Sociedades Comerciales Nº 966 de 14 de Febrero de 2012

Fecha de la disposición14 de Febrero de 2012
Córdoba, 14 de Febrero de 2012 BOLETÍN OFICIAL
SECCIÓN:
CIVILES Y COMERCIALES
AÑO XCIX - TOMO DLXV - Nº 12
CORDOBA, (R.A.), MARTES 14 DE FEBRERO DE 2012
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PRIMERA PUBLICACIÓN
SOCIEDADES
COMERCIALES
ALBERTO Y CIA S. R. L.
Modificación Cláusula Capital Social
Por acta de reunión de socios Nº 17 del 30/09/
2011 se ha dispuesto modificar el artículo
CUARTO del Estatuto Social por aumento de
capital social y cesiones parciales de cuotas
sociales efectuada por los socios Miguel Angel
ALBERTO y Oscar Domingo ALBERTO a fa-
vor de los socios Pablo Agustín ALBERTO y
Marcos Alberto MASSEI, el que queda
redactado de la siguiente forma: ARTICULO
CUARTO: CAPITAL SOCIAL: SUSCRIP
CION: El Capital Social se fija en la suma de
PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SEIS
MIL ($ 1.806.000,00) que se divide en ciento
ochenta mil seiscientas cuotas (180.600) iguales
de un valor de pesos diez ($ 10) cada una, las
que suscriben los socios en las siguientes
cantidades a saber: Miguel Angel ALBERTO
suscribe 45.150 cuotas representativas del
veinticinco por ciento (25 %) del capital social
es decir la suma de Pesos Cuatrocientos
cincuenta y un mil quinientos ($ 451.500,00);
Oscar Domingo ALBERTO suscribe 45.150
cuotas de $ 10 cada una representativas del
veinticinco por ciento (25 %) del capital social
es decir la suma de Pesos Cuatrocientos
cincuenta y un mil quinientos ($ 451.500,00);
Pablo Agustín ALBERTO suscribe 45.150
cuotas de $ 10 cada una representativas del
veinticinco por ciento (25 %) del capital social
es decir la suma de Pesos Cuatrocientos
cincuenta y un mil quinientos ($ 451,500,00);
Marcos Alberto MASSEI suscribe 45.150
cuotas de $ 10 cada una representativas del
veinticinco por ciento (25 %) del capital so-
cial, es decir la suma de Pesos Cuatrocientos
cincuenta y un mil quinientos ($ 451,500,00).
BELL VILLE,de diciembre de 2011. Juzg. 1º
Inst. 3º Nom. C. C. y C. de Bell Ville.-
N° 384 - $ 92.-
CASONAS DEL SUQUIA S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
REFORMA DE ESTATUTO
Por Acta de Asamblea General Ordinaria
Unánime de fecha 20 de julio de 2011, en el
Quinto Punto del Orden del Día se designaron
nuevas autoridades, quedando el Directorio
compuesto de la siguiente manera: El Arquitecto
Rubén Hugo BECCACECE, D.N.I. 11.055.031,
como Director Titular y con el cargo de
Presidente y el Ingeniero Fernando Alfonso
María REYNA, D.N.I. 13.374.283 como Di-
rector Suplente. Ambos miembros electos
aceptaron los cargos para los que fueron
propuestos y declararon bajo juramento no estar
comprendidos en las inhabilidades e
incompatibilidades del art. 264 de la Ley de
Sociedades Nº 19.550. Constituyeron domicilio
especial en calle av. Rogelio Nores Martínez
2709, de la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba. Mediante el Sexto Punto del Orden
del Día, se resolvió reformar el artículo Tercero
del Estatuto Social, quedando redactado de la
siguiente manera: “TERCERO. Objeto: La
sociedad tendrá por objeto dedicarse por cuenta
propia o de terceros o asociada a terceros a las
siguientes actividades: a) Inmobiliaria y de la
construcción: compra, venta, permuta, alquiler
y/o arrendamiento de propiedades inmuebles,
urbanas o rurales, incluyendo las comprendidas
dentro del régimen de propiedad horizontal, y
otras leyes especiales, así como también a toda
clase de operaciones inmobiliarias, incluyendo
el fraccionamiento y posterior urbanización de
inmuebles, desarrollo de loteos, urbanizaciones
abiertas, urbanizaciones residenciales especiales
o clubes de campo, explotaciones agrícolas o
ganaderas y parques industriales, pudiendo
tomar para la venta o comercialización
operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá in-
clusive realizar todas las operaciones sobre
inmuebles que autoricen las leyes compren
didas en las disposiciones de la ley de propiedad
horizontal y otras leyes especiales. También
podrá dedicarse a la administración de
propiedades inmuebles propias o de terceros
sea como fiduciaria y/o mandataria. También
podrá dedicarse a la construcción, mediante la
ejecución directa o indirecta de obras privadas
y públicas. b) Agropecuaria: por cuenta propia
o de terceros, la explotación agropecuaria,
incluyendo granjas avícolas, a través de
establecimientos propios o de terceros; compra
y venta de granos, y de cualquier otro producto
agrícola y pecuario; acopio de cereales propios
o de terceros, su importación y exportación. c)
Exportación e importación de bienes: por cuenta
propia o de terceros, exportar e importar bienes
o servicios relacionados con el negocio
inmobiliario de la construcción como así
también elementos de merchandising y
promoción relacionados con el mismo,
contratando todo lo referido a la compra de las
mercaderías en la República Argentina o en
países extranjeros, su almacenamiento y su
transporte por vía aérea, marítima y terrestre,
combinadas o no, desde o hasta la República
Argentina, realizando, además, los trámites
aduaneros respectivos y su posterior
distribución hasta los puntos de consumo. Para
ello podrá contar con servicios de transportación
propios o contratarlos con terceros. d) De
servicios: prestación de servicios profesionales
relacionados con las áreas de arquitectura,
diseño, inmobiliario, contable, financiero y
laborales, en cualquier etapa de
industrialización, fabricación o comercialización
de productos. e) Financieras: Mediante la
contribución de capital o facilitando su
obtención a personas, compañías, sociedades,
formadas o a formarse, respecto de operaciones
ejecutadas o a ejecutarse, préstamos a interés
con fondos de la sociedad o de terceras perso-
nas, inversiones o negociaciones en títulos de
créditos, acciones, constituir y otorgar para
terceros garantías, avales, fianzas o cauciones,
la realización de cualquier tipo de operaciones
de inversión y financieras y celebrar todo tipo
de acuerdo de financiamiento que sea necesario
o conveniente para la consecución del objeto
social, todo ello dentro de los limites impuestos
por las normas aplicables, y con exclusión de
las operaciones alcanzadas por la ley de
entidades financieras; financiación de toda clase
de operaciones realizadas entre terceros, inclu-
sive como avalista, constitución y transferencia
de hipotecas, demás derechos reales y prendas.
