Sociedades Comerciales Nº 28545 de 04 de Noviembre de 2010

Fecha de la disposición 4 de Noviembre de 2010
Córdoba, 04 de Noviembre de 2010
BOLETÍN OFICIAL
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anticresis, usufructos, uso y habitación y demás
derechos reales.- Realizar todo tipo de
operaciones bancarias y crediticias con
instituciones bancarias públicas y privadas.-
Efectuar y conceder toda clase de mandatos y
comisiones comerciales. Realizar todo acto o
contrato con persona de existencia visible o
jurídica a fin de lograr el objeto social, pudiendo
gestionar, explotar y transferir cualquier
privilegio o concesión que le otorguen los
gobiernos nacionales, provinciales, municipales
o extranjeros. e) Mandataria: Ejercer la
representación o mandatos de sociedades o
empresas nacionales y extranjeras dentro de las
actividades anteriormente mencionadas, por
cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a
terceros, tanto en el país como en el extranjero.
Compra, venta, importación, representación o
distribución de productos relacionados con el
objeto comercial. Asumir representaciones,
consignaciones y mandatos de personas o
empresas dedicadas a operaciones realizadas o
a realizarse dentro del campo de actividades
propias o afines. Actividad: Podrá realizar todas
las actividades relacionadas directamente con
las explotaciones primarias para lo cual la
sociedad podrá realizar cuantos actos o
actividades comerciales, civiles, industriales y
financieras sean necesarias para el cumplimiento
de su objeto, pudiendo trasladarla temporaria o
definitivamente, establecer sucursales y/o
agencias y/o filiales y/o representaciones en
cualquier punto del territorio nacional y en su
caso en el exterior. A tal fin, la Sociedad tiene
plena capacidad jurídica para adquirir derechos
y contraer obligaciones. Se excluye las
operaciones previstas en la Ley de Entidades
Financieras. Capital: pesos VEINTE MIL
($20.000.-), representado por Doscientas (200)
acciones de pesos Cien ($100) valor nominal
cada una; ordinarias nominativas no endosables
de la clase “B”, con derecho a UN VOTO por
acción; suscripción: cada uno de los socios 100
acciones, e integrado totalmente en
Instalaciones y Bienes Muebles.
Administración: Estará a cargo de un Directorio
compuesto con el numero de miembros que fije
la Asamblea Ordinaria entre un mínimo de UNO
(1) y un máximo de TRES (3), electo /s por el
término de TRES (3) ejercicios. La Asamblea
puede designar mayor, menor o igual número
de suplentes por el mismo término, con el fin
de llenar las vacantes que se produjeren en el
orden de su elección .Los Directores en su
primera reunión deberán designar un Presidente
y un Vicepresidente, este último reemplaza al
primero en caso de ausencia o impedimento. El
Directorio funciona con la presencia de la
mayoría absoluta de sus miembros y resuelve
por mayoría de votos presentes. El presidente
tiene doble voto en caso de empate. La asamblea
fija la remuneración del Directorio de
conformidad con el Art. 261 de la Ley 19.550.
Si la Sociedad prescindiera de la Sindicatura, la
elección de Director/ es suplente / s es
obligatoria. Designación de Autoridades:
Presidente: ORDOÑEZ GLADIS DEL VALLE
D.N.I.: 14179456 y Director Suplente:
EVELINA INES TERRENO D.N.I.: 24096662.
Representación legal y uso de firma social: La
representación legal de la Sociedad, inclusive el
uso de la firma social, estará a cargo del
Presidente del Directorio, y en su caso de quien
legalmente lo sustituya. Fiscalización: Estará a
cargo de UN (1) síndico/s titular/es elegido/s
por Asamblea Ordinaria por el término de TRES
(3) ejercicios. Si la Sociedad no estuviera
comprendida en las disposiciones del Art. 299
de la Ley 19.550, podrá prescindir de la
Sindicatura, adquiriendo los Accionistas las
facultades de contralor del Art. 55 de la Ley
19550. Se prescinde de la Sindicatura en virtud
de lo dispuesto por el art. 284 in fine de la
L.S.C. Ejercicio Social: 31/12 de c/ año.
