SOCIEDADES / COALMMA S.R.L. de

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Diciembre de 2018
Número de Boletín29388
Fecha de Publicación 6 de Diciembre de 2018
Número de documento220621

POR 1 DIA - Se hace saber que por Expediente N°5299-205-C-2018 de fecha 30/08/2018, se encuentran en trámite la inscripción del instrumento de fecha 03/08/2018 mediante el cual los Sr. Enrique Armengol DNI 12.607.115, mayor de edad, divorciado, con domicilio calle Balcarce N° 1358 de esta ciudad y Liliana Ester Barrios DNI 28.965.991, mayor de edad, soltera, con domicilio en B° SOEME - casa 1 Mz 4 de esta ciudad, adquieren el 100% (cien por ciento) de las cuotas sociales pertenecientes a los Sres. Oscar Manuel Almiron DNI 10.012.991 y la Sra. Lorena Regina Almiron DNI 25.498.540, correspondientes a la firma COALMMA S.R.L.. Como consecuencia se modifica la Cláusula Primera, Cuarta, y Quinta, del contrato social, quedando redactado de la siguiente manera: "Cláusula primera: Denominación y Domicilio. La sociedad se denomina "COALMMA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA" y tiene su domicilio en jurisdicción de la provincia de Tucumán, actualmente con sede social en Av. Fco. de Aguirre 2226 de esta ciudad capital. Cláusula Cuarta: Capital Social e Integración. El capital social es de $ 233.200,00.- (Pesos Doscientos treinta y tres Mil doscientos) dividido en 2200 (Dos mil doscientas) cuotas de $106.- (Pesos Ciento Seis) cada una, suscripto por los socios en la siguiente proporción: el señor Enrique Armengol, 2090 (Dos Mil noventa) por un total de $ 221.540.- (Pesos Doscientos veintiún mil Quinientos cuarenta) que representa el 95% del Capital Social, y a la Srta. Liliana Ester Barrios, 110 (Ciento Diez) cuotas por un total de $ 11.660.- (Pesos Once mil seiscientos sesenta) lo que representa el 5% restante. En ésta proporción se soportarán las pérdidas y distribuirán los beneficios. Los socios suscriben e integran el capital en efectivo en su totalidad. Se podrán autorizar cuotas suplementarios de capital exigibles solamente por la sociedad, total o parcialmente, y serán proporcionadas al número de cuotas de que cada socio sea titular al momento en que se acuerde hacerlas efectivas. Cláusula Quinta: Administración y Representación. La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de Enrique Armengol, la que en virtud de su idoneidad personal para la actividad principal de la sociedad, será ejercida hasta la liquidación final de la sociedad, siendo irremplazable en el cargo, salvo en caso de muerte, o expresa renuncia; acto que será oponible a terceros desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. Podrá...

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