Aviso Oficial Sintesis del Estatuto Social del Sindicato de Trabajadores Municipales de Formosa (si.Tra.M.F.), Aprobado por Resolucion M.T. y S.S. Nº 180/97

Fecha de la disposición19 de Octubre de 2007

De los principios, fines y propósitos Artículo 2º: La Entidad tendrá como fines y propósitos:

  1. Propiciar o cooperar en cualquieriniciativatendienteaobtenerel constante mejoramiento de la función de los Controladores/as de UnidadAdministrativa de Control de Faltas dependiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y Gestionar ante los poderes públicos y asesorarlos en todas las reformas legales o reglamentarias que hagan a su desempeño.

  2. Velar por el mantenimiento del orden, el respeto y la dignidad propias de la función de Controladores/ as, a fin de que la labor que ella implica traduzca un constante sentido de superación científica y cultural;

  3. Fomentar una permanente vinculación entre los Controladores/as, auspiciando conferencias, investigaciones y actos que faciliten y desarrollen la confraternidad y unión en torno a sus ideales;

  4. Representar a sus asociados en la defensa de sus intereses legítimos;

  5. Auspiciar, publicar y divulgar estudios de interés jurídico y forense e instituir premios para fomentar el logro de esos propósitos;

  6. Instalar su sede social, en la que funcionará la Biblioteca;

  7. Mantener vinculación con entidades análogas;

  8. Propender a la capacitación para el ejercicio de la función judicial.

  9. Realizar todos los actos y gestiones que fueren necesarios para el mejor cumplimiento de los objetivos sociales.

Artículo 17º

LaAsociación será dirigida y administrada por una Comisión Directiva compuesta por trece (13) miembros titulares que desempeñarán los siguientes cargos. Un (1) Secretario General y doce (12) vocales titulares. A su vez, la Comisión Directiva contará con tres (3) vocales suplentes los que solamente pasarán a formar parte del cuerpo en caso de ausencia, renuncia, fallecimiento, o cualquier impedimento de un miembro titular.

Artículo 18º

En la primera reunión que realice la Comisión Directiva después de celebrada cada elección, procederá a distribuir entre los Vocales Titulares, garantizándose la representación de todas las listas que lo integran, los cargos siguientes: Secretario Adjunto, Secretario Gremial, Secretario de Actas,

Secretario Tesorero y dos Prosecretarios tesoreros, con las funciones que establece este estatuto. Estas autoridades y el Presidente pueden adoptar las decisiones de urgencia que sean indispensables para la marcha de la Asociación, debiendo hacerla saber a la Comisión Directiva en la primera reunión siguiente.

Artículo 19º

El mandato de la Comisión Directiva durará dos (2) años, pudiendo sus miembros ser reelectos.

Artículo 27º

Son deberes y atribuciones del Secretario General:

  1. Es el representante legal de la Entidad, interviniendo en todos los actos de la misma;

  2. Firma las actas o resoluciones de la Comisión Directiva y Asambleas correspondientes a las reuniones que asista;

  3. Autoriza junto con el Secretario Tesorero las cuentas de los gastos, firmando los recibos y además documentos de Tesorería, de acuerdo con lo resuelto...

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