Departamento de Sociedad por Acciones.
CORDOBA, junio 2010. N° 28508 - $ 336.-
NIZETO ALUMINIO S.A.
Constitución de la Sociedad
Fecha de Constitución: Córdoba 13/04/2010.
Socios: Oscar Marcelo NIZETICH, argentino,
nacido el 28 de Julio de 1958, 51 años, DNI. Nº
12.669.191, divorciado de su esposa de 1°
nupcias según sentencia Nº 174 del 25 de marzo
de 2008, tramitado por ante la Cámara de Fa-
milia de 1° Nominación Sec. Pamela Ossola de
Ambroggio comerciante con domicilio en
Concepción del Bermejo 3640, Barrio La France
de esta Ciudad, Fernando Pedro VAL
DETTARO, argentino, nacido el 27 de Febrero
de 1968, de 41 años, divorciado de su esposa de
1° nupcias Yanina Andrea D’ Angelo según
Sentencia Nº 676 del 12 de septiembre de 2005,
tramitado por la Cámara de Familia de 2º
Nominación obrante su original en el Protocolo
de Sentencias Nº 6 Fº 1738, comerciante con
domicilio en Sol de Mayo 151, Piso 2º,
Departamento “D”, Barrio Alberdi de esta
ciudad y Miguel Angel GARCIA, argentino,
nacido el 05 de Febrero de 1.969 de 40 años,
divorciado de su esposa de 1° nupcias según
Sentencia de la Cámara de Familia de 2º
Nominación obrante su original en el Protocolo
de Sentencias Nº 8 Fº 1738, DNI. 20.552.193,
comerciante, con domicilio en Julián Aguirre Nº
1587, Barrio Cupani de esta ciudad
Denominación: la sociedad se denominará “
NIZETO ALUMINIO S.A.” con domicilio le-
gal en la Provincia Córdoba, República Argen-
tina y sede social sito en Avenida Manuel
Cardeñosa Nº 2763 de la Ciudad de Córdoba,
Departamento Capital, Provincia de Córdoba,
República Argentina. Plazo de duración: 99 años
contados a partir de la inscripción en el R.P.C..
Objeto Social: La Sociedad tiene por objeto: A)
INDUSTRIAL Y COMERCIAL: Fabricación,
proyecto, venta, importación, exportación,
instalación de todo tipo de material de
carpintería de aluminio para puertas, ventanas,
cerramientos, ventanas y puertas mallorquinas,
mamparas de baño, varandas, techos, cubiertas
de piscina, frenos de armario, siendo estas
enunciaciones de carácter enunciativo y no
taxativo. B) INMOBILIARIAS:
Operaciones inmobiliarias: por la compra,
venta, permuta, alquiler, arrendamiento de
propiedades inmuebles, urbanos o rurales,
inclusive las comprendidas bajo el Régimen
de Propiedad Horizontal, como así también
toda clase de operaciones inmobiliarias,
incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo
de parcelas destinadas a vivienda, urbanización,
clubes de campo, explotaciones agrícolas,
ganadera y parques industriales pudiendo tomar
para la venta o comercialización operaciones
inmobiliarias de terceros. También podrá
dedicarse a la administración de propiedades
inmuebles, propias o de terceros; C)
FINANCIERAS: 1) De financiación otorgando
créditos a terceros con dinero propio, con
garantía real, personal o sin garantía, a corto o a
largo plazo. 2) Del aporte de capital o capitales
a sociedades por acciones para negocios
realizados o a realizarse. 3) De créditos para la
obtención de prestaciones de bienes y servicios
con fondos propios y sumas de dinero a través
de tarjetas de crédito, quedando excluidas
expresamente las operaciones y actividades
comprendidas en la ley de entidades financieras,
que solo podrán ser ejercidas previa sujeción a
ella.D) MANDATARIAS: mediante el ejercicio
de mandatos, representaciones, agencias y
comisiones, administración de bienes y
empresas radicadas en el país o en el extranjero
relacionadas con el objeto de la sociedad. A tal
fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer
obligaciones.Capital Social: Pesos Treinta Mil
($ 30.000) representado por 300 acciones
ordinarias, nominativas, no endosables, Clase
A con derecho a cinco (5) votos por acción de
