Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 24 de Noviembre de 2015, expediente CAF 040858/2013/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2015
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa: 40858/2013 “Shipping Services Argentina SA c/ PNA s/recurso directo de organismo externo”

Buenos Aires, 24 de noviembre de 2015.- NRC VISTOS; CONSIDERANDO:

  1. Que la Prefectura Naval Argentina (PNA) dictó

    la disposición DJPM, AY1, nº 806/2012 (fs. 50/51) que impuso a la Agencia Marítima (Reg. 2198) “Shipping Services Argentina S.A.”

    una multa equivalente a cuatro mil quinientas (4.500) unidades de multa (1 U.M=$ 1,50), por haber constatado en la dársena “C” de la Terminal Río de la Plata del Puerto de Buenos Aires, donde estaba amarrado el buque de pasajeros “Costa Mágica”, de bandera italiana, que no había un sereno por cada planchada habilitada para el ascenso y descenso de personas, en oposición al artículo 202.0206 del REGISEPORT, por aplicación del artículo 699.0101 del REGINAVE.

  2. Que contra dicha decisión la empresa sancionada interpone recurso de apelación (fs. 63/64), que fue contestado a fs. 111/115.

  3. Que en su recurso, la apelante sostiene que del acta de la infracción confeccionada surge que había dos planchadas de pasajeros y que en el buque había dos serenos a bordo.

    Dice que no entiende cuáles fueron los motivos por los que el Prefecto Nacional exigió la presencia de tres serenos —en lugar de dos—, ni cuál fue la conducta reprochada, y dice que la disposición dictada es contradictoria.

    Por otra parte, formula manifestaciones acerca de la figura de los serenos de los buques.

  4. Que cabe hacer una reseña de los hechos.

    Fecha de firma: 24/11/2015 Firmado por: DO PICO CLARA MARIA - FACIO RODOLFO EDUARDO - LIC. G.C.M., JUECES DE CAMARA Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I Causa: 40858/2013 “Shipping Services Argentina SA c/ PNA s/recurso directo de organismo externo”

    1. El 7/1/12 fue labrada el acta de comprobación nº 17/12 (fs. 1). El buque de bandera italiana “Costa Mágica” poseía ocho planchadas o bocas de acceso (dos para pasajeros, dos de maletas, una para tripulantes, dos para tripulantes de mantenimiento y una de provisiones) y había solo dos serenos a bordo.

    2. El apoderado de la firma “Shipping Services Argentina S.A.” (fs. 23) prestó declaración indagatoria.

      En ese momento, tomó conocimiento de que el hecho investigado era la presunta infracción al artículo 202.0212 del REGISEPORT.

      El declarante señaló que habían sido contratados dos serenos y que el navío poseía solo dos planchadas para pasajeros.

    3. ...

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