Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 19 de Octubre de 2020, expediente COM 001212/1992/CA007

Fecha de Resolución19 de Octubre de 2020
EmisorCamara Comercial - Sala B

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

CAMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO COMERCIAL - SALA B

1212/1992 - SOCIEDAD ANONIMA FABRICAS Y REFINERIAS DE

ACEITE s/ QUIEBRA

Buenos Aires, 19 de octubre de 2020.

Y VISTOS:

Es criterio de esta S. respetar las proporciones y porcentajes aplicados en anteriores distribuciones de fondos realizadas en el proceso,

ello salvo situaciones de excepción que ameriten una solución contraria (CNCom. esta S., in re "Aceros Bragado S.A. s/ quiebra s/ incidente de distribución de fondos (sexta)" del 26.09.08) que no acontecen en la especie.

Por ello, y en atención a la índole, calidad y extensión de los trabajos, se confirman en cincuenta y dos mil pesos ($ 52.000) los honorarios del síndico O.C. (arts. 218, 265 inc. 4, 267 y 272 de la ley 24.522).

Se deja constancia que se consideró como base regulatoria el monto de fondos a distribuir que surge del informe obrante a fs. 11.149/64.

N. por Secretaría del Tribunal, conforme Ac. 31/11

y 38/13 CSJN.

Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Ac. 15/13 CSJN y devuélvase digitalmente el expediente a la anterior instancia dejándose constancia que la presente resolución obra únicamente en soporte digital.

Fecha de firma: 19/10/2020

Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.L.G.A.D.D.C., JUEZ DE CAMARA

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