Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 27 de Septiembre de 2018, expediente CAF 000592/2018/CA001

Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2018
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. N° 592/2018 “SHEN, QIAI c/ EN-M INTERIOR OP Y V-DNM s/ RECURSO DIRECTO DNM”.

Buenos Aires, de septiembre de 2018.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que a través de la sentencia de fojas 199/202 la jueza de grado rechazó el recurso interpuesto por el Sr. Q.S. y confirmó las Disposiciones SDX Nros. 252089/15 y 12188/18 dictadas por la Dirección Nacional de Migraciones (en adelante, DNM), con costas.

    Por conducto de la primera disposición, el mencionado organismo denegó la solicitud de residencia interpuesta por el actor, declaró irregular su permanencia en el país, dispuso su expulsión y prohibió su reingreso por el término de 5 (cinco) años, ya que había ingresado al país de forma irregular, en infracción al artículo 29 inciso i) de la Ley Nº 25.871. Además, lo allí resuelto quedó firme tras el rechazo del recurso jerárquico interpuesto por el actor dispuesto en la última disposición mencionada.

    Para resolver como lo hizo, con respecto al planteo de inconstitucionalidad del Decreto Nº 70/17, destacó que el actor omitió identificar y acreditar el perjuicio concreto que le provocaba dicha medida. Agregó que no se advertía que el procedimiento migratorio establecido en el Decreto Nº 70/17 le genere perjuicio de imposible reparación ulterior. De este modo, concluyó que el actor omitió acreditar de qué manera se opone el citado decreto con la normativa superior, como así

    también el gravamen que éste le ocasionaba.

    Además, luego de reseñar las constancias del trámite administrativo, sostuvo que los actos dictados por la DNM cumplían con los requisitos esenciales para su dictado (arg. art. 7 de la Ley Nº 19.549)

    y no se advertía menoscabo alguno de los derechos del accionante.

    Asimismo, destacó que estaba acreditado y no era materia de discusión de autos que el actor ingresó al país de manera ilegal con fecha 24 de noviembre de 2013. También expuso que la dispensa de la expulsión prevista en el último párrafo del artículo 29 de la Ley Nº

    25.871, era una facultad discrecional otorgada a la DNM cuestión que fue analizada y que el organismo decidió rechazar.

    Fecha de firma: 27/09/2018 Alta en sistema: 28/09/2018 Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA #31175406#217406508#20180927092446355

  2. Que a fojas 203/215 el Sr. SHEN interpuso y fundó su recurso de apelación, el que fue contestado por su contraria a fojas 217/231.

    En su memorial de apelación sostuvo que la jueza de grado omitió realizar el control de constitucionalidad del decreto cuestionado. Al respecto, sostuvo que el decreto violó el principio de legalidad, no fue tratado por el Congreso de la Nación y prescribió

    conductas antijurídicas no previstas en el código penal. Invocó en su favor un dictamen del Fiscal Federal Civil y Comercial y el fallo “CELS” de esta Sala. Alegó...

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