$ 100 valor nominal cada una. El Sr. Oscar
Marcelo NIZETICH suscribe 150 acciones
ordinarias, nominativas no endosables, clase
“A” de valor nominal $100 cada una, lo que
hace ascender su aporte a $ 15.000,00, el señor
Fernando Pedro VALDETTARO suscribe 120
acciones ordinarias, nominativas no endosables,
clase “A” de valor nominal $100 cada una, lo
que hace ascender su aporte a $ 12.000,00 y el
señor Miguel Angel GARCIA suscribe 30
acciones ordinarias, nominativas no
endosables,clase “A” de valor nominal $100
cada una, lo que hace ascender su aporte a $
3.000,00. Administración y Representación: la
administración de la sociedad estará a cargo de
un Directorio compuesto del número de
miembros que fije la Asamblea de Accionistas
entre un mínimo de uno y un máximo de cinco
electos por el término de tres(3) ejercicios,
siendo reelegibles; sus funciones serán
remuneradas, del modo en que lo resuelva la
Asamblea y en la medida que la misma disponga.
La Asamblea puede designar igual, menor o
mayor número de suplentes por el mismo
término, con el fin de llenar las vacantes que se
produjeren en el orden de elección. Los
Directores en su primera reunión deberán
designar un Presidente y un Vicepresidente en
su caso. El Vicepresidente reemplaza al
Presidente en situación de ausencia o
impedimento. El Directorio sesionará con la
presencia de la mayoría absoluta de sus
miembros y resuelve por mayoría de votos
presentes. Se labrarán actas de las reuniones
que serán firmadas por todos los asistentes..El
Presidente tiene doble voto en caso de empate.
Si la sociedad prescinde de la Sindicatura, deberá
obligatoriamente elegir uno o más directores
suplentes. Se designa para integrar el Directorio:
Director Titular: Presidente Oscar Marcelo
NIZETICH; Director Suplente: Miguel Angel
GARCIA. La Representación de la sociedad,
estará a cargo del Presidente o del
Vicepresidente del Directorio en forma indi-
vidual e indistinta. Cualquiera de ambos, en
forma individual e indistinta, tendrá el uso de la
firma social, en las escrituras y todos los
documentos e instrumentos públicos y/o
privados que emanen de la entidad. El Presidente
deberá convocar al Directorio por lo menos una
vez cada tres (3) meses y sus decisiones se
tomaran por mayoría de votos de los Directores
presentes, teniendo el presidente doble voto en
caso de empate. En ausencia o impedimento del
Presidente, será sustituido con idénticas
atribuciones y deberes, en su caso, por el
Vicepresidente. El Directorio podrá asimismo
delegar la parte ejecutiva de las operaciones
sociales en cualquier miembro de su cuerpo,
gerentes o apoderados con las facultades y
atribuciones que se les confiere en el mandato
que se les otorgue, quedando en todos los casos
legalmente obligada la sociedad conforme las
disposiciones de los arts. 269 y 270 y
concordantes de la Ley 19.550. Fiscalización:
La Fiscalización de la Sociedad podrá estar a
cargo de un Síndico Titular designado en cada
ejercicio económico por la Asamblea Ordinaria,
la que designará asimismo un suplente, por igual
período. Los Síndicos deberán reunir las
condiciones establecidas en la ley 19.550 y
tendrán las funciones, derechos y obligaciones
establecidas en dicha ley. Si la sociedad estuviese
comprendida en el art. 299 de la Ley 19.550
excepto en su inciso segundo, la sindicatura
deberá ser colegiada en número impar. La
Asamblea Ordinaria podrá resolver prescindir
de la Sindicatura si la Sociedad no estuviese
comprendida en las disposiciones del art.299
de la ley 19.550, debiendo constar expresamente
tal consideración en el Orden del Día de la
Asamblea, teniendo los accionistas en tal caso
derecho de contralor que confiere el art. 55 de
la Ley 19.550. y de conformidad con el art.284.
