Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 26 de Septiembre de 2023, expediente CAF 018771/2023

Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV

18771/2023 SMURFIT KAPPA DE ARGENTINA SA c/ EN - M

DESARROLLO PRODUCTIVO - SECRETARIA INDUSTRIA

ECONOMIA DEL CONOCIMIENTO Y GESTION COMERCIAL

EXTERNA - EXPTE 43799592/20 s/ AMPARO POR MORA

Buenos Aires, setiembre 2023

VISTO:

El recurso de apelación deducido por el Estado Nacional contra la sentencia, del 19/7/23, que hizo lugar a la demanda; y CONSIDERANDO:

  1. ) Que la juez de grado condenó a la Secretaría de Industria,

    Economía de Conocimiento y Gestión Comercial Externa del Ministerio de Desarrollo Productivo a dictar el acto preparatorio o definitivo que corresponda a los efectos de impulsar el trámite del reclamo que tramita en EX 2020- 43799592-APN-DE #MDP, dentro del plazo de quince (15) días.

    Asimismo, impuso las costas a la demandada en su condición de vencida.

    Para así decidir, entendió que se había configurado la mora en el trámite, referido al régimen promocional denominado Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes proyectos de Inversión,

    establecido por la resolución ME 256/00, a tenor del tiempo transcurrido desde el último acto de trámite, el 14/03/22, a la fecha del pronunciamiento,

    y el silencio frente a los sucesivos pedidos de pronto despacho.

  2. ) Que el demandado se agravió de la falta de valoración del plazo de caducidad previsto por el art. 25 del decreto ley 19.549, que entendió

    aplicable a este tipo de procesos, y destacó que se habría configurado el silencio denegatorio a tenor del transcurso del plazo previsto por el art. 10,

    tercer párrafo, de esa norma. Asimismo, cuestionó la configuración de la mora objetiva y atribuyó a la actora las dificultades en el trámite, por la falta de respuesta a varios requerimientos de información. No obstante,

    reconoció que “las actuaciones se encuentran en análisis por las particularidades del caso -cuestiones técnicas que escapan al objeto del presente pedido- y se procederá a la brevedad a avanzar con la gestión para emitir resolución sobre el fondo de la cuestión”. Por último, impugnó la imposición de costas, por “vulneración del principio de igualdad y al derecho de defensa en juicio” (sic).

    En oportunidad de contestar el traslado del memorial, la actora destacó que el silencio de la administración sólo puede ser invocado por el contribuyente, pero nunca puede determinar la caducidad de una Fecha de firma: 26/09/2023

    Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA

    pretensión, mucho menos del amparo por mora. Asimismo, reivindicó la razonabilidad de la condena, que se limitó a fijar un plazo para que la administración expida una acto preparatorio o definitivo después de más de un año de absoluta inactividad procesal.; en definitiva, para que “haga algo!”. Finalmente, defendió la imposición de costas a la...

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