Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 16 de Junio de 2015, expediente CAF 006753/2015/CA001

Fecha de Resolución16 de Junio de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 6753/2015 SIAT SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO Buenos Aires, 16 de junio de 2015.- ID Y VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. La demandada interpuso recurso de apelación —fundado a fs. 214/217, que no fue replicado— contra la sentencia dictada por la Sala “A” del Tribunal Fiscal de la Nación obrante a fs. 206/208 vta.

    que revocó —con costas— la resolución nº 4/2011, emitida por la División Recurso del Departamento Legal Grandes Contribuyentes Nacionales de la Subdirección General de Operaciones Impositivas Grandes Contribuyentes Nacionales de la AFIP–DGI, y, en consecuencia, hizo lugar a la repetición planteada por la actora, con más intereses calculados desde la interposición del recurso en sede administrativa hasta la fecha de su efectivo pago, de acuerdo con la doctrina plenaria establecida en la causa “Dálmine Siderca SAIC”, pronunciamiento del 27 de diciembre de 1993.

  2. Se agravió, únicamente, de la forma en que se liquidaron los intereses. En efecto, se quejó de que el tribunal administrativo dispuso la aplicación de la tasa pasiva promedio publicada por el Banco Central de la República Argentina, de conformidad con lo dispuesto en el acuerdo plenario “Dálmine Siderca” mencionado y no según lo estipulado en las resoluciones del Ministerio de Economía de la Nación que prevén la tasa del art. 179 —repetición de impuestos—, de aplicación a supuestos como el de autos.

    Citó jurisprudencia en apoyo de sus dichos.

  3. Los agravios de la recurrente deben prosperar.

    A los intereses para la repetición de los tributos resultan de aplicación las tasas que fijan las resoluciones del Ministerio de Economía y no la tasa pasiva promedio que dispuso el Tribunal Fiscal de la Nación, ya que el art. 179 de la ley 11.683 (t.o.1998) no Fecha de firma: 16/06/2015 Firmado por: DO PICO - GRECCO - FACIO, JUECES DE CAMARA - SEC. H.E.G.P.J. de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I 6753/2015 SIAT SA c/ DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA s/RECURSO DIRECTO DE ORGANISMO EXTERNO establece la tasa de interés aplicable (doc. de esta sala, causas “DGI (autos Nobleza Piccardo SA- TF 10664-I)”, pronunciamiento del 24 de febrero de 2011¸ “Garzamora SA”, pronunciamiento del 23 de agosto de 2012, y “Fraifeld, R.”, pronunciamiento del 27 de diciembre de 2012).

    Esas resoluciones son reglamentaciones propias de las leyes fiscales que desplazan a las...

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