Sociedades Comerciales Nº 446 de 14 de Febrero de 2012

Fecha de la disposición14 de Febrero de 2012
Córdoba, 14 de Febrero de 2012 BOLETÍN OFICIAL 3
con domicilio en calle Entre Ríos N° 794, Ali-
cia, Provincia de Córdoba y DIRECTOR
SUPLENTE: Mafalda Juana Testore, argentina,
nacida el 20 de Febrero de 1929, Jubilada, viuda,
L.C. Nº 7.144.211, con domicilio en calle Entre
Ríos N° 794, Alicia, Provincia de Córdoba; todos
por el término de tres (3) ejercicios.-
SINDICATURA: La Asamblea resolvió su
prescindencia.-VIGENCIA: Tres ejercicios
anuales que cierran: 31/12/2011, 31/12/2012 y
31/12/2013.- Departamento Sociedades por
Acciones. N° 988 - $ 60.-
URBANIZACIONES RESIDENCIALES
S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES –
REFORMA DE ESTATUTO –
REVOCACION DEL MANDATO DE
SÍNDICOS
Por Acta de Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de fecha 27 de Octubre de 2011,
en el Punto E del Orden del Día se fijó el número
de directores titulares y suplentes y se
designaron nuevas autoridades: por unanimidad
se fijó en uno (1) el número de directores titulares
y en uno (1) el número de directores suplentes,
quedando el Directorio compuesto de la
siguiente manera: como Director Titular y con
el cargo de Presidente al Ingeniero Fernando
Alfonso María REYNA, D.N.I. 13.374.283 y
como Director Suplente al Contador Horacio
José PARGA VILLADA, D.N.I. 10.047.823.
Ambos miembros electos aceptaron los cargos
para los que fueron propuestos y declararon
bajo juramento no estar comprendidos en las
inhabilidades e incompatibilidades del art. 264
de la Ley de Sociedades Nº 19.550.
Constituyeron domicilio especial en calle av.
Rogelio Nores Martínez 2709, de la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba. En el Punto F
del Orden del Día, se resolvió reformar el
artículo Tercero del Estatuto Social, quedando
redactado de la siguiente manera: “TERCERO.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse
por cuenta propia o de terceros o asociada a
terceros a las siguientes actividades: a)
Inmobiliaria y de la construcción: compra, venta,
permuta, alquiler y/o arrendamiento de
propiedades inmuebles, urbanas o rurales,
incluyendo las comprendidas dentro del régimen
de propiedad horizontal, y otras leyes
especiales, así como también a toda clase de
operaciones inmobiliarias, incluyendo el
fraccionamiento y posterior urbanización de
inmuebles, desarrollo de loteos, urbanizaciones
abiertas, urbanizaciones residenciales especiales
o clubes de campo, explotaciones agrícolas o
ganaderas y parques industriales, pudiendo
tomar para la venta o comercialización
operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá in-
clusive realizar todas las operaciones sobre
inmuebles que autoricen las leyes comprendidas
en las disposiciones de la ley de propiedad hori-
zontal y otras leyes especiales. También podrá
dedicarse a la administración de propiedades
inmuebles propias o de terceros sea como
fiduciaria y/o mandataria. Podrá también
dedicarse a la construcción, incluyendo tanto la
ejecución directa o como indirecta,
subcontratando a terceros, de obras. b)
Agropecuaria: por cuenta propia o de terceros,
la explotación agropecuaria, incluyendo granjas
avícolas, a través de establecimientos propios
o de terceros; compra y venta de granos, y de
cualquier otro producto agrícola y pecuario;
acopio de cereales propios o de terceros, su
importación y exportación; c) Exportación e
importación de bienes: por cuenta propia o de
terceros, exportar e importar bienes o servicios
relacionados con el negocio inmobiliario de la
construcción como así también elementos de
merchandising y promoción relacionados con
el mismo, contratando todo lo referido a la
compra de las mercaderías en la República Ar-
gentina o en países extranjeros, su
almacenamiento y su transporte por vía aérea,
marítima y terrestre, combinadas o no, desde o
hasta la República Argentina, realizando,
además, los trámites aduaneros respectivos y
su posterior distribución hasta los puntos de
consumo. Para ello podrá contar con servicios
de transportación propios o contratarlos con
terceros. d) De servicios: prestación de servicios
profesionales relacionados con las áreas de
arquitectura, diseño, inmobiliario, contable,
financiero y laborales, en cualquier etapa de
industrialización, fabricación o comercialización
de productos, e) Financieras: Mediante la
contribución de capital o facilitando su
obtención a personas, compañías, sociedades,
formadas o a formarse, respecto de operaciones
ejecutadas o a ejecutarse, préstamos a interés
con fondos de la sociedad o de terceras perso-
nas, inversiones o negociaciones en títulos de
créditos, acciones, constituir y otorgar para
terceros garantías, avales, fianzas o cauciones,
la realización de cualquier tipo de operaciones
de inversión y financieras y celebrar todo tipo
de acuerdo de financiamiento que sea necesario
o conveniente para la consecución del objeto
social, todo ello dentro de los límites impuestos
por las normas aplicables, y con exclusión de
las operaciones alcanzadas por la ley de
entidades financieras; financiación de toda clase
de operaciones realizadas entre terceros, inclu-
sive como avalista, constitución y transferencia
de hipotecas, demás derechos reales y prendas.
