Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL, 16 de Mayo de 2017, expediente FLP 003295/2017/CA001

Fecha de Resolución16 de Mayo de 2017
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA III - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA Plata 16 de mayo de 2017.

AUTOS Y VISTOS: Este expediente FLP 3295/2017/CA1, “S., M.F. y otro c/Obra Social de la Unión del Personal Civil de la Nación y otro s/Amparo Ley 16.986”, procedente del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2, Secretaría N° 5, de esta ciudad; Y CONSIDERANDO QUE:

I.A..

  1. M.F.S. y S.M. iniciaron la presente acción de amparo contra la Obra social de la Unión del Personal Civil de la Nación y Accord Salud, a fin de obtener la cobertura integral del tratamiento de fertilización asistida de alta complejidad (FIV-ICSI) y los medicamentos prescriptos a tal fin, en razón de padecer de un factor de infertilidad mixto.

    De acuerdo a lo que surge del relato de la demanda y de la documental aportada, los actores hace varios años que están intentando tener un hijo sin poder lograrlo y luego de realizar diversas consultas médicas y estudios, al señor M. le diagnosticaron teratozoospermia, lo que conjugado con la edad avanzada de la señora S., obsta a que puedan acceder a una paternidad natural.

    Señalaron que, por dichos motivos, el doctor J.P.D. les indicó que el tratamiento a seguir era ICSI, es decir, con inyección intracitoplasmática.

    Refirieron que presentaron la solicitud, junto con la documentación pertinente a UPCN y Accord Salud, los que –con fecha 10/03/16- les emitieron una orden de autorización del 50 % de cobertura de los medicamentos y del tratamiento, destacando que sólo Fecha de firma: 16/05/2017 Firmado por: M.S.L., SECRETARIO Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: C.A.N., Juez de Cámara #29433563#178615813#20170516105223570 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA tenían acceso a dicho porcentaje en virtud de que el origen de la infertilidad era mixto.

    Manifestaron que ante dicha situación enviaron una carta documento e iniciaron el 10/04/16 un expediente administrativo ante la Superintendencia de Salud de la Nación para obtener la cobertura integral del tratamiento prescripto.

    Dijeron que la obra social contestó la carta documento, en la que insistió en su postura de acceder a la cobertura únicamente del 50 % de la prestación requerida.

    Alegaron que el 01/09/2016 la Superintendencia de Salud de la Nación dictó la Resolución N° 1960/16 en la que ordenó que UPCN brinde cobertura del 100 % del tratamiento de fertilización médicamente asistida de alta complejidad y los medicamentos prescriptos a tal fin, todo lo cual fuera indicado por su médico tratante y que enviaron una carta documento a la obra social intimando al cumplimiento de dicha resolución administrativa, la que no fue contestada motivando el inicio de la presente acción de amparo.

    Finalmente, solicitaron el dictado de una medida cautelar a fin de obtener la cobertura requerida (ver fs. 66/73 vta.).

    1. La decisión recurrida y los agravios.

  2. El a quo hizo lugar a la medida cautelar requerida y ordenó a la Obra Social Unión del Personal Civil de la Nación que “en el plazo de cinco (5) días de notificada la presente, preste cobertura integral debida a la parte actora para la realización del tratamiento ICSI en los términos explicitados por la ley 26.682.

    Ello, sin perjuicio de lo que se decida en definitiva y Fecha de firma: 16/05/2017 Firmado por: M.S.L., SECRETARIO Firmado por: ANTONIO PACILIO, Juez de Cámara Firmado por: C.A.V., juez de cámara Firmado por: C.A.N., Juez de Cámara #29433563#178615813#20170516105223570 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA bajo apercibimiento de proceder de acuerdo a lo normado por el art. 239 del Código Penal.” (fs. 87/91 vta.).

  3. La decisión fue apelada por la representante de la Unión del Personal Civil de la Nación. Sus agravios, en lo...

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