Sociedades Comerciales Nº 6555 de 16 de Abril de 2012

Fecha de la disposición16 de Abril de 2012
Córdoba, 16 de Abril de 2012 BOLETÍN OFICIAL
SECCIÓN:
CIVILES Y COMERCIALES
AÑO XCIX - TOMO DLXVII - Nº 50
CORDOBA, (R.A.), LUNES 16 DE ABRIL DE 2012
www.boletinoficialcba.gov.ar
E-mail: boletinoficialweb@cba.gov.ar
PRIMERA PUBLICACIÓN
SOCIEDADES
COMERCIALES
BRUMO S.R.L.
En la Ciudad de Córdoba, a los 17 días del
mes de febrero de dos mil doce, se reúnen los
Sres. Raquel Leonor Bruno, DNI. N°
12.503.762, argentina, mayor de edad, nacida el
día 05 de mayo de 1958, de cincuenta y tres
años de edad, casada con Luis Ricardo Giuliani,
de profesión comerciante, con domicilio en calle
Colón N° 1520 de la localidad de Villa del
Rosario, Provincia de Córdoba y Jorge Alberto
Montagna , DNI. N° 16.469.629, argentino, de
cuarenta y ocho años de edad, nacido el 03 de
agosto de 1963 de profesión comerciante, de
estado civil soltero y con domicilio en calle
Chacabuco N° 62 de la localidad de Villa Carlos
Paz, Provincia de Córdoba de esta ciudad de
Córdoba, han resuelto constituir una sociedad
de responsabilidad limitada, que se regirá por
las siguientes cláusulas y lo dispuesto por la
Ley de Sociedades Comerciales N° 19550 y
sus modificatorias. Denominación. Domicilio.
Duración -Primero: La sociedad que por este
acto se constituye se denominará "Brumo
S.R.L." y tendrá su domicilio social en calle
Fragueiro N° 368 de la ciudad de Córdoba/
Provincia de igual nombre de la República Ar-
gentina, pudiendo establecer sucursales,
agencias o filiales tanto en el país como en el
extranjero. Segundo: La sociedad así constituido
tendrá una duración de Veinte (20) Años
contados a partir de la inscripción en el Registro
Público de Comercio. Dicho término será
prorrogable por acuerdo de los socios en los
términos y bajo la forma prescripta al efecto
por la Ley de Sociedades Comerciales. Objeto
Social. Tercero: La sociedad tiene como objeto
el dedicarse por cuenta propia o de terceros o
asociada con terceros en el país o en el extranjero
de las siguientes actividades: 1) Realización de
espectáculos públicos o privados así como de
producciones de recitales, show, eventos y
producciones de documentales audiovisuales,
gráficas y películas de cualquier naturaleza; 2)
La producción, organización, comercialización
y explotación de espectáculos públicos y
privados, musicales, coreográficos, desfiles,
exposiciones, ferias, conciertos musicales,
recitales de cantantes, grupos o músicos
solistas, con o sin acompañamiento orquestal;
3) Establecer agencia de modelos incluyendo la
preparación del staff idóneo y necesario a tal
fin, pudiendo suscribir todo tipo de
contratación, por cuenta propia o de terceros o
asociada a terceros, con alcance nacional o
internacional; 4) Dedicarse al diseño, fabricación,
industrialización y comercialización de
indumentaria en general, marroquinería, calzado,
ropa de trabajo, accesorios, con la utilización
de cualquier tipo de material natural, tejido,
cuero, etc. o sistema de realización. 5) Podrá
dedicarse por cuenta propia o de terceros o
asociado a éstos a la comercialización o
distribución, fabricación o construcción de
productos o bienes de cualquier naturaleza
relacionada con la actividad principal, en
Inmueble propio o ajeno con maquinarias y
bienes de su propiedad o de terceros y toda
otra gestión vinculada con el objeto detallado.
Podrá realizar la importación y exportación de
toda clase de materias primas o materiales
elaborados, maquinarias, semielaborados o
terminados, vinculados con su objeto social, dar
y tomar franquicias y concesiones. Asimismo
podrá ejecutar todos las gestiones financieras y
operaciones bancarias, bursátiles, comerciales
que sean referidas al giro comercial y ante
organismos públicos, privados o mixtos y
efectuar negocios atinentes a 1ª banca, salvo las
expresamente reservadas para entidades
financieras. Igualmente podrá realizar cuantas
actividades sean necesarias para la consecución
de su objeto y la Sociedad tiene plena capacidad
jurídica para adquirir derechos, realizar
contratos, tomar representaciones, contraer
obligaciones y ejercer todos los actos que no
sean prohibidos por las leyes o por este
contrato. Capital. Cuarto: El capital social se
establece en la suma de $ 12.000.-, dividido en
120 cuotas sociales con un valor de $ 100.-
cada una de ellas. En lo referido a la suscripción
de dicho capital, cada uno de los socios lo
efectúa de la siguiente manera: 1) para la socia
Raquel Leonor Bruno, la cantidad de 96 cuotas
sociales representativas de un capital de $9.600.-
equivalente al 80% del total del capital: y 2)
para el socio Jorge Alberto Montagna, la
cantidad de 24 cuotas sociales representativas
de un capital de $ 2.400.- Y equivalente al 20%
del total del capital. En cuanto a la integración,
queda efectuada de la siguiente manera: a) la suma
de $ 3.000.- en este acto, en dinero en efectivo,
que constituye el 25% del total del capital social,
correspondiendo el aporte para cada uno de los
socios, en la misma proporción de la suscripción
de capital, es decir, a 1) para la socia Raquel Leonor
Bruno, la suma de $ 2.400.- y a 2) para el socio
Jorge Alberto Montagna, la suma de $ 600.- y b)
el saldo será integrado por los socios dentro del
término de dos años a contar de la inscripción del
presente contrato en el Registro Público de
Comercio, en las mismas proporcionales en que
han suscripto el respectivo capital.
