Sociedades Comerciales Nº 1966 de 26 de Febrero de 2008

Fecha de la disposición26 de Febrero de 2008

EUROLINEA S.R.L. En la Ciudad de Córdoba, a catorce días del mes de diciembre de dos mil siete, entre Héctor Alejandro Blanco, d.n.i. n* 18.175.809, argentino, de años cuarenta años, divorciado, comerciante, con domicilio real en calle Hamburgo n* 2118 B* San Nicolás y Manuel Ricardo Blanco, d.n.i. n* 20.073.081, argentino, de años treinta y nueve años, divorciado, comerciante, con domicilio real en calle Hamburgo n* 2118 B* San Nicolás, resuelven celebrar el siguiente contrato de sociedad de responsabilidad limitada. Primero: La sociedad se denomina ''EUROLINEA S.R.L.'', tiene su domicilio legal en la Ciudad de Córdoba y puede establecer sucursales en cualquier lugar del país o del exterior.Segundo: Objeto: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociados a ellos:a) la fabricación, compra venta por mayor y menor de máquinas, herramientas, muebles y útiles de panificación, materias primas e insumos;b) la elaboración y venta por mayor y menor de materias primas, insumos y productos de panificación sean estos líquidos o sólidos;c) el acopio de cereales, oleaginosas y todo otro fruto de la agricultura y productos avícolas y su industrialización, molienda, mezcla, aditivado hasta la obtención de productos terminados;d) intervenir en la explotación, producción o comercialización de actividades y productos agrícolas y ganaderas;e) la compra venta y locación inmobiliaria, cumplimentando con lo establecido por ley 9445;f) la importación o exportación de todos los elementos vinculados con el objeto social;g) El transporte, envío, traslado, fletamento, acarreo, logística y distribución de productos, insumos, materias primas, maquinarias, herramientas, muebles y útiles y todo otro elemento relacionado con su objeto.Para la realización de tales fines o los vinculados directamente con su objeto social, la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos no prohibidos por las leyes o este contrato.Tercero: Plazo: El plazo de vigencia de la sociedad es de cincuenta años, contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio. Cuarto: Capital social...

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