Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL, 24 de Junio de 2022, expediente FRO 015486/2020/CA002
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2022 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A - SECRETARIA CIVIL |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
Visto, en acuerdo de la sala “A” –integrada- el expediente FRO 15486/2020 caratulado: “SILVA ARISTETA, L.E. y SILVA ARISTETA, E.S. c/ INSSJP s/ Ejecución de Sentencia” (originario del Juzgado Federal nro. 1 de Rosario) del que resulta:
Vinieron los autos a estudio en virtud de las apelaciones interpuestas por la demandada y por el Dr. D.V. –apoderado de la parte actora- contra la resolución del 24 de setiembre de 2021. Mediante dicho decisorio la jueza a quo reguló el honorario deL profesional antes mencionado en la suma de ciento cuarenta y nueve mil trescientos cuarenta pesos ($149.340), equivalente a 30 UMA,
por su actuación en la presente ejecución de sentencia.
Se agraviaron por entender que la regulación fue elevada y escasa, respectivamente.
Se concedieron los recursos, se corrieron los respectivos traslados, por lo que se elevaron los autos a esta instancia, quedando en condiciones de resolver.
Y considerando:
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- En primer lugar debemos señalar que en los autos FRO 2718/2016 caratulados “S.A., L.E. y otro c/ INSSJP s/ Amparo”, se hizo lugar a la acción de amparo interpuesta, ordenando al INSSJP que otorgara la cobertura del 100% de la medicación solicitada por las actoras, en forma continua e ininterrumpida, en las dosis prescriptas por los médicos tratantes, con costas; cuyo incumplimiento devino en la presente ejecución. Asimismo, se advierte que en dicho expediente se reguló el honorario del letrado de la parte actora en la cantidad de 20 UMA.
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- Respecto de los presentes obrados, cabe decir que mediante resolución del 15 de octubre de 2021 se mandó
llevar adelante la ejecución de sentencia contra el INSSJP
Fecha de firma: 24/06/2022
Alta en sistema: 27/06/2022
Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: A.P., JUEZ DE CÁMARA
Firmado por: H.D.M., SECRETARIO
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA A
por la suma de ciento cincuenta y nueve mil pesos ($159.000)
por las astreintes fijadas y devengadas en los autos principales y por la suma de cuatrocientos cincuenta y cinco mil ochocientos cuarenta dólares (USD 455.840) para la compra a costa de la demandada de la cantidad de 176 viales de la medicación para cada una de las actoras, imponiendo las costas a la vencida.
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- Si bien, este proceso se inició y concluyó
como una ejecución de sentencia, no podemos dejar de vislumbrar que el derecho de las...
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