f) Inversora: a través de participaciones en otras
sociedades. Asimismo para el cumplimiento del
objeto social, la sociedad goza de plena
capacidad para adquirir derechos y contraer
obligaciones, pudiendo realizar toda clase de
actos jurídicos y operaciones que se relacionen
con aquel, pudiendo expresamente garantizar
con su patrimonio obligaciones de terceros, sean
estos personas físicas o jurídicas, vinculadas o
no con la sociedad, pudiendo a tal efecto otorgar
avales, fianzas, constituir derechos reales tales
como prendas, hipotecas en garantía de todo
tipo de obligaciones, que asuman u obliguen a
terceros, debiendo en los casos de constitución
de derecho reales contar con la aprobación del
Directorio; g) Fiduciaria: Actuar como
fiduciante, fiduciaria, beneficiaria,
fideicomisaria, por cuenta propia o por cuenta
de terceros y/o asociada a terceros, en todo
tipo de emprendimientos, sean estos
inmobiliarios, rurales, constructivos.” En el
Punto G del Orden del Día, se resolvió revocar
en sus cargos a los síndicos designados
oportunamente mediante Acta de Asamblea de
fecha 19 de noviembre de 2009 y prescindir de
sindicatura conforme los establece el Estatuto
Social, aprobando la gestión de los mismos en
los términos del art. 275 de la ley 19.550. El
Contador Pablo José Centeno, D.N.I.
16.502.291 acepta la revocación a su cargo de
Síndico Titular y el Doctor Juan Manuel
Delgado, D.N.I. 22.033.727, acepta la
revocación a su cargo de Síndico Suplente. En
el mismo acto ambos renuncian a cualquier
honorario que les pudiere corresponder por su
gestión. N° 398 - $ 348.-
FIDUCIARIA DEL SUR S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES
Por Acta de Asamblea General Ordinaria de
fecha 09 de Mayo de 2011, en el Sexto Punto
del Orden del Día se designaron nuevas
autoridades, quedando el Directorio compuesto
de la siguiente manera: el Ingeniero Fernando
Alfonso María REYNA, D.N.I. 13.374.283,
como Director Titular y con el cargo de
Presidente; el Contador Horacio José PARGA
VILLADA, D.N.I. 10.047.823, como Director
Titular y con el cargo de Vicepresidente y el
Arquitecto Rubén Hugo BECCACECE, D.N.I.
11.055.03, como Director Suplente. Los
Directores electos aceptaron los cargos para los
que fueron propuestos, se notificaron del plazo
de duración de los mismos y declararon bajo
juramento no estar comprendidos en las
inhabilidades e incompatibilidades del art. 264
de la Ley de Sociedades Nº 19.550.
Constituyeron domicilio especial en calle av.
Rogelio Nores Martínez 2709, de la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba.
N° 399 - $ 64.-
DESARROLLOS URBANOS S.A.
DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES –
REFORMA DE ESTATUTO
Por Acta de Asamblea General Ordinaria y
Extraordinaria de fecha 27 de Septiembre de
2011, en el Punto E del Orden del Día se fijó el
número de directores titulares y suplentes y se
designaron nuevas autoridades: por unanimidad
se fijó en unanimidad se fijó en dos (2) el número
de directores titulares y en uno (1) el número
de directores suplentes, eligiéndose a los
siguientes directores: en el cargo de Director
Titular y Presidente a Fernando Alfonso María
REYNA, D.N.I. 13.374.283; en el cargo de Di-
rector Titular y Vicepresidente a Horacio José
PARGA VILLADA, D.N.I. 10.047.823 y en el
cargo de Director Suplente a Rubén Hugo
BECCACECE, D.N.I. 11.055.031. Los
Directores electos aceptaron los cargos para los
que fueron propuestos, se notificaron del plazo
de duración de los mismos y declararon bajo
juramento no estar comprendidos en las
inhabilidades e incompatibilidades del art. 264
de la Ley de Sociedades Nº 19.550.
Constituyeron domicilio especial en calle av.
Rogelio Nores Martínez 2709, de la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba. En el Punto F
del Orden del Día, se resolvió reformar el
artículo Tercero del Estatuto Social, quedando
redactado de la siguiente manera: “TERCERO.
Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse
por cuenta propia o de terceros o asociada a
terceros a las siguientes actividades: a)
Inmobiliaria y de la construcción: compra, venta,
permuta, alquiler y/o arrendamiento de
propiedades inmuebles, urbanas o rurales,
incluyendo las comprendidas dentro del régimen
de propiedad horizontal, y otras leyes
especiales, así como también a toda clase de
operaciones inmobiliarias, incluyendo el
fraccionamiento y posterior urbanización de
inmuebles, desarrollo de loteos, urbanizaciones
abiertas, urbanizaciones residenciales especiales
o clubes de campo, explotaciones agrícolas o
ganaderas y parques industriales, pudiendo
tomar para la venta o comercialización
operaciones inmobiliarias de terceros. Podrá in-
clusive realizar todas las operaciones sobre
inmuebles que autoricen las leyes comprendidas
en las disposiciones de la ley de propiedad hori-
zontal y otras leyes especiales. También podrá
dedicarse a la administración de propiedades
inmuebles propias o de terceros sea como
fiduciaria y/o mandataria. Podrá también
dedicarse a la construcción, incluyendo tanto la
ejecución directa o como indirecta,
subcontratando a terceros, de obras. b)
Agropecuaria: por cuenta propia o de terceros,
la explotación agropecuaria, incluyendo granjas
avícolas, a través de establecimientos propios
o de terceros; compra y venta de granos, y de
cualquier otro producto agrícola y pecuario;
acopio de cereales propios o de terceros, su
importación y exportación; c) Exportación e
importación de bienes: por cuenta propia o de
terceros, exportar e importar bienes o servicios
relacionados con el negocio inmobiliario de la
construcción como así también elementos de
merchandising y promoción relacionados con
el mismo, contratando todo lo referido a la
compra de las mercaderías en la República Ar-
gentina o en países extranjeros, su
almacenamiento y su transporte por vía aérea,
marítima y terrestre, combinadas o no, desde o
hasta la República Argentina, realizando,
además, los trámites aduaneros respectivos y
su posterior distribución hasta los puntos de
consumo. Para ello podrá contar con servicios
de transportación propios o contratarlos con
terceros. d) De servicios: prestación de servicios
profesionales relacionados con las áreas de
arquitectura, diseño, inmobiliario, contable,
financiero y laborales, en cualquier etapa de
industrialización, fabricación o comercialización
de productos, e) Financieras: Mediante la
contribución de capital o facilitando su
obtención a personas, compañías, sociedades,
formadas o a formarse, respecto de operaciones
ejecutadas o a ejecutarse, préstamos a interés
con fondos de la sociedad o de terceras perso-
nas, inversiones o negociaciones en títulos de
créditos, acciones, constituir y otorgar para
terceros garantías, avales, fianzas o cauciones,
la realización de cualquier tipo de operaciones
de inversión y financieras y celebrar todo tipo
de acuerdo de financiamiento que sea necesario
o conveniente para la consecución del objeto
social, todo ello dentro de los límites impuestos
por las normas aplicables, y con exclusión de
las operaciones alcanzadas por la ley de
entidades financieras; financiación de toda clase
de operaciones realizadas entre terceros, inclu-
sive como avalista, constitución y transferencia
de hipotecas, demás derechos reales y prendas.
f) Inversora: a través de participaciones en otras
sociedades. Asimismo para el cumplimiento del
objeto social, la sociedad goza de plena
capacidad para adquirir derechos y contraer
obligaciones, pudiendo realizar toda clase de
actos jurídicos y operaciones que se relacionen
con aquel, pudiendo expresamente garantizar
con su patrimonio obligaciones de terceros, sean
estos personas físicas o jurídicas, vinculadas o
no con la sociedad, pudiendo a tal efecto otorgar
avales, fianzas, constituir derechos reales tales
como prendas, hipotecas en garantía de todo
tipo de obligaciones, que asuman u obliguen a
terceros, debiendo en los casos de constitución
de derecho reales contar con la aprobación del
Directorio; g) Fiduciaria: Actuar como
fiduciante, fiduciaria, beneficiaria,
fideicomisaria, por cuenta propia o por cuenta
de terceros y/o asociada a terceros, en todo
tipo de emprendimientos, sean estos
inmobiliarios, rurales, constructivos.”
N° 400 - $ 308.-
LA FRANCISCA S.A.
Elección de Autoridades
Por Acta de Asamblea General Ordinaria de
fecha 10 de junio de 2011, se resolvió designar
el siguiente Directorio: Director Titular –
Presidente: Alejandro José Hermida, D.N.I. N°
14.798.229; y Director Suplente: Magdalena
Victoria Hermida, D.N.I. Nº 18.017.828; am-

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