Administración y Representación - Séptimo: La
administración y representación legal de la
sociedad, estará a cargo de un gerente, socio o
no, quien ejercerá sus funciones conforme a las
modalidades que se establezcan en su
designación por los socios. El gerente tendrá
todas las facultades para administrar y disponer
de los bienes, incluso los que requieren poderes
especiales, sin limitación alguna, salvo las
impuestas por ley y este contrato, no pudiendo
comprometer a la sociedad en negocios ajenos a
la misma y con las responsabilidades legales,
debiendo en todos los casos para comprometer
a la sociedad, estampar su firma y colocar el
sello respectivo. Asimismo se establece que en
cuanto a las reuniones de socios, las mismas se
efectuarán en forma trimestral, salvo que existan
motivos suficientes que autoricen a reducir el
plazo para la consideración del tema que
corresponda. En cuanto a la fiscalización de la
sociedad, la misma se hará en los términos y
condiciones establecidos en la Ley N° 19550...
Octavo: En este acto se designa como Gerente,
con todas las facultades propias de tal carácter,
a la socia Raquel Leonor Bruno, DNI. N°
12.503.762, quien acepta el cargo para el que es
designado obligándose a desempeñarlo de
acuerdo a derecho y queda establecido que
durará en sus funciones el plazo de vigencia de
la sociedad. Queda establecido asimismo, que
la Señora Raquel Leonor Bruno podrá realizar
en forma individual, todos los actos de
administración, disposición y representación en
general de la sociedad y de sus bienes que
correspondan. En el ejercicio de la
administración, el socio podrá para el
cumplimiento de los fines sociales, realizar todos
los actos y contratos que se relacionen con el
objeto social y tendrán todas Iris facultades para
administrar y disponer de los bienes corrientes
del giro comercial, incluso la que requieren poder
especial conforme al Art. 1881 del Código Civil
y Art. 9° del Decreto Ley 5965/63, con la sola
prohibición de usar la firma social en garantía o
fianzas de terceros. Se establece como única
excepción que para el caso de venta de
inmuebles o constitución de hipotecas o
gravámenes que los pudiere afectar como así
también la venta de automotores o la
constitución de prenda u otro tipo de grava-
men, se necesitará la firma de ambos socios sin
excepción alguna, siendo totalmente nulo
cualquier acto que se realice en violación a esta
estipulación. Noveno: El ejercicio, social cierra
el día treinta y uno de mayo de cada año, con
excepción del año en curso, atento a la fecha de
constitución de la presente. Undécimo: Con
referencia a la disolución y liquidación de la
sociedad, se observarán las previsiones de la
Ley N° 19550, en la parte pertinente,
especialmente, la Sección 12 - Art. 89 y
siguientes y Sección 13 - Art. 101 y siguientes
y conforme acta social celebrada con fecha 8/3/
2012. Of. 21/3/2012. N° 5658 - $ 368
LA ESPERANZA VIVIENDAS
AMERICANAS SRL
CONSTITUCION
SOCIOS: MAXIMILIANO JORGE
CALIVA CEBALLOS, DNI 33.892.023, de 23
años, estado civil casado, argentino, comerciante,
con domicilio en calle Tarragona 1308 Bº Crisol
de la ciudad de Córdoba – DANIELA GISELLE
MASIP, DNI 32.035.019, de 24 años, estado
civil casada, argentina, comerciante, con
domicilio en Tarragona 1308 Bº Crisol de la
ciudad de Córdoba.- FECHA DEL
CONTRATO CONSTITUTIVO: 14/11/2011
y Acta Nº 1 de fecha 21/12/11.
DENOMINACION: LA ESPERANZA
VIVIENDAS AMERICANAS SRL.-
DOMICILIO SOCIAL: Av Sabattini 1990 Bº
Maipú de la ciudad de Córdoba. OBJETO SO-
CIAL: La sociedad tiene por objeto dedicarse
por cuenta propia o de terceros o asociada a
terceros la proyección, dirección, construcción,
conducción técnica, relevamiento, peritaje,
asesoramiento y consultoría en general de obras
de arquitectura e ingeniería publicas y privadas
de todo tipo, construcción de casas, edificios,
estructuras metálicas, de hormigón o cualquier
material, obras viales, gasoductos, oleoductos,
diques, usinas y puentes.- Instalación,
organización y/o explotación de industrias que
tengan relación que con la construcción y la
producción de áridos. Compraventa, trueque,
importación, exportación, arrendamientos,
administración, intermediación y construcción
en general de inmuebles urbanos y rurales.-
Efectuar loteos, fraccionamiento de inmuebles,
incluyendo el sistema de propiedad horizontal,
todo por cuenta propia o ajena, tanto dentro
como fuera del país. Efectuar toda clase de
operaciones financieras permitidas por las
leyes, participar en toda clase de licitaciones
publicas o privadas.- PLAZO DE DURACION:
99 años a partir de su inscripción en el Registro
Publico de Comercio.- CAPITAL SOCIAL:
Se establece en $ 30.000, el que se halla
totalmente suscripto e integrado por los socios.
El capital social se divide en 100 cuotas sociales
de valor nominal $ 300 cada una de ellas,
repartidas de la siguiente manera: Maximiliano
Jorge Caliva Ceballos le corresponde 75 cuotas
sociales, a la Sra Daniela Giselle Masip 25
cuotas sociales.- ADMINISTRACIÓN Y
REPERESENTACION LEGAL: Será ejercido

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