Sociedades Comerciales Nº 4914 de 06 de Abril de 2005

Fecha de la disposición 6 de Abril de 2005

LAS DELICIAS S.A. Modificación de Estatutos y Reglamento Interno Por asamblea extraordinaria de fecha 27 de Setiembre de 2002 se dispuso eliminar las acciones de clase "B" y su conversión en acciones de clase "A", modificar el valor nominal de las acciones de la clase "A", la cancelación de las anteriores acciones de clase "A" y su reemplazo por acciones escriturales. Se aprobó la reforma de los Arts. 2, 5, 7, 8, 14, 16, 17, 19, 20, 23, 28, 33, 34, 35, de los estatutos sociales y supresión de artículo 9 y 32 e incorporación de nuevo artículo.Se aprobó la reforma de los 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 10, 11, 13, 14, 15, 16, 17,18, 20, 23, 34, 37 del Reglamento interno e incorporación de nuevo artículo.Domicilio: Av. del Orcomolle N° 1896, Barrio Las Delicias Villa Residencial, Córdoba, República Argentina. Capital: el capital se fija en la suma de $ 18.576.- representado en 387 acciones ordinarias, de clase A, escriturales de 1 voto y valor nominal de pesos cuarenta y ocho ($ 48) cada una de ellas. Directorio: La administración de la sociedad estará a cargo de un directorio compuesto por cinco directores titulares y cinco suplentes.Durarán en sus funciones dos ejercicios.Los directores titulares son reelegibles por un solo periodo consecutivo.Si han sido reelectos, no pueden ser elegidos, sino con el intervalo de un período.Los directores suplentes son reelegibles indefinidamente.Síndicos: durarán en funciones dos ejercicios.Reformas a los artículos del Reglamento Interno conforme el t.o. aprobado: Art. 1: conforme lo normado en el Art. 5 de la L.S., los accionistas de "Las Delicias S.A." en su calidad de titulares del capital social emitido, resuelven por unanimidad dictar el presente reglamento interno a fin de que todos los accionistas cumplan con sus disposiciones.Art. 2: La actividad interna a llevar a cabo en "Las Delicias Villa Residencial" estará regida por los estatutos de la sociedad, el presente reglamento interno y las posteriores resoluciones que emanen del directorio, la asamblea y las comisiones que por el presente se crean, ocurriendo como de cumplimiento obligatorio para todos los accionistas, personas y cosas que en forma directa o indirecta de él dependan.Art. 3: Para acceder como socio de "Las Delicias S.A." se requiere a) Peticionarlo por escrito al directorio de la sociedad anónima mediante solicitud en la que constarán nombres y apellidos, edad, nacionalidad, estado civil, profesión, domicilio, documentos y demás referencias que pueda aportar referidos a todos los miembros del grupo familiar.Dicha solicitud será informada y avalada mediante la firma de por lo menos dos accionistas.b) Al momento de la firma de la solicitud, el aspirante declarará conocer acabadamente los estatutos societarios, el presente reglamento interno y las demás reglamentaciones instituidas.El Honorable Directorio se expedirá al respecto y por mayoría dentro de los 15 días de presentada.En caso de no expedirse en el término estipulado, la solicitud de admisión se tendrá por denegada.Art. 4: Para el mantenimiento de todas las instalaciones y la prestación de los servicios necesarios en la Urbanización Residencial Especial (en adelante URE), así como para solventar todo otro gasto o inversión que se origine como consecuencia de resoluciones de la Asamblea o el Directorio, sobre asuntos de interés común y que surjan como consecuencia de la actividad propia de la sociedad, el Directorio a más de las atribuciones que se estipulan en el artículo 15 del presente, propondrá a la asamblea el monto de las contribuciones mensuales de pago anticipado a cargo de los accionistas, que no constituirán aportes societarios y que deberán ser destinadas a las erogaciones que las motivan.Estas cuotas se denominarán ordinarias y quedarán sujetas en cuanto a su forma de pago y sanciones por incumplimiento a lo que se estipula en el Art. 10 inc.d) del presente reglamento y podrán ser actualizadas por el Directorio conforme los incrementos que por variación de costos debidamente justificados sufran los rubros aprobados por la asamblea en el presupuesto anual. Art. 5: Cuotas extraordinarias: (incorporado). Para afrontar gastos extraordinarios o la reparación o construcción de nuevas instalaciones que decida la respectiva asamblea extraordinaria de accionistas, la misma establecerá las contribuciones a imponer a cada accionista, quedando la asamblea o el directorio en caso de que aquella no lo decida, quedando la asamblea o el directorio en caso de que aquella no lo decida, facultado para establecer el pertinente régimen de pago. Asimismo, el Directorio queda facultado para imponer cuotas extraordinarias, para afrontar gastos necesarios y urgentes que excedan el presupuesto en curso de ejecución, estableciendo además la forma de pago, con cargo de afectación exclusiva a la atención de la erogación que las motivas.Art. 6: Cada acción confiere a su titular la calidad de socio de "Las Delicias" y por ende el libre acceso a las...

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