f) Inversora: a través de participaciones en otras
sociedades. Asimismo para el cumplimiento del
objeto social, la sociedad goza de plena
capacidad para adquirir derechos y contraer
obligaciones, pudiendo realizar toda clase de
actos jurídicos y operaciones que se relacionen
con aquel, pudiendo expresamente garantizar
con su patrimonio obligaciones de terceros, sean
estos personas físicas o jurídicas, vinculadas o
no con la sociedad, pudiendo a tal efecto otorgar
avales, fianzas, constituir derechos reales tales
como prendas, hipotecas en garantía de todo
tipo de obligaciones, que asuman u obliguen a
terceros, debiendo en los casos de constitución
de derecho reales contar con la aprobación del
Directorio; g) Fiduciaria: Actuar como
fiduciante, fiduciaria, beneficiaria,
fideicomisaria, por cuenta propia o por cuenta
de terceros y/o asociada a terceros, en todo
tipo de emprendimientos, sean estos
inmobiliarios, rurales, constructivos.”
N° 386 - $ 292.-
“CONSTRUCTORA SAN CARLOS
S.R.L.”
CONSTITUCION DE SOCIEDAD
Socios: Sra. María Josefa MARTIN, argentina,
D.N.I. Nº 2.506.287, nacido el 31 de Julio de
1.939, de 71 años de edad, de estado civil viuda
en primeras nupcias, de profesión comerciante,
domiciliada en calle Estanislao Zeballos Nº 679,
de la Localidad de Eduardo Castex, Provincia
de La Pampa, y Juan Ricardo FOLLIS,
argentino, D.N.I. Nº 22.599.825, nacido el 01
de Marzo de 1.972, de 39 años de edad, de
estado civil casado, de profesión comerciante,
domiciliado en calle Pedro Inchauspe Nº 675,
Barrio San Fernando, Ciudad de Córdoba.
Constitución: 03/06/2011, con firmas
certificadas el 10/06/2011. Denominación:
“CONSTRUCTORA SAN CARLOS S.R.L.”.
Duración: Noventa (90) años, contados a partir
de la inscripción del presente contrato en el
Registro Público de Comercio. Domicilio de la
Sede Social: calle 9 de Julio Nº 573, 1º Piso, de
la Ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,
República Argentina. Objeto Social: La sociedad
tendrá por objeto realizar por cuenta propia de
terceros y/o asociada a terceros en el país o en
el extranjero, las siguientes actividades: A)
Dedicarse a actividades inmobiliarias, tales
como administración de propiedades inmuebles
propias o de terceros. Compra, venta, permuta,
alquiler, arrendamiento de propiedades
inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el
régimen de propiedad horizontal, así como
también el fraccionamiento y posterior loteo de
parcelas destinadas a viviendas, oficinas, lo-
cales, cocheras, urbanización, clubes de campo,
pudiendo tomar para la venta o comercialización
de propiedades inmuebles propios o de terceros.
Podrá realizar la intermediación, compraventa,
arrendamiento, urbanización, loteos,
subdivisión, administración y explotación de
todo tipo de inmuebles urbanos o rurales. B)
Construcción, dirección, administración,
financiación y ulterior venta de viviendas de
todo tipo por el sistema de división horizontal
prevista por Ley 13.512; la construcción de
cualquier tipo de obras de ingeniería o
arquitectura pública o privada, que pudieren
surgir de la contratación y/o licitación con
organismos de ordenes Nacionales, Provinciales,
y/o Municipales, como así también la
contratación de contratistas y subcontratistas,
de empresas constructoras con el fin de que
estas ejecuten y realicen las obras para las que
han sido contratadas. La financiación se realiza
con fondos propios de la sociedad y/o de
terceros, excluyendo las actividades
comprendidas en la Ley de Entidades
Financieras. C) Importar, exportar, representar,
consignar, ser mandataria, distribuir, comprar,
vender, celebrar contratos de leasing para la
comercialización de productos, materiales,
aparatos, equipos e instrumental y toda clase
de elementos relacionados con la construcción.
D) Mediante la administración y/o dirección de

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