SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A.

Fecha de publicación13 Febrero 2023
EmisorSMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A.
SecciónSegunda Sección - Sociedades
30685843400 Por Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 46 de fecha 11 de noviembre de 2022 se resolvió: i. Designación de miembros del Directorio por tres ejercicios, ii. Aumento de capital, iii. Reforma integral del Estatuto/ Texto Ordenado. Designar por 3 ejercicios a los Señores Presidente: Claudio Fernando Belocopitt, Vicepresidente: Mario Eli Schteingart, Directores Titulares: Maria Inés Guzzi, Adrian Federico Alfonso, Alejandro Salvarezza, Gabriel Ernesto Novick, Julio Ernesto Diez, Victor Lamberti y Miguel Alberto Bruyère, Director Suplente: Hugo Eduardo Simón Woloschin, todos ellos constituyeron domicilio especial en San Martin 323 piso 12 CABA, con salvedad del Sr. Lamberti en calle 25 de Mayo 596 piso 20 CABA. Se aumentó el capital social a la suma de: DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($ 2.937.252.718.-) representado por dos mil novecientos treinta y siete millones doscientos cincuenta y dos mil setecientos dieciocho acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una con derecho a un voto por acción. En consecuencia, se reformaron los artículos: 2, 4, 10, 11, 12 y 16 del Estatuto Social. Los referidos artículos quedaron redactados de la siguiente forma: “ARTICULO SEGUNDO: Su plazo de duración es de noventa y nueve años contados desde su inscripción en el Registro Público de Comercio. ARTICULO CUARTO: “El Capital Social se fija en la suma de DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS DIECIOCHO PESOS ($ 2.937.252.718.-) representado por dos mil novecientos treinta y siete millones doscientos cincuenta y dos mil setecientos dieciocho acciones ordinarias nominativas no endosables de un peso valor nominal cada una con derecho a un voto por acción. ARTICULO DECIMO: En garantía de sus funciones, los Directores deberán depositar la suma que determine la normativa aplicable en moneda nacional o extranjera depositados en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la Sociedad, o su equivalente en bonos, títulos públicos, fianzas, avales bancarios, seguros de caución o responsabilidad civil a favor de la Sociedad, la que tendrá el plazo de indisponibilidad en ella establecida. ARTICULO DECIMO PRIMERO: El Directorio tiene amplias facultades de administración y disposición, incluso las que requieran poderes especiales a tenor del artículo 375 del Código Civil y Comercial y del artículo 9° del...

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