Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de La Plata - CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL, 24 de Agosto de 2023, expediente FLP 025002147/2003/CA002

Fecha de Resolución24 de Agosto de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

La Plata, 24 de agosto de 2023.-

Y VISTOS: Este expediente N° FLP

25002147/2003/CA2, caratulado: “SIMIELE, D.I. c/

ANSES s/REAJUSTE DE HABERES”.-

Y CONSIDERANDO QUE:

  1. Llega la causa a esta Alzada en virtud del recurso de apelación interpuesto a fojas 137/141 por parte de la Administración Nacional de la Seguridad Social -ANSeS- contra la resolución de primera instancia que aprobó la liquidación practicada por la demandante,

    en cuanto hubiere lugar por derecho, en la suma de PESOS

    OCHENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO CON

    SESENTA Y SIETE CENTAVOS ($84.545,67) en concepto de diferencias por capital e intereses al mes de septiembre de 2019.

  2. Los agravios de la demandada, en lo sustancial refieren que, por un lado, la liquidación fue aprobada en cuanto ha lugar por derecho y, por el otro,

    señala un error en el haber promedio de autónomos calculado por el actor, obteniendo la relación entre rentas aportadas sobre cantidad de haberes mínimos, en los meses en que esta relación es inferior a 1, tomando 1 como resultado.

  3. Planteada así la cuestión, respecto del planteo vinculado al error en el haber promedio autónomos, con relación entre categorías y haberes mínimos es inferior a 1, el organismo demandado sostiene que con el procedimiento utilizado se obtiene un coeficiente superior, el cual genera finalmente un haber promedio autónomo mayor.

    Corresponde indicar el criterio la Sala I de la CFSS en la causa “P., Socorro c/ ANSeS s/

    Reajustes varios”, sentencia del 24 de abril de 1998 y por la Sala II de la CFSS en la causa “Ellero, J.A. c/ ANSeS s/ Reajustes varios”, sentencia del fecha 12 de mayo de 2010, en los cuales se detalló la forma de Fecha de firma: 24/08/2023

    Alta en sistema: 25/08/2023

    Firmado por: R.A.L.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: J.E.D.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.S.F., SECRETARIO DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA PLATA - SALA I

    determinación del haber inicial conforme las siguientes operaciones: “- Redeterminar el haber inicial del actor mediante la confección de un cuadro comparativo que comprenda la totalidad de los aportes efectuados, en el que deberá consignarse mes a mes, en una primera columna, la categoría por la que se aportó y en otra columna por los mismos períodos, expresado en unidades y las fracciones en hasta dos decimales, la cantidad de haberes mínimos de jubilación...

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