Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala D, 20 de Agosto de 2015, expediente COM 012093/2015

Fecha de Resolución20 de Agosto de 2015
EmisorCamara Comercial - Sala D

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial SALA D 12093/2015/CA1 SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE MINORIDAD Y EDUCACION C/ INSTITUTO SANTIAGO FERRARI S/ EJECUTIVO.

Buenos Aires, 20 de agosto de 2015.

  1. La actora apeló la resolución de fs. 95 en cuanto la jueza de primer grado se declaró incompetente para entender en los presentes obrados.

    Su recurso de fs. 96/98 fue concedido en fs. 99 punto 2.

  2. La apelación fue mal concedida, dado que el monto del capital involucrado en el recurso ($ 46.782,40) es inferior al límite mínimo de audibilidad previsto en el art. 242 del Cpr., que asciende a $ 50.000 para juicios como el que nos ocupa (conf. Acordada 16/14 de la C.S.J.N.; esta Sala, 9.10.14, “M. vons F. s/ pedido de quiebra por Obra Social de los Cortadores de la Indumentaria”).

    Es que en la actualidad el "valor cuestionado" debe determinarse exclusivamente en función del capital involucrado -marginando otros rubros accesorios como intereses o gastos-, ya que de otro modo se desnaturalizaría la télesis de una reforma -por ley 26.536- que tuvo en miras limitar la intervención de la segunda instancia (esta Sala, 6.7.10, "Laboratorio de Cosmética Van S.A. s/quiebra s/incidente de revisión promovido por Administración Federal de Ingresos Públicos"; Sala E, 31.5.10, "Banco del Buen Ayre S.A. c/Iglesias, R.C. y otro s/ejecutivo"; Sala F, Fecha de firma: 20/08/2015 Firmado por: J.J.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.G.V., JUEZ DE CAMARA Firmado(ante mi) por: P.D.F., PROSECRETARIO DE CAMARA 18.3.10, "Puerto Norte S.A. c/Sircovich, J. s/ejecutivo s/queja"; entre otros).

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