciones que el Di-
rector Titular, sin que sea necesario acreditar
ante terceros la ausencia o impedimento del Di-
rector Titular o, en su caso, los Directores
Suplentes designados en anterior término. El uso
de la firma social corresponde al Presidente del
Directorio o a quien, de acuerdo al presente
estatuto, lo reemplace.Fiscalización: La
Fiscalización de la Sociedad estará a cargo de un
síndico titular elegido por la Asamblea Ordinaria
por el término de tres ejercicios. En este caso, la
Asamblea también deberá elegir un síndico
suplente por el mismo término. Si la Sociedad
estuviera comprendida en uno o varios de los
supuestos del artículo 299 de la Ley 19.550, a
excepción del inciso 2° de dicha norma, la
fiscalización será ejercida por una Comisión
Fiscalizadora integrada por tres (3) Síndicos
titulares designados por la Asamblea General
Ordinaria de Accionistas, con una duración de
tres (3) ejercicios, debiendo la asamblea elegir
tres (3) síndicos suplentes por igual período,
quienes reemplazarán a los titulares en caso de
ausencia o impedimento. Los Síndicos deberán
reunir las condiciones y tendrán las funciones,
derechos y obligaciones establecidas por la Ley
19.550. Si la Sociedad no estuviera comprendida
en las disposiciones del artículo 299 de la Ley
19.550, se podrá prescindir de la Sindicatura,
adquiriendo los Accionistas las facultades de
contralor del artículo 55 de la Ley 19.550. En el
Acta Constitutiva se optó por prescindir de
sindicatura Ejercicio Social: cierra el 31 de mayo
de cada año. Córdoba, de julio de 2010.
N° 17931 – $ 536.-
LECTUS S.R.L.
Constitución de Sociedad
a) BERNARDO ANTONIO FLOOD,
argentino, DNI: 14.725.267, 40 años, divorciado,
ingeniero electrónico electricista, con domicilio
en Molino de Torres N° 5301, Lote 3 Manzana
22, Barrio El Bosque Club de Campo de la Ciudad
de Córdoba, Provincia de Córdoba y b)
GUILLERMO CARLOS MUÑOZ ISAZA,

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