SOCIEDADES / CITRUSVIL S.A. de

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Diciembre de 2019
Número de Boletín29632
Fecha de Publicación 6 de Diciembre de 2019
Número de documento229097

POR 1 DÍA - CITRUSVIL S.A. (Modificación).- Se hace saber que por Expediente 7333/205-C-2018 de fecha 15/11/18, se encuentra en trámite la inscripción de:- Asamblea General Ordinaria De Fecha 23-04-2018 donde: 1.- Se propone y se designa a dos accionistas para firmar el acta de asamblea.- 2.- Se considera y se aprueba la documentación contable prescripta por el art. 234 inc. 1° de la Ley N° 19.550, correspondiente al ejercicio cerrado al 31-12-2017.-3.- Se considera y se aprueba la documentación contable prescripta por el art. 234 inc. 1° de la Ley N° 19.550, correspondiente al ejercicio cerrado al 31-12-2017, preparados para fines fiscales.- 4.- Se considera y se aprueba la documentación contable prescripta por el art. 234 inc. 1° de la Ley N° 19.550, correspondiente al ejercicio cerrado al 31-12-2017, en cumplimiento de la RG 3336 AFIP.-5.- Se considera y se aprueba la gestión del Directorio.- 6.- Se considera y se aprueba el proyecto de aplicación de los resultados del ejercicio.- 7.- Se consideran y se aprueban las retribuciones al Directorio.- 8.- Se propone y se designa Directorio, resultando electos: como Presidente: el Sr. Pablo Esteban Lucci, como Vicepresidente: el Sr. Daniel Alberto Lucci.- Asamblea General Extraordinaria De Fecha 01/08/2018 donde: 1.- Se propone y se designa a dos accionistas para firmar el acta de asamblea extraordinaria.- 2.- Se considera y se aprueba Modificar El Estatuto Social en su artículo Tercero (duración), quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo Tercero: La Sociedad tendrá una duración de 99 años a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio."3.- Se considera y se aprueba Modificar El Estatuto Social en su artículo Quinto (objeto social) quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo Quinto: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o de terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: a) Industriales: 1) Mediante la elaboración y fabricación de aceites esenciales y jugos cítricos concentrados y cualesquiera productos derivados de la elaboración de frutos cítricas y/u otros frutos. 2) Mediante el faenamiento de ganados vacuno, porcino u otros, sean éstos propios o de terceros, como así también la elaboración de chacinados. 3) la industrialización directa, o por terceros establecimientos de granos, con el fin de producir y comercializar todos los productos obtenidos de los procesos involucrados como ser, aceites vegetales, harinas, biocombustibles y demás subproductos; b) Agrícola ganadera: mediante la ejecución de las tareas relativas a la explotación de establecimientos agropecuarios...

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