Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, 30 de Mayo de 2019, expediente FTU 018772/2016/CA001

Fecha de Resolución30 de Mayo de 2019
EmisorCAMARA FEDERAL DE TUCUMAN - SECRETARIA LEYES ESPECIALES (CIVIL)

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE TUCUMAN 18772/2016 -SINDICATO OBRERO DE ESTACIONES DE SERVICIO GNC, GARAGES Y PLAYAS DE ESTACIONAMIENTO DE CATAMARCA c/ AUTOGAS SRL. s/ EJECUCION FISCAL. JUZGADO FEDERAL DE CATAMARCA.

S. de Tucumán, 30 de Mayo de 2019.

Y VISTO: los recursos de apelación, interpuesto por el actor a fs. 50 y por el demandado a fs. 51/54, de los presentes autos, y CONSIDERANDO:

  1. Que vienen los presentes autos a estudio de este Tribunal en virtud de los recursos de apelación interpuestos por el actor a fs.

    50, y por el demandado a fs. 51/54, en contra de la sentencia de fecha 8 de agosto de 2017 en cuanto resolvió “

    I- Hacer lugar a la excepción de incompetencia interpuesta por AUTOGAS S.R.L., en consecuencia declararme incompetente para entender en las presentes actuaciones

    II- Remitir las mismas a la Justicia del Trabajo de la Provincia de Catamarca

    III- Imponer las costas por el orden causado (art. 68 CPCCN)”.

    Concedidos los recursos de apelación a fs. 55, el demandado expresa agravios a fs. 51/54 siendo contestados por la parte actora a fs. 56/57. Por su parte el actor expresa agravios a fs. 58/63 siendo contestados por el demandado a fs. 65/67.

    A fs. 79/80 obra dictamen fiscal, encontrándose la causa en condiciones de ser resuelta por esta Alzada.

  2. En primer lugar corresponde pronunciarse acerca del recurso de la parte actora. El Tribunal adelanta su criterio favorable Fecha de firma: 30/05/2019 Alta en sistema: 31/05/2019 Firmado por: R.M.S., JUEZ DE CÁMARA Firmado por: M.F.H., SECRETARIO DE CÁMARA 1 Firmado por: J.E.D., CONJUEZ DE CAMARA Firmado por: H.E.F.S., CONJUEZ DE CAMARA #28886582#235413395#20190531091551264 a la confirmación de la sentencia venida en apelación. Ello, tanto por compartir los fundamentos esgrimidos por el anterior sentenciante al elaborar su fallo, cuanto por las razones que seguidamente se expondrán:

    A fojas 11/14 se presentan los apoderados del Sindicato Obrero de Servicio GNC, Garajes y Playas de Estacionamiento de Catamarca e inician juicio ejecutivo por cobro de cuota sindical, mutual sindical, acción social y contribución patronal con sus recargos, actualizaciones e intereses derivados del convenio colectivo de Trabajo 521/07 en contra de Autogas S.R.L. titular y explotadora de la estación de servicios denominada “Estación de Servicios OIL”, correspondiente al periodo comprendido entre mayo de 2010 a mayo de 2015, basando la competencia del Juzgado Federal según las prescripciones legales que determinan...

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