En este caso se prescinde de la sindicatura Cierre
de ejercicio: 31 de diciembre de cada año .-
N° 28541 - $ 400.-
CBA TAXI S.R.L.
ACTA NÚMERO SEIS – CBA TAXI S.R.L.
En la ciudad de Córdoba, a los dieciocho días
del mes de agosto del año dos mil diez, se reúnen
en asamblea extraordinaria los socios Sres.
Gustavo Javier Vilata, Liliana Beatriz Macías y
Diego Martín Gonzales a fin de considerar el
siguiente tema del día: Redactar la cláusula
TERCERA del contrato social, quedando en
consecuencia redactada de la siguiente forma:
OBJETO. La sociedad tiene por objeto
dedicarse por cuenta propia o de terceros, o
asociada a terceros, con las limitaciones de la
ley: a) a la organización, administración y
prestación del servicio de radiotaxi a
particulares, a entidades intermedias privadas
o públicas, b) a la compra, venta, importación
o exportación de materias primas y productos,
siempre que se relacionen con su objeto, c) al
transporte de personas por cuenta propia y
por intermedio de terceras personas. Para la
realización de su objeto, la sociedad tiene plena
capacidad jurídica para adquirir derechos y
contraer obligaciones. Con lo que se da por
terminada la asamblea siendo las quince horas
del día de la fecha, firmando en prueba de
conformidad la presente acta los Sres. Gustavo
Javier Vilata, Liliana Beatriz Macía y Diego
Martín Gonzales.- Domicilio Social: Yadarola
N° 1025, Barrio General Bustos, Dra. Aguirre
Beltrán, María Jose, Prosec. Juzgado Civ. y
Com. De 39°Nom. N° 28496 - $ 80.-
LIJORGUI S.A.
Constitución de Sociedad
Fecha de Constitución: 03/09/2010.Socios:
Jorge Alberto Gastaldi, argentino, nacido el día
08 de Septiembre de 1.982, de 27 años, DNI Nº
29.609.993, comerciante, soltero, con domicilio
en Boulevard Los Granaderos Nº 2353, Barrio
San Martín de la ciudad de Córdoba, Provincia
de Córdoba, Liliana Edith Gastaldi, argentina,
nacida el 23 de Agosto de 1972, de 38 años de
edad, DNI Nº 22.792.513,comerciante, soltera,
con domicilio en Bv. Los Granaderos Nº 2353,
Barrio San Martín de la ciudad de Córdoba,
Provincia de Córdoba y Walter Guillermo
Gastaldi, argentino, nacido el día 27 de Agosto
de 1.985, de 25 años, DNI Nº 31.769.292,
comerciante, soltero, con domicilio en Boule-
vard Los Granaderos Nº 2353, Barrio San Martín
de la ciudad de Córdoba, Provincia de Córdoba,.
Denominación: la sociedad se denominará
“LIJORGUI S.A.” tendrá su domicilio legal y
sede social en calle Bv. Los Granaderos Nº 2353,
Barrio San Martín de la ciudad de Córdoba,
Departamento Capital, Provincia de Córdoba,
República Argentina, Plazo de duración: 99 años
contados a partir de la inscripción en el R. P

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