Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala F, 11 de Mayo de 2023, expediente CIV 050717/2018/CA001

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2023
EmisorCamara Civil - Sala F

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA F

50717/2018

SLOBODENIUK, TETYANA Y OTRO c/ RODRIGUEZ, PABLO Y

OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Buenos Aires, de mayo de 2023.- JMB

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

Estos autos para resolver el recurso de apelación interpuesto contra el decisorio de fs. 199 que rechazó la excepción de incompetencia opuesta por el demandado Estado Nacional. El memorial se encuentra agregado a fs. 204. A fs. 212 dictaminó el Sr.

Fiscal de Cámara.

De las constancias de autos se desprende que los actores inician demanda de daños y perjuicios por un accidente de tránsito ocurrido en esta ciudad el 26/08/17, demandándose al Ministerio de Desarrollo Social y contra el Sr. P.R. .

La Corte Suprema de Justicia de la Nación, siguiendo el dictamen del Sr. Procurador General de la Nación en los autos “A.,

M. c/ Trenes de Buenos Aires S.A. y otro” , fallo 328:293, DJ

2005-2-855, LL 18/7/05, pág. 8, ha establecido que en supuestos como el de autos debe seguirse la doctrina del Tribunal en los autos “Emetrina Villca, M. de Coria Sandi c/ FFCC Argentinos (fallos 306:1872), en donde se estableció que todas las causas iniciadas en la Capital Federal que versen sobre acciones civiles y comerciales,

concernientes a responsabilidad contractual o extracontractual, y aunque la Nación o sus empresas y entidades autárquicas sean parte,

siempre que deriven de accidentes de tránsito, inclusive el ferroviario,

Fecha de firma: 11/05/2023

Firmado por: G.M.S., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.R.F., JUEZ DE CAMARA

caen en la competencia asignada al fuero especial en lo Civil y Comercial por el art. 46, inc. d), del decreto ley 1285/58, según el texto establecido por la ley 22.093.

En efecto, siguiendo lo establecido en la causa “Vizcarra”

(15/9/15) entre muchos otros casos, el Máximo Tribunal determinó

que las causas iniciadas en la Capital Federal que versen sobre acciones civiles y comerciales referidas a la responsabilidad contractual o extracontractual, aunque la Nación sus empresas y entidades autárquicas sean parte, siempre que se deriven de accidentes de tránsito, atañen al fuero civil (cfr. CSJN, Fallos 306:1872; 313:1670; S.C.. 428; L. XLVII, "G., del 27/09/11; S.C.

Comp. 527, L. XLVIII; "R., del 21/2/13; y CIV 31147/2007/CSl "U.C."; CIV 17538/2014/CS1

"L."; y CIV 108280/2011/CSl "Vizcarra"; del 15/09/15, y dictamen de la Procuración General en autos CIV 92718/2011/CS1,

"E., del 22/09/15, entre otros).

En...

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