SOCIEDADES / CAJA DE PREVISION de

Fecha de Entrada en Vigor17 de Mayo de 2019
Número de Boletín29493
Fecha de Publicación16 de Mayo de 2019
Número de documento224089

POR 1 DIA - CAJA DE PREVISION. Resolución N° 1-A-2019. Quinto: Aprobar la Reglamentación sobre el Beneficio por Fallecimiento y disponer que el texto íntegro pase a formar parte de esta Resolución como su Anexo. Anexo 1. San Miguel de Tucumán, Resolución Visto: La conveniencia de ampliar los beneficiarios en el beneficio por fallecimiento; y Considerando: Que se ha analizado detenidamente la situación de numerosos profesionales que no poseen derechohabientes y por tanto carecen de beneficiarios por el hecho del fallecimiento. Que esta circunstancia, amerita considerar que para dar cobertura mas amplia a este grupo de profesionales resulta conveniente permitir la designación de beneficiarios. Que fundamentan este proceder el principio de "universalidad" de la seguridad social ya que se busca dar mayor cobertura a mayor número de personas, y lo hace también el principio de la "progresividad" de los derechos humanos toda vez que se avanza en clara mejoría sobre las situaciones ya amparadas. Que se trata de establecer una norma en exclusividad para los casos del beneficio por fallecimiento en la que no existan los derechohabientes establecidos en la Ley N° 6953, quienes en caso de existencia desplazan en forma completa y automática a cualquier beneficiario instituido. Que en consecuencia de lo expresado quedan expresamente excluidos los casos de beneficios por nacimiento, adopción y matrimonio en donde los beneficiarios resultan ser los mismos profesionales aportantes. Que, a efectos de la designación de beneficiario por fallecimiento, el profesional deberá expresar su voluntad por escrito ante la misma Caja, cuya firma deberá encontrarse certificada por autoridad policial, escribano o por el Secretario del Directorio. Que la manifestación de voluntad deberá ser reservada conjuntamente con el legajo del profesional. Que en caso de la existencia de mas de una institución de beneficiario se tendrá por válida la última en el tiempo, conforme surja del cargo de Mesa de Entradas de La Caja. Que la institución de beneficiario podrá recaer en mas de una persona en forma simultanea, en cuyo caso deberá indicarse el porcentaje que le corresponde a cada uno de...

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